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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
de 10 de abril), y en las bases 4 y 16 de la Orden de 7 de mayo
de 2001 ("Boletín Oficial del Estado" del 21) por la que se convocan
pruebas selectivas para ingreso en los Cuerpos de Profesores de
Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas
y Diseño, y procedimiento para que los funcionarios de carrera
de los mencionados Cuerpos puedan adquirir nuevas
especialidades,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para ingreso en los
Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller
de Artes Plásticas y Diseño, que serán expuestas en la Dirección
General de la Función Pública, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, Direcciones
Provinciales del Departamento en Ceuta y Melilla, y en la sede del Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte en Madrid, calle Alcalá,
número 36.
En las citadas listas, los aspirantes que deben realizar la prueba
de conocimiento del castellano aparecen con las letras P. I.
Segundo.-Aprobar las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos a los procedimientos para la adquisición de
nuevas especialidades, que serán expuestas en los lugares citados
en el apartado anterior.
Tercero.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.2
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a los
aspirantes excluidos un plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta Orden en el "Boletín
Oficial del Estado", para que, por escrito, puedan subsanar el
defecto que haya motivado su exclusión. Asimismo, aquellos
aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus
datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo. Tales
escritos se dirigirán en el caso de aspirantes a las pruebas selectivas
para ingreso en los Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y
Diseño y Maestros de Taller de Artes Pláticas y Diseño a la
Dirección Provincial correspondiente; para los participantes en los
procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades en la
Dirección Provincial de la provincia que consignaron en el
número 20 de la solicitud de participación en las pruebas.
Cuarto.-Recibidas las reclamaciones, las Direcciones
Provinciales procederán a su estudio y a la rectificación de las listas
provisionales en los casos que procediera.
Realizadas las rectificaciones, las Direcciones Provinciales
remitirán a la Dirección General de Programación Económica,
Personal y Servicios las listas definitivas de admitidos y excluidos.
Madrid, 12 de junio de 2001.-P. D. (Orden de 1 de febrero
de 2001), "Boletín Oficial del Estado" del 9), la Directora general
de Programación Económica, Personal y Servicios, Engracia
Hidalgo Tena.
Ilmos. Sres. Subdirectora general de Administración de Recursos
Humanos y Directores provinciales de Educación, Cultura y
Deporte.
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