Está Vd. en

Documento BOE-A-2001-13173

Orden de 6 de julio de 2001 por la que se aprueba y regula la suplencia del Subsecretario de Economía.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 2001, páginas 24776 a 24776 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-13173
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/07/06/(1)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 17.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia, o enfermedad por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquéllos, indicando que, si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato de quien dependa.

Por este motivo, resulta preciso establecer de manera clara en la presente Orden la suplencia del Subsecretario de Economía, que no supone alteración alguna del régimen competencial vigente.

Por todo lo anterior y, en virtud de las competencias atribuidas por la normativa indicada, dispongo:

Primero.-El Subsecretario de Economía será suplido, en caso de vacante, ausencia o enfermedad por el Secretario general técnico, con excepción de las competencias que le corresponden a aquél en su condición de miembro de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y como Presidente del Comité de Seguimiento regulado en el II Plan Nacional de Transición al Euro.

Segundo.-Para el ejercicio de las competencias que corresponden al Subsecretario de Economía en su condición de miembro de la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, en caso de vacante, ausencia o enfermedad de éste, se designa al Secretario general de Política Económica y Defensa de la Competencia.

Tercero.-Para el ejercicio de las competencias que corresponden al Subsecretario de Economía en su condición de Presidente del Comité de Seguimiento, regulado en el II Plan Nacional de Transición al Euro, en caso de vacante, ausencia o enfermedad de éste, se designa al Director del Gabinete del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía.

Madrid, 6 de julio de 2001.

DE RATO Y FIGAREDO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/07/2001
  • Fecha de publicación: 07/07/2001
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 17.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Economía
  • Organización de la Administración del Estado
  • Secretaría General de Política Económica y Defensa de la Competencia
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía
  • Subsecretaría del Ministerio de Economía

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid