Intervenir la entidad «Gescartera Gestión, SGIIC, Sociedad Anónima», nombrando Interventores con carácter solidario a don Luis Martín Hernández, don Tomás Gómez Cano, y doña Belén Villarroel Álvaro, procediéndose a publicar este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y remitiéndose para su inscripción en los Registros públicos correspondientes.
Los Interventores designados estarán investidos de las facultades que corresponden a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por cuyo motivo tendrán acceso a toda la documentación de la entidad intervenida. Asimismo, están investidos de las facultades que resultan del artículo 35 y concordantes de la Ley 26/1988 y, en particular, la de aprobar de forma expresa todos los actos y acuerdos de cualquier órgano de la entidad como requisito de validez de los mismos.
Las medidas que resulten de este acuerdo de intervención, que de conformidad con el apartado 2 del artículo 34 de la Ley 26/1988 es inmediatamente ejecutivo, se mantendrán hasta que se supere la situación que ha originado su adopción.
Madrid, 14 de junio de 2001.–La Presidenta, Pilar Valiente Calvo.
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