En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 276/1998, de
22 de diciembre ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de
19 de enero de 1999), y con el fin de atender las necesidades
de personal de administración y servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en los artículos 18 y 49.4 de la Ley 11/1983, de 25 de
agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín Oficial del Estado" de
1 de septiembre), y el artículo 49.l) del Decreto 276/1998, de
22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la
Uni
versidad de Almería, ha resuelto convocar pruebas selectivas para
cubrir una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de
esta Universidad en la categoría profesional de Delineante (grupo
III), mediante el sistema general de acceso libre, con sujeción
a las siguientes bases de convocatoria:
1. Normas generales
1.1 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a
lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley
23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado;
en el vigente Convenio Colectivo de trabajo de ámbito
interprovincial del personal laboral de universidades andaluzas ("Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía" de 30 de junio de 1994); el
Decreto 276/1998, de 22 de diciembre, por el que se aprueban
los Estatutos de la Universidad de Almería, y a las normas de
esta Resolución.
1.2 El procedimiento de selección de aspirantes será el de
oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y
programa que se especifican en el anexo I.
1.3 El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de septiembre
de 2001. La fecha, hora y lugar se fijará en la Resolución del
Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los
Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos
Estados a los que en virtud de los tratados internacionales,
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos
en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea. También podrá participar el cónyuge,
descendientes o descendientes del cónyuge de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este
último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de
nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados
internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados
por España.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de BUP, Bachiller Superior,
Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o haber
superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores
de veinticinco años, o en condiciones de obtenerlo en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerse en el momento de la firma de contrato
como personal laboral.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada
gratuitamente por las Subdelegaciones del Gobierno en cada provincia,
así como por el Servicio de Gestión de Personal de esta
Universidad. Asimismo, la convocatoria y el modelo de solicitud podrán
obtenerse vía Internet en la siguiente dirección "web":
http://www.ual.es/Universidad/Personal/PAS/all.htm
3.2 Los aspirantes que no posean la nacionalidad española
y tengan derecho a participar deberán presentar dos fotocopias
del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los
documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho
de vivir a expensas o estar a cargo de nacional de otro Estado
con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar
declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro 5 de la misma.
Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número
6, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización
de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.4 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector
de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.5 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3.6 Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo
original que deberá unirse a la solicitud de participación en las
pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen, que
ascenderán a la cantidad de 3.000 pesetas, mediante ingreso o
transferencia bancaria en la cuenta corriente número 3058 0130 18
2731007006 abierta al efecto en CajaMar, con el título
"Universidad de Almería. Concursos y oposiciones.", especificando en
tal resguardo el nombre y apellidos, el documento nacional de
identidad y la plaza en la que solicita participar.
En ningún caso la presentación y pago en el Banco supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.4. de esta
Resolución.
Serán excluidos los aspirantes que no hayan abonado la
cantidad citada dentro del plazo habilitado para la presentación de
instancias, prescrito en la base 3.4 citada, no concediéndose plazo
alguno adicional para el abono de las mismas.
3.7. En el recuadro "Código" de la solicitud se deberá
consignar "LL/02/01".
3.8 A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:
1. Fotocopia del documento nacional de identidad.
2. Resguardo original acreditativo del pago de los derechos
de examen o de la transferencia bancaria realizada, de acuerdo
con la base 3.6.
3. En caso de no poseer la nacionalidad española, la
documentación que acredite su nacionalidad, de acuerdo con la
base 3.2.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se nombrará al Tribunal calificador, se recogerá el
lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación
de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de
exclusión. En la lista deberán constar en todo caso apellidos, nombre
y número del documento nacional de identidad.
4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso,
la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo
de diez días hábiles para subsanación de errores.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador será nombrado por el Rector de
la Universidad de Almería según lo establecido en la base 4.1
de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando
concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar
a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias
citadas.
5.3 Con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas, se
publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de
Personal Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros
del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
Tribunal con asistencia del Presidente y Secretario, o, en su caso,
de quienes los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus
miembros. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de
treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes
de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar
asesores especiales, que se limitarán a informar de las pruebas
y méritos relativos a su especialidad. La designación de tales
asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.
5.6 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o,
en su caso, de quienes los sustituyan, y de la mitad, al menos,
de sus miembros.
5.7 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas
las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas,
así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes.
En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías
que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio para las Administraciones Públicas, de 18 de febrero de 1985,
o cualesquiera otros equivalentes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de
Almería, carretera de Sacramento, sin número, teléfono
950 01 51 26.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrán
la categoría 3.a de las recogidas en el anexo V del Decreto
54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" de 21 de abril).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado el proceso selectivo un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos
anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán
hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo
de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si es nuevo ejercicio.
