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Documento BOE-A-2001-13231

Resolución de 2 de julio de 2001 de la directora general de planificación económica y coordinación institucional por la que se da publicidad a la concesión de becas de formación para titulados superiores en el área de estadísticas agroalimentarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 2001, páginas 24841 a 24841 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2001-13231

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 19 de septiembre de 2000, modificada por la de 8 de junio de 2001, convocó cinco becas para promover la formación teórica y practica en el área de estadística agroalimentaria,

La citada Orden establece las características de dichas becas, los requisitos a cumplir por los solicitantes, el proceso de evaluación de las solicitudes y el procedimiento de resolución.

Concluido el proceso de evaluación y selección, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, mediante Orden de 29 de junio de 2001, ha acordado resolver la mencionada convocatoria en los términos siguientes:

Becas de formación teórica y práctica en estadísticas agroalimentarias.

Número de orden Apellidos y nombre DNI Título universitario Resolución
1 Ayuso Nogueira, Almudena. 3.882.754 Economista. Titular.
2 Frías Rivera, Cristina. 12.327.304 Ingeniero Agrónomo. Titular.
3 Hitos Santos, Rubén. 51.061.993 Economista. Titular.
4 López de Coca López de Sancho, Elena. 51.068.061 Ingeniero Agrónomo. Titular.
5 Pindado Carrión, Pablo. 33.517.305 Ingeniero Agrónomo. Titular.
6 Cotillas Provencio, Eduardo. 5.419.620 Ingeniero Agrónomo. Suplente.
7 Fernández Cortés, M.ª del Mar. 30.808.354 Economista. Suplente.
8 Amador García, Alberto. 36.132.303 Ingeniero Agrónomo. Suplente.
9

Canales Velasco, M.ª del

Sol.

47.036.924 Economista. Suplente.
10 López Moraga, David. 30.798.860 Ingeniero Agrónomo. Suplente.

La resolución de la convocatoria, de la que se da publicidad, pone fin a la vía administrativa; contra ella podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de la Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, y en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La interposición del recurso de reposición impedirá la interposición del recurso ante la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, mientras no haya recaído resolución expresa o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 2 de julio de 2001.–La Directora general, Carmen Martínez de Sola y Coello de Portugal.

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