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Documento BOE-A-2001-10881

Resolución de 11 de mayo de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio específico 2001 al Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de Galicia, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2001, páginas 20178 a 20181 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-10881

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio específico 2001 al Convenio de colaboración entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de Galicia, sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de mayo de 2001.–El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Convenio específico 2001 al Convenio de Colaboración suscrito entre el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de Galicia sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a las mujeres

Se reúnen:

De una parte: Doña Manuela López Besteiro, Conselleira de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, nombrada mediante Decreto 349/1997 de 9 de diciembre, en nombre y representación del Órgano de Gobierno de la Xunta de Galicia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y su Presidente, modificada por Ley 11/1988, de 20 de octubre.

Y de otra: Doña Pilar Dávila del Cerro, Directora general del Instituto de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), nombrada mediante Real Decreto 148/2000, de 2 de febrero («Boletín Oficial del Estado» número 21, del 5), en nombre y representación del citado Organismo Autónomo (Real Decreto 758/1996, de 6 de mayo; Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo; Ley 16/1983, de 24 de octubre, y Real Decreto 774/1997, 30 de mayo, y en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, manifiestan:

Primero.

Que el presente convenio específico se fundamenta en el convenio de colaboración suscrito el 13 de diciembre de 1996 para llevar a cabo conjuntamente programas y actuaciones dirigidos a las mujeres entre el Instituto de la Mujer y la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude de la Xunta de Galicia, como organismos competentes en materia de políticas para las mujeres.

Segundo.

Que de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda del convenio de colaboración suscrito el día 13 de diciembre de 1996, los programas que se llevarán a cabo en el ejercicio de 2001 y que se reflejan en el presente convenio específico, son conformes con la propuesta elaborada por la Comisión de Seguimiento, en reunión celebrada el día 27 de diciembre de 2000.

Tercero.

Ambas partes, declaran que para la realización de los programas contenidos en el presente convenio específico, existe crédito suficiente para el presente ejercicio económico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y en la Ley de Presupuestos de la Xunta de Galicia.

Cuarto.

Que el artículo 6, apartado uno, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley de 13 de enero de 1999, habilita a la Administración General de Estado y a los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, para celebrar convenios de colaboración entre sí, y en el ámbito de sus respectivas competencias; y el artículo 3, apartado uno, letra c), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, excluye del ámbito de aplicación de la ley citada, los convenios de colaboración que celebre la Administración General del Estado o sus Organismos Autónomos con las Comunidades Autónomas.

Consecuentemente, la Administración General del Estado, a través del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer y la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Promoción da Igualdade, están habilitados para la suscripción de este convenio específico, el cual quedará fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, excepto para la resolución de las dudas y de las lagunas que pudieran presentarse, en cuyo caso serán de aplicación los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000.

Quinto.

Que para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tiene encomendada la Administración General del Estado, el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, tiene interés y se hace necesaria la colaboración con la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade de la Comunidad Autónoma de Galicia para desarrollar los proyectos que más adelante se reseñan.

Por todo lo manifestado y en virtud de lo dispuesto en el artículo seis de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y de la cláusula segunda del convenio suscrito el día 13 de diciembre de 1996, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio específico, que se regirá por las siguientes Cláusulas:

Primera.

La Administración General del Estado y la Xunta de Galicia realizarán de común acuerdo, en el año 2001 los siguientes programas seleccionados de común acuerdo:

1. Cursos de formación

1.1 Acciones: Como en años anteriores, el Instituto de la Mujer va a promover acciones formativas dirigidas a colectivos de mujeres y a profesionales de diversos sectores, durante el presente ejercicio, con la colaboración de los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluida la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade.

1.2 Objetivos: Los objetivos que se pretenden conseguir del programa, entre otros, son mejorar la cualificación, adaptar la formación a las necesidades del mercado de trabajo, diversificar la formación, proporcionar formación especializada.

