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Visto el expediente de indulto de don José Luis Sánchez Lourido, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, en sentencia de fecha 15 de enero de 1997, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de un año de prisión menor y multa de 2.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de mayo de 2001,
Vengo en indultar a don José Luis Sánchez Lourido la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de mayo de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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