Contido non dispoñible en galego
Vistas las solicitudes presentadas por los Auxiliares de la
Administración de Justicia que superaron las pruebas selectivas
convocadas por Orden de 26 de noviembre de 1999, en el ámbito
de la Comunidad Autónoma del País Vasco (turno de
promoción interna), nombrados funcionarios de carrera en virtud de
Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia de 30 de mayo
de 2001.
He resuelto adjudicar destino en los órganos judiciales que
se relacionan en el anexo.
Los Auxiliares de la Administración de Justicia nombrados,
y a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, deberán
tomar posesión de sus cargos dentro del plazo de veinte días
naturales contados desde el siguiente al de la publicación de esta Orden
en el Boletín Oficial del Estado de acuerdo con lo establecido
en el artículo 24 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero,
no resultando retribuido el plazo posesorio, ya que según dispone
la normativa en materia de nóminas, durante el primer mes se
devengarán por días las retribuciones correspondientes al nuevo
Cuerpo en el que se ingresa.
En el caso de que los Auxiliares de nuevo ingreso quisieran
evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo
indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar
al Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su destino
actual un permiso retribuido de un día si no hay cambio de
localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de
desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla en cuyo
caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse
de su nuevo cargo [artículo 66.1.g) del Real Decreto 249/1996,
de 16 de febrero].
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que
han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo
día en que se produzca la toma de posesión del titular.
En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974,
de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la
Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio ; artículo único de la
Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero y artículos 79 y
concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996,
de 16 de febrero), los nombrados por turno de promoción interna
deberán tener en cuenta las siguientes observaciones:
Primera.-Cuando un funcionario del Cuerpo de Agentes de
la Administración de Justicia acceda al Cuerpo de Auxiliares y
desee permanecer en activo en el Cuerpo de origen y en situación
de excedencia en aquel al que accede, deberá manifestar esta
opción en el acta de toma de posesión, regresando a continuación
a su destino de origen.
Copia del acta de toma de posesión, opción y cese será remitida
por el Secretario del órgano judicial correspondiente, al ilustrísimo
señor Director de Ordenación de Recursos Humanos,
Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco,
calle Donostia-San Sebastián, 1 (01010 Vitoria-Gasteiz), siéndole
concedida la excedencia de oficio en el nuevo Cuerpo.
Segunda.-En caso de no manifestar la opción citada se
entenderá que optan por el nuevo puesto y el Director de Ordenación
de Recursos Humanos, dentro de su ámbito territorial les
concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo de Agentes de la
Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por
cesados de forma automática con la misma fecha en que se produzca
la toma de posesión en el Cuerpo de Auxiliares, al objeto de evitar
interrupción en la percepción de sus haberes.
Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por
el Secretario del órgano judicial correspondiente, al ilustrísimo
señor Director de Ordenación de Recursos Humanos del
Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social del Gobierno
Vasco y al órgano judicial de origen.
Los nombrados en virtud de esta Orden, no obstante haber
sido destinados con carácter forzoso, no podrán participar en
concurso de traslado hasta que transcurra un año desde la toma de
posesión de su cargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo
495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Contra esta Orden podrán los interesados interponer recurso
potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el
excelentísimo señor Consejero de Justicia Trabajo y Seguridad Social
o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País
Vasco, en el plazo de dos meses. En ambos casos a partir del
día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Vitoria-Gasteiz, 30 de mayo de 2001.-El Consejero, Sabin
Intxaurraga Mendíbil.
ANEXO
Auxiliares de la Administración de Justicia (promoción interna)
Número DNI Apellidos y nombre Destino Provincia
1 16.299.476 Gordobil Amozarrain, Yolanda. Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vitoria-Gasteiz. Álava.
2 78.870.393 Uriaguereca Legarreta, Izaskun. Juzgado de lo Penal número 1 de Vitoria. Álava.
3 22.733.868 Gómez Sanz, María Pinar. Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Donostia-San
Sebastián.
Guipúzcoa.
4 30.567.166 Negueruela Celestino, Alicia. Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vitoria-Gasteiz. Álava.
5 15.989.616 Soto Labanda, Francisco Javier. Juzgado de Primera Instancia número 1 de Donostia-San Sebastián. Guipúzcoa.
6 13.105.001 Pérez Pérez, Félix. Juzgado de Primera Instancia número 1 de Donostia-San Sebastián. Guipúzcoa.
7 73.548.088 Suárez Pérez, Gloria. Juzgado de Paz de Iruña de Oca. Álava.
8 30.564.169 Molano Cordero, Jacinta. Juzgado de lo Social número 4 de Donostia-San Sebastián. Guipúzcoa.
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