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Documento BOE-A-2001-10813

Resolución de 17 de mayo de 2001, de la Universidad del País Vasco, por la que se convoca concurso público para la provisión de diversas plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2001, páginas 20050 a 20055 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-10813

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta de

Gobierno y de conformidad con lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ; Real Decreto 1888/1984, de 26

de septiembre, y los Estatutos de esta Universidad, este Rectorado

ha resuelto convocar a concurso público las plazas que se

relacionan en el anexo I de la presente Resolución.

Primero.-Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre) ; Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 26 de octubre) ; Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio) ; Orden de 28 de diciembre

de 1984 "Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985) ;

Estatutos de la Universidad del País Vasco ("Boletín Oficial del

País Vasco", de 21 de marzo de 1985 y "Boletín Oficial del

Estado" de 11 de junio) ; Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín

Oficial del Estado" del 24) ; Real Decreto 800/1995, de 19 de

mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de junio) ; Orden del

Ministerio de Educación y Ciencia, de 23 de enero de 1995 ("Boletín

Oficial del Estado" del 28), y en lo no previsto en las precitadas

disposiciones, le será de aplicación la legislación general de

funcionarios civiles del Estado y se tramitarán independientemente

para cada una de las plazas convocadas.

Segundo.-Para ser admitido a los citados concursos se

requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados

miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al

que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla

definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,

según lo dispuesto por la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y

por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la

edad de jubilación.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario

del servicio de la Administración del Estado o de la administración

autónoma, institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas. En caso de no poseer la

nacionalidad española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o

condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercero.-Asimismo los solicitantes deberán reunir las

siguientes condiciones académicas específicas:

a) Para concursar a plazas de Profesor Titular de Escuelas

Universitarias, estar en posesión del título de Licenciado,

Arquitecto o Ingeniero superior. También podrán concursar a las plazas

de Profesor Titular de Escuelas Universitarias que tengan la

denominación de las áreas de conocimiento relacionadas en el anexo

de la Orden de 28 de diciembre de 1984 ("Boletín Oficial del

Estado" de 16 de enero de 1985), los Diplomados, Arquitectos

técnicos o Ingenieros técnicos, según se especifica en el Acuerdo

de 17 de abril de 1990 del Consejo de Universidades ("Boletín

Oficial del Estado" de 24 de julio).

b) Para concursar a plazas de Catedrático de Escuelas

Universiarias y de Profesor Titular de Universidad, estar en posesión

del título del Doctor.

c) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad,

tener la condición de Catedrático de Universidad o bien la de

Profesor Titular de Universidad o Catedrático de Escuelas

Universitarias con tres años de antigüedad a la publicación de la

convocatoria, en uno de ellos o entre ambos Cuerpos y la titulación

de Doctor.

Asimismo, podrán concursar a estas plazas los Doctores a los

que el Consejo de Universidades haya eximido de estos requisitos.

Las condiciones académicas de titulación enumeradas en los

apartados anteriores expedidas en otros Estados miembros de la

Comunidad Europea a nacionales de cualquier Estado miembro,

deberán estar acompañadas de la correspondiente Orden del

Ministerio de Educación y Ciencia de reconocimiento del título expedido

en dichos Estados, de acuerdo con lo previsto en el apartado

noveno de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, de 23 de

enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).

En caso de que la titulación exigida para cada una de las plazas

se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la

correspondiente homologación en España, que se acreditará

mediante credencial expedida por la Subdirección General de

Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.

Para concursar a las plazas bilingües se exigirá superar una

prueba previa específicamente destinada a comprobar la capacidad

docente en euskara, para lo cual deberá realizarse una exposición

oral y un ejercicio escrito ante la Comisión correspondiente

nombrada por el Rector de la Universidad del País Vasco.

Cuarto.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán

la correspondiente solicitud al excelentísimo y magnífico señor

Rector de la Universidad del País Vasco, por cualquiera de los

medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), en el plazo de veinte días hábiles, a partir

de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", mediante instancia, según modelo anexo II, debidamente

cumplimentada, junto con los documentos (fotocopias

compulsadas o certificados originales) que acrediten reunir las condiciones

académicas específicas para participar en el concurso, así como

fotocopia simple del documento nacional de identidad o pasaporte.

Asimismo, en caso de no poseer la nacionalidad española, deberán

acreditar su nacionalidad mediante la presentación de los

documentos correspondientes, certificados por las autoridades

competentes de su país de origen. Los interesados que tramiten la

documentación en el extranjero deberán compulsar los

documentos en la respectiva representación diplomática española. Las

instancias serán facilitadas y podrán presentarse en las oficinas del

Registro General del Rectorado de la Universidad, sita en el campus

de Leioa (Bizkaia) y en el Vicerrectorado de Gipuzkoa (edificio

Ignacio María Barriola, plaza de Elhuyar, 1, San Sebastián) y Álava

(calle Comandante Izarduy, 2, Vitoria) y deberá presentarse una

instancia y documentación por cada plaza a la que desee

concursar. Estas oficinas, así como los centros de la Universidad del

País Vasco que son Registro General, vienen relacionados en la

Resolución de 19 de marzo de 2001 de Universidad del País Vasco

("Boletín Oficial del País Vasco", de 2 de abril) y en la dirección

de internet: www.ehu.es/oficinas-registro.html.

