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Documento BOE-A-2001-1170

Resolución de 27 de diciembre de 2000, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace pública la lista definitiva de admitidos y excluidos para las pruebas selectivas para el ingreso al Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos, mediante proceso específico de promoción interna, convocadas por Orden de 29 de septiembre de 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2001, páginas 1935 a 1936 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2001-1170

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 24 de noviembre de 2000 ("Boletín Oficial

del Estado" de 8 de diciembre), del Director general de Instituciones

Penitenciarias, se hace pública la lista de admitidos y excluidos

para las pruebas selectivas de ingreso al Cuerpo Técnico de

Instituciones Penitenciarias, especialidades Juristas y Psicólogos,

mediante proceso de promoción interna, convocadas por Orden

de 29 de septiembre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 17

de octubre).

De acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero, expirado el plazo de diez días hábiles para poder subsanar

el defecto o la omisión que en su día motivó la exclusión en las

listas mencionadas anteriormente, se acuerda aprobar el listado

definitivo de admitidos y excluidos, que no sufre ninguna

modificación con respecto a los provisionales, al no producirse ninguna

subsanación en los mismos.

Al mismo tiempo, se establece que la lista de los aspirantes

que han quedado definitivamente excluidos con expresión de las

causas de exclusión que se adjuntan en el anexo I y que será

expuesta en los centros penitenciarios, en las Delegaciones del

Gobierno en las Comunidades Autónomas, Subdelegaciones del

Gobierno en las provincias, en la Dirección General de

Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior, en la Dirección

General de la Función Pública y en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas.

Frente a los actos de exclusión definitivos dictados por la

autoridad convocante, podrán los aspirantes potestativamente

interponer recurso de reposición ante esta autoridad en el plazo de

un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación

de la Resolución, o ser impugnada directamente ante la Audiencia

Nacional, pudiendo, en este caso, interponer recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar a partir del

día siguiente de la publicación de la Resolución, conforme lo

establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

y la Ley 29/1998, de 13 de julio, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 27 de diciembre de 2000.-El Director general, Ángel

Yuste Castillejo.

Ilmos. Sres. Presidentes de los Tribunales.

ANEXO I

Juristas, sistema promoción interna 2000

Lista de excluidos

Número orden: 1. Instancia: 35. Apellidos y nombre: Álvarez

Fernández, Luis Carlos. Documento nacional de

identidad: 7.437.027. Fecha nacimiento: 25 de octubre de 1955.

Minusvalía: 0. Exclusión: 1.

Psicólogos, sistema promoción interna 2000

Número orden: 1. Instancia: 7. Apellidos y nombre: Álvaro

Sánchez, Luis. Documento nacional de identidad: 8.980.851.

Fecha nacimiento: 27 de octubre de 1970. Minusvalía: 0.

Exclusión: 12.

Cuadro de exclusiones:

1. Instancia fuera de plazo.

2. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen

correspondiente.

3. Falta declaración jurada o promesa escrita de que carece

de rentas superiores al salario mínimo interprofesional, necesaria

para estar exento del pago.

4. Falta de certificación de no negación de participación en

acciones de promoción, formación o reconversión profesionales,

necesarias para estar exento de pago.

5. Falta de tiempo suficiente en el certificado de demanda

de empleo, necesario para estar exento de pago.

6. No cumplir el requisito de la base 3.4 respecto a las

solicitudes.

7. Falta de firma en la solicitud.

8. Modelo no oficial de solicitud.

9. Instancia de solicitud sin completar datos.

10. Falta certificado de la demanda de empleo necesario para

estar exento del pago de tasas.

11. Pago insuficiente de las tasas de derecho de examen.

12. Falta de fotocopia del documento nacional de identidad.

13. Tiempo inferior a dos años en el Cuerpo o Escala.

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