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El Oficial General Representante Militar ante el Comité Militar de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, Delegado Militar en la Representación Permanente de España en el Consejo de la Unión Europea Occidental y Representante Militar ante el Órgano Militar Provisional de la Unión Europea ostenta la consideración de Jefe de la Misión Militar española acreditado con carácter de residente ante dichas organizaciones internacionales.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnización por razón del servicio, dispongo:
Vengo en reconocer la equiparación del Representante Militar ante el Comité Militar de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, Delegado Militar en la Representación Permanente de España en el Consejo de la Unión Europea Occidental y Representante Militar ante el Órgano Militar provisional de la Unión Europea con los Generales y Almirantes Jefes de regiones o zonas terrestres, marítimas y aéreas, en cuanto a la indemnización por la cuantía exacta de los gastos realizados por razón del servicio.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de mayo de 2001.
TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE
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