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Documento BOE-A-2001-12252

Resolución de 18 de junio de 2001, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se convocan las próximas subastas de liquidez.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2001, páginas 22581 a 22581 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-12252

TEXTO ORIGINAL

El apartado 4 bis del artículo 104 de la Ley General Presupuestaria, en su texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, autoriza al Ministro de Economía y Hacienda a realizar operaciones de compraventa simples a vencimiento u operaciones de compraventa dobles, en cualquiera de sus modalidades, sobre valores de Deuda del Estado con objeto de facilitar la gestión de la Tesorería del Estado o el normal desenvolvimiento del mercado de Deuda del Estado. El apartado 7 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de enero de 2001 delegó las citadas facultades en el Director general del Tesoro y Política Financiera.

Por otra parte, con fecha 28 de septiembre de 2000, el Ministro de Economía, en representación del Tesoro, y el Gobernador del Banco de España, en representación del Banco, acordaron introducir un anejo al Convenio sobre prestación del servicio de Tesorería y de servicios relativos a la Deuda del Estado, suscrito entre ambas entidades el 27 de diciembre de 1994. En concreto, se incluyó un nuevo párrafo cuarto en la cláusula segunda del citado Convenio, en virtud del cual el Banco de España podrá efectuar, por cuenta del Tesoro, operaciones de compraventa simples a vencimiento u operaciones de compraventa dobles, en cualquiera de sus modalidades, sobre valores de Deuda del Estado, a través del procedimiento que se acuerde por escrito entre el Tesoro y el Banco.

El procedimiento elegido para la realización de tales operaciones es la convocatoria de subasta en la que las entidades de crédito ofrezcan una rentabilidad determinada por los fondos obtenidos.

Dado que en una primera etapa únicamente se realizarán operaciones a un día, las subastas que se convoquen durante esta etapa tendrán una serie de limitaciones necesarias para una operativa de tan corto plazo y tan frecuente. Entre estas limitaciones destacan la necesidad de las entidades de contrapartida de disponer de una cuenta de efectivo en el Banco de España y de que los valores de Deuda del Estado aceptados como activos de garantía estén anotados en la Central de Anotaciones de Deuda del Estado.

En la Resolución de 26 de enero de 2001, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, se estableció el procedimiento por el cual se realizan tales subastas y se convocó la primera de ellas. La experiencia acumulada desde entonces aconsejó retrasar la hora de celebración de las subastas, por lo que se retrasa en dos horas el límite de presentación de peticiones.

En razón de lo expuesto, y en uso de las facultades concedidas por la Orden de 26 de enero de 2001,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Se convocan las siguientes subastas de liquidez de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera:

Fecha de celebración de la subasta Período de vigencia, ambos días incluidos
3 de julio. 4 de julio a 7 de agosto.
3 de agosto. 8 de agosto a 4 de septiembre.
4 de septiembre. 5 de septiembre a 2 de octubre.
Segundo.

Las subastas se realizarán conforme a lo indicado en el apartado primero y en los apartados tercero a octavo de la Resolución de 26 de enero, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se regula el procedimiento de subastas de liquidez del Tesoro y se convoca la primera subasta el 8 de febrero de 2001.

Tercero.

Las peticiones se realizarán hasta las doce treinta horas del día de celebración de la subasta. Deberán remitirse al Banco de España por el procedimiento que éste establezca.

Madrid, 18 de junio de 2001.–La Directora general, Gloria Hernández García.

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