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Documento BOE-A-2001-13770

Resolución de 2 de julio de 2001, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convocan pruebas selectivas para consolidación de empleo, en las Escalas de Laboratorio, Técnico Auxiliar y Personal de Oficios, de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2001, páginas 25730 a 25739 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-13770

TEXTO ORIGINAL

Publicada la oferta de empleo público de la Universidad de

Castilla-La Mancha para 1999, y previsto en el artículo 5 la

provisión del total de plazas dentro de los tres años siguientes,

convocándose en cada año un tercio de las plazas vacantes, en los

procesos selectivos de consolidación de empleo temporal o

interino de naturaleza estructural y permanente, en cumplimiento de

lo dispuesto en el Plan de Consolidación y Mejora de Plantillas

de la Universidad de Castilla-La Mancha, que figura como anexo III

de la Resolución de 1 de septiembre de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 30), por la que se acuerda la publicación de la

modificación de la relación de puestos de trabajo del personal

de administración y servicios de esta Universidad, y publicada

la oferta de empleo para el año 2000,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18, en relación con el artículo 30.o, e) de

la Ley de Reforma Universitaria, así como en los Estatutos de

la Universidad, aprobados por Decreto 205/1999, de 28 de

septiembre ("Diario Oficial de Castilla-La Mancha" de 1 de octubre),

acuerda convocar pruebas selectivas para consolidación de empleo

temporal, en las Escalas de Laboratorio: Técnico Auxiliar y

Personal de Oficios, de la Universidad de Castilla-La Mancha, con

sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 13 plazas,

en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal

en el ámbito de la Universidad de Castilla-La Mancha, en las

Escalas siguientes:

Once plazas en la Escala de Laboratorio, Técnico Auxiliar

grupo C.

Especialidad y localidad:

Campus, Cuenca, código CE16LAB1.

Producción vegetal, Albacete, código CE16LAB2.

Campus, Albacete, código CE16LAB3.

Informática, Albacete, código CE16LAB4.

Mecánica Aplicada, Albacete, código CE16LAB5.

Informática, Ciudad Real, código CE16LAB6.

Tecnología Alimentos, Ciudad Real, código CE16LAB7.

Mecánica Aplicada, Ciudad Real, código CE16LAB8.

Ingeniería Eléctrica, Ciudad Real, código CE16LAB9.

Química Inorgánica, Ciudad Real, código CE16LAB10.

Ingeniería Geológica, Almadén (Ciudad Real),

código CE16LAB11.

Dos plazas en la Escala de Laboratorio, Personal de Oficios,

grupo D.

Especialidad y localidad:

Arquitectura, Cuenca, código CE17LAB1.

Química Inorgánica, Toledo, código CE17LAB2.

1.2 El proceso selectivo constará de una fase de oposición

y otra de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que

se especifican en el anexo I.

1.3 Los programas que han de regir las pruebas selectivas

son los que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

1.4 El primer ejercicio dará comienzo a partir del 15 de

septiembre de 2001.

1.5 Finalizados los ejercicios de la fase de oposición, los

Tribunales de Selección publicarán las puntuaciones obtenidas en

la fase de concurso por los aspirantes aprobados.

1.6 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de

la Función Pública; el Decreto 205/1999, de 28 de septiembre,

por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de

Castilla-La Mancha; la Resolución de 1 de septiembre de 1998, de

la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se acuerda la

publicación de la modificación de la relación de puestos de trabajo

del personal de administración y servicios de esta Universidad

("Boletín Oficial del Estado" del 30); Resolución de la Universidad

de Castilla-La Mancha, de 30 de julio de 1999, por la que se

ordena la publicación de la oferta de empleo público para 1999

("Boletín Oficial del Estado" de 27 de agosto); Acuerdo de la Junta

de Gobierno de 25 de julio de 2000, por el que se aprueba la

oferta de empleo público del año 2000 ("Boletín de la Universidad

de Castilla-La Mancha número 33); el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), de

aplicación supletoria, y lo dispuesto en las presentes bases.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener la nacionalidad española o la de cualquier otro

Estado miembro de la Unión Europea.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión de las siguientes titulaciones

académicas:

2.1.3.1 Para las Escalas del Grupo C: Título de Bachiller

Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller

LOGSE, Formación Profesional de segundo grado, o tener

aprobadas pruebas de acceso a la Universidad para mayores de

veinticinco años.

