De conformidad con lo dispuesto en los artículos 39.3 de la
Ley de Reforma Universitaria, y en el 2.4 del Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los
concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes
Universitarios, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 110.4 del
Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio, por el que se aprueban
los Estatutos de la Universidad de Alcalá,
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos
la plaza de Profesor titular de Universidad que se detalla en el
anexo I de la presente Resolución.
Uno.-Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 1
de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre
("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre); Real
Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11
de julio); Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio ("Boletín Oficial
del Estado" de 30 de julio), y en lo previsto en la Legislación
General de Funcionarios Civiles del Estado.
Dos.-Para ser admitido al citado concurso se requieren los
siguientes requisitos generales:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y, ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado
la edad de jubilación legalmente establecida.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico, que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
Tres.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas que
se señalan en el artículo 4.2 del Real Decreto 1888/1984, de 26
de septiembre, según la categoría de la plaza.
Cuatro.-Quienes deseen tomar parte en el concurso de
méritos, remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la
Universidad de Alcalá, por cualquiera de los procedimientos
establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo
de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación
de esta convocatoria, mediante instancia -según modelo
publicado en la página 1024 del "Boletín Oficial del Estado" del día
9 de enero de 2001-, debidamente cumplimentada, junto con
los documentos que acrediten reunir los requisitos para participar
en el concurso.
Los aspirantes deberán justificar haber abonado en el Banco
Santander, a la cuenta número
0049/5175/74/2010229000-Universidad de Alcalá) (calle Libreros, 19, Alcalá de Henares), la
cantidad de 5.040 pesetas (30 euros) en concepto de derechos
de examen, bien directamente o mediante transferencia bancaria,
haciendo constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del
interesado y plaza a la que concursa. Asimismo, deberá adjuntar a
la solicitud copia de dicho justificante.
Cinco.-Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad de Alcalá, remitirá a todos los aspirantes
(por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común) relación completa de admitidos
y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra
dicha Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos,
los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en
el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.
Seis.-Dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la
constitución de la Comisión, el Presidente -previa consulta a los
restantes miembros de la misma-, dictará una Resolución que
deberá ser notificada a todos los interesados (tanto miembros
titulares de la Comisión -y, en su caso, a los suplentes necesarios-,
como a los aspirantes admitidos a participar en el concurso), con
una antelación mínima de quince días naturales respecto a la fecha
del acto para el que se le cita.
Siete.-En el acto de presentación, los concursantes entregarán
al Presidente de la Comisión, la documentación señalada en el
artículo 10 del Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio.
Ocho.-El candidato propuesto para la provisión de la plaza,
deberá presentar en la Secretaría General de la Universidad, en
el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación
de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el
artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes
documentos:
A) Documento nacional de identidad y fotocopia de éste para
su compulsa.
B) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni
defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones
correspondientes a Profesor de Universidad, expedida por la Dirección
Provincial o Conserjería, según proceda, competentes en materia
de sanidad.
C) Declaración jurada de no haber sido separado de la
Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las
Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente
disciplinario y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
función pública.
Alcalá de Henares, 25 de mayo de 2001.-El Rector, Manuel
Gala Muñoz.
ANEXO I
Universidad de Alcalá
1. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesor Titular de
Universidad. Área de conocimiento: "Teoría de la Señal y
Comunicaciones". Departamento al que está adscrita: Teoría de la Señal
y Comunicaciones. Perfil: Transmisión de datos. Número de
plazas: Una. Clase de convocatoria: Concurso de méritos. Código
de la plaza: Z031/DTS203.
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