En la cuestión de competencia negativa número 859/00, trabada entre la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, número 5, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado, en fecha 11 de abril de 2001, sentencia que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
«Declarar que la competencia para conocer del recurso contencioso-administrativo promovido contra la Resolución del Director del Parque Móvil del Estado, de 16 de febrero de 1999, está atribuida a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en cuyo conocimiento se pondrá esta sentencia y deberán ser remitidas estas actuaciones, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, sentencia que asimismo será puesta en conocimiento del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 5.»
Presidente: Excelentísimo señor don Ángel Rodríguez García, Presidente de Sala; Magistrados: Excelentísimos señores don Francisco José Hernando Santiago y don Emilio Pujalte Clariana.
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