El horario de las cuatro secciones del Registro General de la

Universidad del País Vasco es el siguiente:

De lunes a jueves, de nueve a trece y de quince a dieciséis

treinta horas.

Los viernes y durante la jornada continua de verano y turnos

de Semana Santa y Navidad el horario será de nueve a trece horas.

Cuando el último día del plazo de presentación de instancias

sea sábado y dado que en dicho día no funciona el Registro General

de la Universidad del País Vasco, se entenderá prorrogado al

siguiente día hábil en que funcione el Registro General.

Las instancias presentadas en las oficinas de Correos deberán

cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del

Reglamento de los Servicios de Correos. Las instancias se

presentarán en sobre abierto para que el empleado estampe el sello

de fechas en la parte superior izquierda de las mismas, debiendo

figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.

La concurrencia de los requisitos generales, así como de las

condiciones académicas específicas para participar en el concurso,

deberán estar referidas siempre a una fecha anterior a la de

expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.

Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original

que deberá unirse a la solicitud que se presente para participar

en el concurso, haber abonado, por cada una de las plazas que

se soliciten, según se detalla a continuación y para cada caso,

la cantidad de:

Doctores: 3.065 pesetas.

Licenciados: 3.065 pesetas.

Diplomados: 2.555 pesetas.

Serán excluidos todos aquellos aspirantes que no hayan

abonado las precitadas cantidades dentro del plazo habilitado para

la presentación de instancias, prescrito en el apartado cuarto de

esta Resolución, no concediéndose plazo alguno adicional para

el abono de las mismas.

El pago de los derechos se efectuará mediante ingreso o

transferencia bancaria a las cuentas corrientes siguientes:

En Bizkaia: Bilbao Bizkaia Kutxa. Universidad del País Vasco,

Vicerrectorado de Profesorado. Tasas concursos profesores.

Número de cuenta corriente: 2095 0292 94 3239002233.

En Gipuzkoa: Gipuzkoako Kutxa. Universidad del País Vasco,

Vicerrectorado de Profesorado. Tasas concursos profesores.

Número de cuenta corriente: 2101 0381 01 0010125631.

En Álava: Caja Vital. Universidad del País Vasco,

Vicerrectorado de Profesorado. Tasas concursos profesores.

Número de cuenta corriente: 2097 0178 17 0010966911.

Especificando el nombre, apellidos y número de orden de la

plaza a la que concursa o por cualquiera de los medios establecidos

en el artículo 38.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los concursantes que efectúen el pago mediante giro postal

o telegráfico deberán dirigirlo a la Sección de Concursos, apartado

de Correos 1.397, 48080 Bilbao.

Quinto.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el

Rector de la Universidad del País Vasco, por cualquiera de los

medios establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos

y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra

dicha resolución, que aprueba la lista de admitidos y excluidos,

los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en

el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al

de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexto.-De acuerdo con los artículos 9 y 10 del Real Decreto

1427/1986, de 13 de junio, se adjunta modelo de currículum

vitae (anexo III). Los candidatos deberán entregar el currículum

vitae (por quintuplicado) y un ejemplar de las publicaciones y

documentos acreditativos de lo consignado en el mismo y el proyecto

docente (por quintuplicado), en el acto de presentación del

concurso.

Séptimo.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo

habilitado reglamentariamente para la constitución, dictará una

resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una

antelación mínima de quince días naturales respecto de la fecha

del acto para el que se le cita convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso,

a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución

de la misma y con indicación del día, hora y lugar previsto para

la celebración de dicho acto.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso,

para realizar el acto de presentación de los concursantes y con

señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto.

Tratándose de plazas bilingües únicamente convocará a quienes,

figurando en la lista de aspirantes admitidos, hubieran superado

la prueba específica a la que se refiere el apartado último de la

tercera de las presentes bases, conforme a certificación expedida

al efecto por el Presidente de la Comisión Evaluadora constituida

para la citada prueba.

Octavo.-La primera prueba de estos concursos será pública

y consistirá en la exposición oral por el concursante, en el tiempo

que estime oportuno, de los méritos alegados y la defensa del

proyecto docente presentado. Seguidamente, la Comisión debatirá

con el concursante, durante un tiempo máximo de tres horas,

sobre sus méritos, historial académico e investigador y proyecto

docente presentado. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio para

todos aquellos concursantes que no obtengan en la misma, al

menos, tres votos.

Para la segunda prueba, los concursantes entregarán a la

Comisión, una vez realizada la calificación de la primera, un resumen

del tema elegido o del trabajo original de investigación que vaya

a ser expuesto oralmente.

La segunda prueba de los concursos a plaza de Profesor Titular

de Escuela Universitaria, de Catedrático de Escuela Universitaria

y de Profesor Titular de Universidad, será pública y consistirá

en la exposición oral por el concursante, durante un tiempo mínimo

de cuarenta y cinco minutos y máximo de hora y media, de un

tema relativo a una especialidad del área de conocimiento a la

que corresponda la plaza o conjunto de plazas convocadas, elegido

libremente por el mismo. Seguidamente, la Comisión debatirá con

el concursante, durante un tiempo máximo de tres horas, acerca

de los contenidos científicos expuestos, la metodología a utilizar

en su impartición a los alumnos y todos aquellos aspectos que

estime relevantes en relación con el tema.

La segunda prueba de los concursos a plaza de Catedrático

de Universidad será pública y consistirá en la exposición oral por

el concursante, durante un tiempo máximo de dos horas, de un

trabajo original de investigación realizado por el concursante solo

o en equipo, en este último caso como Director de la investigación,

lo que deberá quedar certificado por los miembros del equipo.

Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante todos

aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el trabajo

original de investigación, durante un tiempo máximo de tres horas.

Noveno.-En ningún caso las Comisiones podrán proponer

mayor número de nombramientos que el de plazas convocadas

y asignadas a su actuación.

Décimo.-Los candidatos propuestos para la provisión de las

plazas deberán presentar en la Secretaría General de la

Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir

la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios

señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, los siguientes documentos:

a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil

correspondiente o documento equivalente en los demás Estados

comprendidos en el artículo 2 y disposición adicional única de

la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.

b) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, institucional o local, ni de las

administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública. En caso de no poseer la nacionalidad española,

deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública,

mediante la presentación de los documentos correspondientes,

certificados por las autoridades competentes de su país de origen.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y

cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Los documentos expedidos en el extranjero deberán ajustarse

a los requisitos siguientes:

a) Los documentos deberán ser oficiales, expedidos por las

autoridades competentes y legalizados por vía diplomática.

b) Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de

su correspondiente traducción oficial al castellano.

Undécimo.-En el plazo máximo de un mes, a contar desde

el día siguiente de la publicación del nombramiento en el "Boletín

Oficial del Estado", el aspirante propuesto deberá tomar posesión

de su destino, momento en que adquirirá la condición de

funcionario, a todos los efectos.

Duodécimo.-La presente Resolución agota la vía

administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo

de reposición ante este Vicerrectorado en el plazo de un mes,

o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

del País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del

día siguiente al de la fecha de su publicación, todo ello de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de los Estatutos de

la Universidad, artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículos 10 y 14 de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Leioa, 17 de mayo de 2001.-El Rector, P. D. (Resolución de

5 de noviembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 13 de

febrero de 1997), el Vicerrector de Profesorado, Víctor Urrutia

Abaigar.

ANEXO I

Catedrático de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso

141. Puesto: CU 007/0160. Área de conocimiento: "Derecho

Internacional Público y Relaciones Internacionales".

Departamento: Derecho Internacional Público, Relaciones Internacionales e

Historia del Derecho. Actividades docentes a realizar por quien

obtenga la plaza: Relaciones Internacionales. Bilingüe:

Castellano-Euskara. Dedicación: Completa.

Profesor Titular de Escuela Universitaria

Clase de convocatoria: Concurso

142. Puesto: TE 007/0600. Área de conocimiento: "Mecánica

de Fluidos". Departamento: Ingeniería Nuclear y Mecánica de

Fluidos. Actividades docentes a realizar por quien obtenga la plaza:

Mecánica de Fluidos. E. U. de Ingeniería Técnica Minera

(Baracaldo). Dedicación: Completa.

ANEXO II: (Ver imágenes páginas 20053 y 20054)

ANEXO III

Datos personales

Documento nacional de identidad número ...................,

lugar y fecha de expedición ....................................,

apellido y nombre ..............................................

nacimiento: Provincia y localidad ............, fecha ............

residencia: Provincia ................, localidad ................,

domicilio .........., teléfono .........., estado civil ..........

facultad o escuela actual .......................................,

departamento o unidad docente actual .........................,

categoría actual como profesor contratado o interino ............

1. Títulos académicos (clase, organismo y centro de

expedición, fecha de expedición, calificación si la hubiere).

2. Puestos docentes desempeñados (clase, organismo o

centro, régimen dedicación, fecha nombramiento o contrato, fecha

cese o terminación).

3. Actividad docente desempeñada (asignatura, organismo,

centro y fecha).

4. Actividad investigadora desempeñada (programas y

puestos).

5. Publicaciones, libros (título, fecha publicación, editorial).

6. Publicaciones, artículos * (título, revista, fecha

publicación, número páginas).

7. Otras publicaciones.

8. Otros trabajos de investigación.

9. Proyectos de investigación subvencionados.

10. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos

(indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional

o internacional).

11. Patentes.

12. Cursos y seminarios impartidos (con indicación del

centro, organismo, materia, actividad desarrollada y fecha).

13. Cursos y seminarios recibidos (con indicación del centro,

organismo, materia y fecha de celebración).

14. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a

la licenciatura).

15. Actividades en empresas y profesión libre.

16. Otros méritos docentes o de investigación.

17. Otros méritos.

* Indicar trabajos en prensa justificando su aceptación por parte de

la revista.

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