De conformidad con lo establecido en el artículo 9,
apartado 1.f), y artículo 10, apartado 1, del Real Decreto 2378/1985,
de 18 de diciembre, por el que se regula el Consejo Escolar del
Estado, formarán parte del mismo, un número determinado de
Consejeros, nombrados por la Ministra de Educación, Cultura y
Deporte, a propuesta de las centrales sindicales que, de acuerdo
con la vigente legislación laboral, ostenten el carácter de más
representativas.
Según dispone el artículo 12, apartado 1.d), del referido Real
Decreto, los Consejeros perderán su condición de miembros del
Consejo por revocación del mandato conferido por las
organizaciones respectivas que los designaron.
Por otra parte, la propuesta que efectúen las centrales
sindicales mencionadas, comprenderá la de los Consejeros titulares
y sustitutos de los mismos, de conformidad con lo que al respecto
regula el artículo 11 del Real Decreto 2378/1985.
De acuerdo con lo establecido en las normas indicadas, a
propuesta de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras
(CC. OO.), he dispuesto:
Primero.-El cese como Consejero titular y sustituto del Consejo
Escolar del Estado, por el grupo de representantes de las centrales
sindicales, de los siguientes representantes:
Titular: Doña Blanca Gómez Manzaneque.
Sustituto: Don José Luis Sánchez García.
Segundo.-El nombramiento como Consejero titular y sustituto
del Consejo Escolar del Estado, por el mismo grupo, de forma
correlativa a los ceses reseñados en el apartado anterior, de los
siguientes representantes:
Titular: Don José Luis Sánchez García.
Sustituto: Don Fernando Gómez Recio.
Tercero.-El mandato de los Consejeros nombrados por la
presente Orden finalizará en la fecha de renovación bienal, en la
que habrían de cesar los Consejeros en cuyo lugar se les nombra,
de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.2 y 13 del Real
Decreto 2378/1985, de 18 de diciembre.
Madrid, 7 de junio de 2001.
DEL CASTILLO VERA
Ilmo. Sr. Presidente del Consejo Escolar del Estado.
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