1.3 Cursos: De este programa se llevarán a cabo los cursos siguientes:

a) Cursos dirigidos a mujeres desempleadas (NOVA), cuyo objetivo, entre otros, es el de facilitar su inserción laboral adaptando la formación a las necesidades del mercado de trabajo.

b) Seminarios, sobre técnicas de búsqueda de empleo y orientación profesional.

c) Un curso en colaboración con la Escuela de Organización Industrial (EOI), para apoyo a las mujeres emprendedoras para la creación de su propia empresa.

1.4 Organización: Ambas partes, aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la celebración de los cursos.

1.5 Condiciones económicas: Para la realización de este programa que promueve el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de 173.443.250 pesetas para los cursos del apartado a), 25.000.000 de pesetas para los seminarios del apartado b) y 25.000.000 de pesetas para los cursos del apartado c), que serán impartidos a las personas beneficiarias de las Comunidades Autónomas que participen en el programa. El Instituto de la Mujer cubrirá los gastos de la organización y ejecución de los cursos que se impartan en la Comunidad Autónoma de Galicia.

El Servicio Galego de Igualdade, se hará cargo de los gastos que se deriven de la selección de las personas beneficiarias y del seguimiento de los cursos que se lleven a cabo en su ámbito territorial.

2. Relaciona

El Instituto de la Mujer va a promover en el presente ejercicio el proyecto «Relaciona», en colaboración con los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, incluida la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade. Este proyecto se enmarca en el Plan de Acción contra la Violencia Doméstica.

Se trata de un proyecto de prevención de la violencia de género desde el ámbito escolar. Mediante la sensibilización del profesorado sobre la intervención de la cultura de género en las manifestaciones de violencia observadas en el contorno escolar, pretende propiciar la construcción de nuevos modelos de relación en las diferentes comunidades educativas que participan en este proyecto. Relaciones que contribuirán a promover la interiorización de un «nivel de tolerancia cero» para con la violencia de género y que en definitiva, supondrá favorecer el enriquecimiento personal a través de la convivencia escolar solidaria entre alumnas y alumnos. Los objetivos que se pretenden conseguir son:

Analizar las situaciones de violencia que se producen en los centros educativos desde una perspectiva de género.

Reflexionar sobre la importancia de la práctica docente en este tema y sobre los modelos y los valores que se asocian a la masculinidad y a la feminidad.

Dar importancia a la relación y a la convivencia escolar.

Ambas partes, aportarán los medios personales, materiales y financieros necesarios para la celebración del proyecto.

Para llevar a cabo este programa que promueve el Instituto de la Mujer asciende a 5.000.000 de pesetas, que será distribuido proporcionalmente por las Comunidades Autónomas que participen en el programa. Los gastos que se deriven de la organización y ejecución del programa en la Comunidad Autónoma de Galicia serán abonados por el Instituto de la Mujer.

Por su parte, el Servicio Galego de Igualdade cubrirá los gastos de difusión y coordinación de las acciones del programa que se ejecuten en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. Estancias de tiempo libre para mujeres solas con hijas e hijos menores, exclusivamente a su cargo

Este programa va dirigido a mujeres solas con hijas e hijos menores, exclusivamente a su cargo, en situación de precariedad económica y social, y se realizará en el segundo semestre de 2001, en una localidad costera.

Consistirá en la estancia durante diez días en régimen de pensión completa, con actividades complementarias, tanto para las madres como para sus hijas/os.

3.1 La Administración General del Estado, a través del Instituto de la Mujer, se obliga a:

Convocar la concesión de las estancias de tiempo libre que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Contratar los servicios de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cocktail de clausura y transporte al mismo.

Suministrar diverso material de propaganda, relacionado con el programa.

Conceder las plazas convocadas a propuesta de la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade.

3.2 La Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade, se obliga a:

Difundir la convocatoria.

Recibir las solicitudes.

Contratar el transporte de traslado de las personas beneficiarias y de las Monitoras.

Contratar a las Monitoras.

Elaborar propuestas de concesión de sus beneficiarias, a través de la Comisión correspondiente, y elevar propuesta a la Directora general del Instituto de la Mujer, con al menos, siete días de antelación a la fecha del inicio de las estancias.

Realizar una memoria de las estancias al finalizar el programa, en un plazo máximo de dos meses.

3.3 Condiciones económicas:

El Instituto de la Mujer cubrirá los gastos de alojamiento, manutención, póliza de seguro, cocktail de clausura y transporte en autocar al cocktail, si procediera desplazarse, de las mujeres, de las/los menores y las monitoras de todo el programa. El importe total por estos conceptos asciende a 54.200.000 pesetas, y será distribuido proporcionalmente por el número total de personas beneficiarias, incluidas las monitoras de las comunidades autónomas que participan en el programa, con las excepciones que se recogen en el párrafo tercero.

La Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade, correrá con los gastos de transporte por el traslado de las personas beneficiarias de esta Comunidad Autónoma, desde el lugar de procedencia al destino y viceversa, material para actividades y el pago de las monitoras, por un importe de 2.100.000 pesetas, con las excepciones que se recogen en el párrafo tercero. Los gastos que sobrepasen la cantidad establecida por los mismos conceptos, correrán por cuenta de la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade, con cargo a la aplicación 14.50.212A 226.06.

A las personas beneficiarias se les entregará diverso material divulgativo relacionado con el programa. Este servicio y su traslado a los hoteles donde estén hospedadas lo contratará el Instituto de la Mujer. Del importe total del gasto de este concepto, el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de 800.000 pesetas que será distribuida proporcionalmente con el número de mujeres entre las Comunidades Autónomas que participen en el programa.

La Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade aportará la cantidad de 90.000 pesetas, que abonará directamente a la empresa suministradora con cargo a la aplicación 14.50 212A 226.02.

4. Máster en agentes de igualdad de oportunidades. Género y educación social

Ambas partes colaborarán en este máster, que continúa en el curso 2001, debido a la repercusión que tuvo en el año 2000.

El máster se celebrará en Santiago de Compostela y va dirigido preferentemente a profesionales con titulación universitaria superior.

Los objetivos que se pretenden cumplir son los de proporcionar las bases conceptuales y los recursos metodológicos necesarios, comprender y evaluar las situaciones de violencia familiar; capacitar profesionalmente para la intervención en el campo de la violencia doméstica y ofrecer un marco institucional para el análisis; facilitar la reflexión y la discusión en grupo de forma interdisciplinar y la capacitación para el diseño de proyectos de investigación e intervención.

5. Asesoramiento jurídico gratuito y asistencia a juicios de faltas

Tiene el objetivo de proporcionar atención jurídica gratuita a las mujeres víctimas de violencia en los siete Colegios de Abogados de Galicia.

Se realizará asimismo asistencia letrada en juicios de faltas, situación en la que la mujer con problemas de violencia suele sentirse indefensa y normalmente con problemas económicos que agudiza su indefensión. Estas actuaciones se desarrollarán en el presente ejercicio.

6. Jornadas formativas y de difusion

Celebrar conjuntamente las siguientes Jornadas en el presente ejercicio:

6.1 Jornadas provinciales: Mujer y Medio Ambiente: El objetivo es divulgar la oferta de formación ocupacional para las mujeres a través de los Nuevos Yacimientos de Empleo, relacionados con la conservación y recuperación del medio ambiente.

Al ser Galicia una comunidad eminentemente rural, se pretende posibilitar la permanencia de las mujeres en sus lugares de origen incrementando las posibilidades de desarrollo económico de las zonas rurales y profundizar en las opciones de explotación respetuosa de los recursos naturales con que cuentan, favoreciendo un desarrollo sostenible y la implicación de las mujeres en la revalorización del medio rural.

Las jornadas, con duración de dos días, se celebrarán en cada una de las cuatro provincias gallegas.

6.2 Jornada sobre género y exclusión social: El objetivo prioritario de esta Jornada consiste en analizar la exclusión social y su efecto diferencial en función del género. La consideración extendida de la exclusión como una forma de violencia estructural, obliga a organismos y entidades a profundizar en el estudio de sus causas, manifestaciones y efectos, para elaborar propuestas y estrategias encaminadas a favorecer la plena participación de las personas pertenecientes a diferentes colectivos en situación de especial dificultad.

Se pretende con esta jornada la participación de profesionales y entidades que trabajan con mujeres en situación de exclusión y de manera primordial, la participación de mujeres pertenecientes a los distintos colectivos desfavorecidos para favorecer un enfoque abajo–arriba, modificando la consideración de estas mujeres como «objetos» de estudio y ofertando el marco necesario para posibilitar su protagonismo como «sujetos» de acción y decisión.

Con objeto de facilitar la asistencia y participación se habilitará un servicio de guardería y se ofertará transporte gratuito desde diferentes puntos de Galicia hasta el lugar de realización de la jornada.

6.3 Jornada autonómica para la mujer empresaria y emprendedora: Se pretende incrementar la utilización de las nuevas tecnologías por parte de las mujeres empresarias y emprendedoras con los siguientes objetivos:

Información de las posibilidades actuales de las nuevas vías de comunicación.

Exponer las ventajas de la agilidad de comunicaciones y transacciones comerciales a través de las nuevas tecnologías.

Considerar la utilización de Internet como una herramienta habitual de trabajo.

Preparación básica para consolidar sus empresas de cara a un futuro próximo informatizado.

Capacitación para acceder a la formación vía Internet.

Utilización de boletines electrónicos para la comunicación interempresarial.

Favorecer la creación de redes de apoyo y comercialización de empresarias economizando gastos y tiempo de desplazamientos.

6.4 Jornada de participación política y social de las mujeres: Se pretende analizar y divulgar la implicación de las administraciones local, autonómica y provincial en la participación política y social de las mujeres, el seguimiento de los planes de igualdad en Ayuntamientos y Diputaciones, la presencia de las mujeres en el ámbito político, la importancia de la participación de las mujeres en distintas asociaciones la situación actual del Asociacionismo y la consideración de las prestaciones del estado de bienestar como reivindicaciones históricas del movimiento de mujeres, son los objetivos que se pretenden alcanzar con la realización de esta jornada.

6.5 Jornada Mujeres, cooperación y género: Dirigida a voluntariado de ONG y profesionales relacionados con la cooperación con los siguientes objetivos:

Incorporar la perspectiva de género al trabajo de las ONG.

Potenciar los proyectos de desarrollo con el tercer y cuarto mundos considerando como colectivo prioritario de incidencia a las mujeres.

Analizar las buenas prácticas implantadas en distintas zonas y países a través de las mujeres como generadoras de bienestar en sus entornos próximos.

Impulsar la presencia de mujeres profesionales en los proyectos de cooperación.

6.6 Formación del personal que trabaja con diversos colectivos de mujeres: Dirigida a profesionales de CIM, Casas de Acogida, Centros de Día, red de mediadoras, cuerpos y fuerzas de seguridad, abogacía, asociaciones de mujeres.

Los objetivos que se pretenden conseguir son:

Facilitar la coordinación y cooperación entre diferentes profesionales. Homogeneizar una formación básica desde la perspectiva de género. Analizar la situación de las mujeres de cara al tercer milenio.

Profundizar sobre la necesidad prioritaria de la plena participación de las mujeres en la construcción de la sociedad del futuro.

7. Congreso Nacional de Educación en Igualdad

La educación en igualdad y para la igualdad de oportunidades entre los géneros en le momento actual ha trascendido los tradicionales entornos educativos familiares y escolares, señalándonos a todas y cada una de las personas adultas como agentes educativos de primer orden en la promoción del valor de igualdad y de modelos de ser hombre o mujer para los sectores más jóvenes de la población.

Se hace preciso reunir en momentos de formación comunes a madres, padres, profesorado de los diferentes niveles de enseñanza y a otros agentes educativos como asociaciones culturales, medios de comunicación locales..., de modo que se facilite el conocimiento, la deliberación y el intercambio de las propias experiencias en la formación de las personas a su cargo.

Experiencias formativas como foros para profesorado o jornadas formativas para madres y padres han significado un importante impulso para diferentes iniciativas sociales en el ámbito de la formación en educación en igualdad o en el entorno escolar gallego.

En este momento, sustentándose en las experiencias formativas mencionadas, se presenta de nuevo una iniciativa: la organización del Congreso Nacional de Educación para la Igualdad de Género.

Este Congreso reunirá a aquellas personas y colectivos que en la actualidad constituyen los principales agentes formativos de chicas y chicos con el objeto de promover un entorno formativo propicio para avanzar en la consecución de objetivos comunes.

8. Programa Rehabilitación Agresores

Puesta en funcionamiento de una experiencia piloto para rehabilitar a los hombres agresores.

Se contará con los servicios de una persona coordinadora que atenderá a los agresores y los derivará a los gabinetes de atención más próximos a su domicilio, de ser necesario; donde les atenderán con las sesiones de terapia correspondientes.

La persona coordinadora dispondrá semanalmente de unos horarios para atender las demandas, coordinar acciones, así como para seguimiento y evaluación del programa.

El coordinador asimismo realizará las funciones de formación y asesoramiento al personal que vaya a atender a este colectivo.

Teniendo en cuenta que a los agresores no les resultará grato identificarse, pondremos en marcha un programa de apoyo a través de Internet para que puedan consultar y les sirva de ayuda para salir de su situación así como de canalización para que reciban una atención personalizada adecuada.

9. Elaboración de materiales y campañas, difusión y publicación

Consiste en la elaboración y edición de materiales divulgativos sobre género y buenas prácticas en distinto ámbitos:

Elaboración de una exposición fotográfica sobre la mujer de cara al tercer milenio. Exposición itinerante.

Guía de orientación vivencial para el alumnado adolescente: Con la publicación de este material pensado para convertirse en un recurso atractivo y funcional para las y los adolescentes se promoverá la formación y consolidación de actitudes y de responsabilidades ante la elaboración de sus propios proyectos de vida globales; facilitándoles, al tiempo, el ejercicio de una igualdad de oportunidades en momentos de elección escolar.

Guía de Buenas Prácticas en Tecnología: Su elaboración desde un enfoque de género y su divulgación entre el colectivo docente de una guía de estas características supondrá poner a disposición del profesorado de esta área curricular y por extensión de los responsables de la formación profesionalizadora del alumnado, una propuesta de acción positiva y un recurso didáctico que contribuya a mejorar la práctica docente de modo coherente con las cambiantes necesidades de la realidad social.

Programa de orientación escolar para la igualdad de oportunidades entre los géneros: Se trata de elaborar una propuesta de orientación vivencial en la que la perspectiva de género constituya su eje vertebrador.

Pretende contribuir a sensibilizar e incrementar la formación de las y los profesionales implicados en la orientación educativa del alumnado, sobre la necesidad de potenciar desde las más tempranas etapas escolares el desarrollo y elaboración de proyectos de vida globales e igualitarios con su alumnado; de modo que la implementación escolar de esta iniciativa potencie una práctica educativa continuada e integradora de la multiplicidad de ámbitos constitutivos de un proyecto personal de vida global no discriminatorio en alumnos y alumnas.

Guía orientativa con los medios de comunicación.

Previsión de elaboración y divulgación de contenidos en distintas actividades formativas realizadas a lo largo del año. Campañas de difusión.

Segunda.

El coste total de los programas 4 a 9, asciende a 63.500.000 pesetas, de los cuales el Instituto de la Mujer aportará la cantidad de 50.800.000 pesetas, y la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade aportará la cantidad de 12.700.000 pesetas.

Tercera.

En el caso de que el coste total de los programas 4 a 9 ambos inclusive, fuera superior al estipulado, el Instituto de la Mujer únicamente aportará la cantidad a que se obliga o si el coste total fuera inferior al estipulado, la baja repercutirá proporcionalmente en las cantidades que corresponde aportar a ambos organismos.

Cuarta.

Todas las cantidades que corresponda aportar al Instituto de la Mujer, serán abonadas a la firma del presente convenio específico.

La Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade, deberá acreditar que el importe total de los programas reseñados en la cláusula segunda, ha sido destinado al cumplimiento de su objeto, mediante certificado del responsable de la contabilidad del Organismo con el visto bueno del Interventor de la Consellería, e reintegrar el sobrante, si procediera, antes del día 11 de diciembre de 2001.

El Instituto de la Mujer, una vez firmado el convenio, aceptará en la acreditación de los gastos, los que se hayan realizado para el desarrollo de las actividades comprometidas, antes de la fecha de la firma de este documento siempre que se hayan emitido en el ejercicio presupuestario corriente y amparen actuaciones encaminadas a asegurar el correcto cumplimiento de los acuerdos alcanzados.

Quinta.

Las cantidades que corresponda aportar el Instituto de la Mujer irán con cargo al presupuesto de gastos del organismo para el año 2001, a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Programas 1.3 c), 3 a 9: Aplicación presupuestaria 19.105.323B.226.10. Programas 1.3 a), b), 2: Aplicación presupuestaria 19.105.323B.227.06.

Todas las cantidades que corresponde aportar a la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade, se abonarán con cargo al presupuesto de gastos del organismo para 2001, a las aplicaciones presupuestarias 14.50.212A226.02; 226.06; 226.09 y 480.0.

Sexta.

En todo el material impreso, así como en la difusión que se haga de los programas, deberá constar la colaboración de ambos organismos y figurar expresamente sus logotipos.

Séptima.

El seguimiento de los programas tal y como establece la cláusula cuarta del convenio marco vigente, corresponderá a la Comisión de Seguimiento.

Además la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade, se compromete a entregar al Instituto de la Mujer una memoria de las actividades realizadas en la ejecución del convenio.

Octava.

El presente convenio específico surtirá efectos a partir de su firma y tendrá vigencia hasta el cumplimiento de su objeto y de las obligaciones de cada una de las partes, incluida la obligación de la acreditación económica de los programas por parte de la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade.

Ambas partes, de común acuerdo, podrán prorrogar la vigencia de este convenio específico, cuando fuere necesario continuar con la ejecución de alguno o de algunos de los programas por no haberse concluido en el plazo inicialmente pactado, siempre que se condicione a la previa existencia de crédito adecuado y suficiente y así se acuerde con anterioridad a la fecha de expiración del presente convenio.

Novena.

El incumplimiento de las cláusulas del presente convenio por cualquiera de las partes, será causa de su extinción, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente.

El incumplimiento por parte del Instituto de la Mujer, determinará para éste el pago de los daños y perjuicios que por tal causa se irroguen a la otra parte. El incumplimiento por parte de la Consellería de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, a través del Servicio Galego de Igualdade, determinará para ésta la obligación de restituir al Instituto de la Mujer las cantidades que se hubieran percibido injustificadamente y la de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.

En ambos casos se respetarán los derechos adquiridos por los terceros de buena fe.

También será causa de resolución, el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir las actividades descritas.

Décima.

Este convenio tiene naturaleza administrativa; se regirá por las estipulaciones en él contenidas, y en lo no previsto en éstas, así como para la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Dada la naturaleza jurídico-administrativa de este Convenio, el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo.

Y, estando conformes ambas partes con el contenido del presente documento, lo firman por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.

En Madrid, a 28 de marzo de 2001.–La Consellera de Familia e Promoción do Emprego, Muller e Xuventude, Manuela López Besteiro.–La Directora general del Instituto de la Mujer, Pilar Dávila del Cerro.

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