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Documento BOE-A-2001-13413

Resolución de 30 de mayo de 2001, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de cursos de especialidad marítima al IES Marítimo Pesquero de Las Palmas.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2001, páginas 25256 a 25257 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2001-13413

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por el Director del IES Marítimo Pesquero de Las Palmas, de solicitud de prórroga de homologación para impartir cursos de especialidad marítima, el informe favorable de la Capitanía Marítima de Las Palmas y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 6 de junio de 1990 y Orden de 16 de octubre de 1990,

Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Prorrogar la homologación al IES Marítimo Pesquero de Las Palmas para impartir los cursos de especialidad marítima de:

Observador de Radar de Punteo Automático (ARPA).

Segundo.

Quince días antes de la celebración de cada curso remitirá a la Subdirección General de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marítima, relación nominal del profesorado, acompañada del curriculum profesional de cada uno de ellos, así como memoria desarrollada del programa y medios materiales a utilizar durante el curso, a efectos de la oportuna inspección por parte de los servicios de esta Dirección General.

Tercero.

En el plazo de treinta días desde la finalización del curso, el IES Marítimo Pesquero de Las Palmas, remitirá a la Subdirección General de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marítima las actas del curso y las pruebas realizadas.

Al personal de la Marina Mercante que haya finalizado con aprovechamiento el curso impartido, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas emitidas por el IES Marítimo Pesquero de Las Palmas en la que conste que han superado las pruebas establecidas.

Cuarto.

Esta prórroga de homologación tendrá una duración de dos años desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose prorrogar a la vista de la memoria, planes de estudio, prácticas y demás documentación que presente el centro de formación, sobre los cursos realizados en base a ésta homologación y siempre que no haya modificaciones en la normativa reguladora.

Quinto.

Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Subdirección General de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marítima efectuará inspecciones periódicas de los mismos.

Sexto.

El personal que participe en los cursos deberá estar amparado por un seguro que cubra los accidentes que puedan producirse durante la realización del curso, contratado por el Instituto de Enseñanza Secundaria Marítimo Pesquero de Las Palmas.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 30 de mayo de 2001.–El Director general, José Luis López-Sors González.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marítima.

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