6.4 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara
a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece
de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria,
lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual
deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes
o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a
los efectos procedentes.
7. Presentación de documentación
7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la
fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de
examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad
las listas con las puntuaciones correspondientes.
7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación,
en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios
de la fase de oposición y la calificación final, obtenida esta última
de la forma establecida en el anexo I de esta Resolución.
7.3 Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad
con propuesta de contratación como personal laboral del aspirante
que haya superado el proceso selectivo.
7.4 En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la
publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad
de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior,
el aspirante que haya obtenido la plaza deberá presentar, en el
Registro General de la Universidad o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil
correspondiente.
b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.
c) Fotocopia debidamente compulsada del título de BUP,
Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o
equivalente o certificación de haber superado las pruebas de
acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II a esta
convocatoria.
e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
minusválidos deberán presentar certificación, de los órganos
competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la
Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e
igualmente deberán presentar certificación de los citados órganos
de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad
con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.
f) Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión
Europea, o de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados
internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores
en los términos en que ésta se halle definida en Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea, habrán de acreditar mediante
documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública.
7.5 Si dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza mayor,
no presentara la documentación, o del examen de la misma se
dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la
base 2, no podrá ser contratado como personal laboral y quedarán
anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal
calificador, se procederá a la contratación como personal laboral,
mediante Resolución que se publicará en el tablón de anuncios
del Servicio de Gestión de Personal.
8. Norma final
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa
en virtud del artículo 60 del Decreto 276/1998, de 22 de diciembre
("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 19 de enero de
1999), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad
de Almería, podrán los interesados interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, de acuerdo con el
artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del
Estado" del 14), pudiendo ser recurrida potestativamente en
reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidad con
los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada
en la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Almería, 14 de junio de 2001.-El Rector, Alfredo Martínez
Almécija.
ANEXO I
Concurso LL/02/01
Categoría profesional: Delineante.
Grupo: III.
Plazas: 1.
Turno: Mañana.
Ejercicios y valoración
La oposición estará formada por los ejercicios que a
continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:
1. Primer ejercicio: Teórico.
En el tiempo máximo de dos horas los aspirantes contestarán
un cuestionario que versará sobre aspectos del programa que
figura en este anexo.
2. Segundo ejercicio: Práctico.
El ejercicio consistirá en el desarrollo de un ejercicio práctico
en el tiempo que el Tribunal estime oportuno y que versará sobre
aspectos del programa que figura en este anexo.
Calificación de los ejercicios
1. Los ejercicios serán calificados sobre una puntuación
máxima de 30 puntos para cada uno de ellos. Tendrán carácter
eliminatorio y será necesario obtener 15 puntos en cada uno de
ellos para superarlos.
2. La calificación final vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Programa
Tema 1. Conocimiento y empleo del material de dibujo.
Tema 2. Dibujo geométrico. Toma de datos. Croquización.
Tema 3. Reproducción de planos. Escalas.
Tema 4. Acotaciones. Rotulación.
Tema 5. Proyecciones. Perspectivas.
Tema 6. Secciones y sombreados.
Tema 7. Diseño asistido por ordenador. Aplicación del CAD
en 2D y 3D: Gestión de archivos de dibujo.
Tema 8. Bloques y bibliotecas.
Tema 9. Tablero digitalizador.
Tema 10. Plotters. Impresoras. Reproducciones a color.
Tema 11. Conocimiento sobre representaciones gráficas de
los edificios y urbanizaciones:
11.1 Edificios públicos: Estructuras, albañilería, carpinterías,
revestimentos, instalaciones diversas.
11.2 Urbanizaciones: Pavimentaciones, redes de servicios.
11.3 Parques y jardines.
11.4 Instalaciones deportivas. Tamaños.
Tema 12. Supresión de barreras arquitectónicas en edificios
públicos y urbanizaciones.
Tema 13. Trabajo con pantallas de visualización directa
(PVD's), higiene postural y riesgos del entorno ambiental en
trabajos de administración. Normas básicas para el personal de
administración en situaciones de emergencia en la Universidad.
Conocimiento de señalización de seguridad y salud en lugares de
trabajo.
Tema 14. III Convenio Colectivo del Personal al Servicio de
las Universidades Públicas Andaluzas ("Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" de 30 de junio de 1994).
Tema 15. Decreto 276/1998, de 22 de diciembre, por el que
se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería.
ANEXO II
Declaración jurada
Don/Doña ..................................................,
con domicilio en ...............................................,
y documento nacional de identidad número .......................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado
como personal laboral fijo (grupo III), que no ha sido separado
mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid