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Documento BOE-A-2001-11783

Resolución de 29 de mayo de 2001, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos al III Acuerdo Nacional de Formación Continua.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2001, páginas 21772 a 21773 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-11783
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2001/05/29/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos al III Acuerdo Nacional del Formación Continua "Boletín Oficial del Estado" de 23 de febrero de 2001), así como la constitución de la Comisión Paritaria Sectorial de Formación, Acta que fue suscrita con fecha 8 de mayo de 2001, de una parte, por la Federación Española de Asociaciones de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las centrales sindicales COMFIA-CC OO y FES-UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

Esta Dirección General de trabajo, resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XII CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DE EMPRESAS DE INGENIERÍA Y OFICINAS DE ESTUDIOS TÉCNICOS PARA LA ADHESIÓN AL III ACUERDO NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA

En Madrid a 8 de mayo de 2001, en los locales de TECNIBERIA Federación Española de Asociaciones de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos, se reúnen los señores que se indican al margen, y en representación que en el mismo consta:

En representación sindical:

COMFIA-CC.OO: Don Vicente Álvarez Pastoro, don Antonio Díaz-Guerra García Calvo, don Manuel Plazas Gómez, don Félix Fernández Relinque, don Manuel Francisco Sánchez Montero, don José L. García Medina y don Luis Díaz Caballero.

FES-UGT: Don Luis Carlos González López, don Jorge P. Hertogs Biarge y don Javier Díaz Rodríguez.

En representación empresarial:

TECNIBERIA Federación Española de Asociaciones de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos: Don José F. Marbán, don Rafael Fernández de Mesa, don Tomás Azpitarte, don Javier Olite, don Salvador Pérez Cervilla y don Carlos Hernández.

La reunión tiene por objeto ratificar la adhesión expresa al III Acuerdo Nacional del Formación Continua dentro del marco del XII Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, actualmente en negociación, conforme ya prevé la disposición adicional del citado Convenio en su XI edición, así como la constitución, conforme a lo establecido en el III Acuerdo Nacional del Formación Continua, de la Comisión Paritaria Sectorial de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos.

En el transcurso de la reunión se adoptan, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

Primero.- Adherirse expresamente al III Acuerdo Nacional de Formación Continua, conforme a las previsiones contenidas en el XI Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 15 de diciembre de 2000, para su XII edición y sucesivas, y que será de aplicación en todos los ámbitos de obligar de la últimamente citada edición del Convenio Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos.

Segundo.- Constituir, conforme con lo establecido en el III Acuerdo Nacional de Formación Continua, la Comisión Paritaria Sectorial de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, que queda integrada por las mismas personas y representaciones que constan en el anejo I del XI Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, y que tendrá las funciones y facultades que se confieren en el artículo 18 del citado III Acuerdo.

Tercero.- Como normas reglamentarias de la citada Comisión se aplicarán las previstas en los acuerdos primero, segundo (mientras se autoricen criterios de prioridad), tercero y cuarto del anejo I del reiterado XI Convenio Colectivo de Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos ("Boletín Oficial del Estado" de 15 de diciembre de 2000), que podrán complementarse, en lo que no se opongan a éstas, con las reglamentarias de funcionamiento previstas en el inciso h) del artículo 18 del III ANF, y que serán de aplicación en su XII edición, actualmente en negociación, y sucesivas, mientras esté vigente el III Acuerdo citado, sustituyéndose las referencias a FORCEM por las de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo. Los presentes acuerdos, que se incorporarán a la XII edición del reiterado Convenio, entrarán en vigor, previa su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", el mismo día de su firma. El Comité Paritario para su interpretación será el mismo del artículo 9 del citado Convenio Colectivo de ámbito nacional.

Cuarto.- Delegar expresamente en don Carlos Hernández Jiménez para que, en nombre y representación de la Comisión negociadora, se dirija a la Dirección General de Trabajo solicitando el registro, depósito y publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente Acta, que se remitirá también, a los efectos oportunos, a la Comisión Mixta Estatal de Formación Continua.

Y sin más asuntos de que tratar, previa redacción y aprobación, por unanimidad, de la presente Acta, suscriben la misma los reunidos, en la fecha y lugar al principio citados.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/05/2001
  • Fecha de publicación: 19/06/2001
  • Efectos : desde el 8 de mayo de 2001.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 83.3 y 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por la Resolución de 28 de noviembre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-22702).
  • ADHESIÓN al Acuerdo publicado por Resolución de 2 de febrero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-3762).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas consultoras
  • Formación profesional
  • Ingeniería y Estudios Técnicos

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