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Documento BOE-A-2001-11339

Orden de 3 de abril de 2001, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada "Balbina Cerdeño Delgado", constituida y domiciliada en Puente Genil (Córdoba).

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 2001, páginas 20951 a 20952 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2001-11339

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Balbina Cerdeño Delgado», constituida y domiciliada en Puente Genil (Córdoba).

Antecedentes de hecho

Primero.

La Fundación «Balbina Cerdeño Delgado» fue constituida en escrituras de adjudicación de herencia de fecha 19 de julio de 2000, ante don Juan Carlos Riera Pérez, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 1032, corregidas por otras de fecha 27 de octubre de 2000, con número de protocolo 1447, y 25 de enero de 2001, con número de protocolo 84, ante el mismo Notario, figurando como fundadora doña Balbina Cerdeño Delgado.

Segundo.

Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes: Dotar las becas que los miembros que conformen el Patronato estimen oportunas por la cuantía que proceda en cada caso. Dichas becas se concederán a quienes pretendan continuar estudios, hacer cursillos, preparar exámenes, asistir a cursos de formación profesional o aprendizaje de oficios, en resumen, sin limitación cuantitativa alguna para todo lo que afecte a la formación cultural, profesional o educativa que propicie la elevación de las cualidades humanas de la persona.

Tercero.

La dotación inicial de la Fundación está constituida por 42.289.181 pesetas, distribuidas de la siguiente manera:

Urbana: Una casa para habitación, situada en el pago de El Ruedo, barrio de este nombre, zona de ensanche de Puente Genil, hoy calle Manuel Melgar, número 46, por valor de 6.000.000 de pesetas.

32.289.181 pesetas depositadas en diversas entidades mercantiles.

Cuarto.

El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por once miembros, siendo su Presidente don Rafael Benjumea García.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la participación privada en actividades de interés general; el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.

Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en acctividades de interés general, y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, por lo que, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero.

Reconocer el interés público de la entidad e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Balbina Cerdeño Delgado», domiciliada en Puente Genil (Córdoba), calle Doctor Ochoa, número 62, primero.

Segundo.

Aprobar los Estatutos contenidos en las escrituras públicas de fecha 19 de julio de 2000, corregidas por otras de fechas 27 de octubre de 2000 y 25 de enero de 2001.

Tercero.

Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la carta fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 y 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, o en el plazo de un mes potestativamente recurso de reposición ante la excelentísima señora Consejera de Educación y Ciencia, conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Sevilla, 3 de abril de 2001.–La Consejera, Cándida Martínez López.

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