2.1.3.2 Para las Escalas del Grupo D: Título de Graduado

Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente,

o certificado de Estudios Primarios expedido con anterioridad a

la finalización del año académico 1975-1976.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas

españolas o de la Unión Europea, ni hallarse inhabilitado para

el desempeño de las funciones públicas.

2.1.6 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1, y

aquellos otros que deban ser valorados en la fase de concurso, deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas

que, en todo caso, se ajustará al modelo oficial, será facilitada

gratuitamente en el Rectorado de la Universidad, y Vicerrectorados

de Albacete, Cuenca y Toledo. A la instancia se acompañará una

fotocopia del documento nacional de identidad. La falta de estos

requisitos determinará la exclusión del aspirante.

3.2 Para cumplimentar la solicitud se deberán observar las

siguientes instrucciones:

3.2.1 En el recuadro 2 "Especialidad...", los aspirantes harán

constar el código de la plaza por la que concurren, que figura

en la base 1.1 de la convocatoria. Su omisión supondrá la

exclusión del aspirante.

3.2.2 En el recuadro 3 "Forma de acceso", si los aspirantes

tienen la condición de funcionario interino o personal temporal

en el grupo que corresponda en la Universidad de Castilla-La

Mancha a la fecha de 2 de enero de 1999, o hubiera ostentado la

misma en los tres años inmediatamente anteriores a 31 de

diciembre de 1998, en las funciones propias del puesto que en cada

caso corresponda, o si tienen la condición de personal laboral

fijo en la Universidad de Castilla-La Mancha y se encuentran

desempeñando con carácter temporal un puesto en categoría superior

a la que ostente como personal laboral fijo, consignarán

necesariamente la letra A. El resto de los aspirantes consignarán la

letra B.

3.2.3 En el recuadro 4 "Provincia de examen", se consignará

la localidad de la especialidad por la que concurren con la siguiente

excepción:

Código CE17LAB2, especialidad Química Inorgánica, que con

independencia de la ubicación de la plaza, el examen se efectuará

en Ciudad Real.

3.2.4 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en

la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 6 de

la misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el

recuadro número 7, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.2.5 De conformidad con la Ley 66/1997, en su artículo 18,

las tasas por derechos de examen serán:

Escalas grupo C: 2.000 pesetas.

Escalas grupo D: 1.500 pesetas.

El importe que corresponda a cada Escala se hará constar en

el recuadro 23 A) de la solicitud y se ingresará en la cuenta cliente,

código 2105 2044 11 0142006853, de Caja Castilla-La Mancha,

oficina calle General Aguilera, 10, en Ciudad Real.

El ingreso podrá realizarse en metálico o mediante transferencia

bancaria.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del

pago de los derechos. La falta de este justificante determinará

la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso en cuenta o la

transferencia bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación

en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en

la base 3.3.

3.3 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,

"ejemplar a presentar por el interesado", del modelo de solicitud) se

hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad de

Castilla-La Mancha, o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte

días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirá al

Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Las solicitudes cursadas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse en el plazo expresado en el párrafo anterior, a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

organismo competente.

3.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no

procederá devolución alguna de los derechos de examen en los

supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa

imputable al interesado.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector

de la Universidad de Castilla-La Mancha dictará Resolución en

el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado", y en la que, además de declarar aprobada la lista

de admitidos y excluidos, se recogerán los lugares y fechas de

comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes

excluidos con indicación de las causas de exclusión. En esta lista

deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número

de documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la

Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

La resolución que apruebe definitivamente la lista de admitidos

pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes definitivamente

excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo, en

el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a su

publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La

Mancha, o podrán optar por interponer recurso de reposición en

el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, en

cuyo caso no cabrá interponer el recurso

contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa

o presunta del recurso de reposición.

5. Órganos de selección

5.1 Los Tribunales calificadores de las pruebas serán los que

figuran como anexo III de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector, cuando concurran en ellos

circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas

de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco

años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las causas de abstención

citadas.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad al comienzo de las pruebas selectivas,

el Rector publicará en el "Boletín Oficial del Estado" resolución

por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que

hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por

alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares

o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Dentro de cada parte del proceso selectivo, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudiera suscitar la aplicación de

estas normas, así como lo que deba hacerse en los casos no

previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estime pertinente, limitándose dichos asesores

a prestar dicha colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de

la Universidad.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que las hubieran solicitado en la forma prevista en la base 3.3,

las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,

sanitaria, o de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos

Sociales o de la Comunidad Autónoma.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban

ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca

la identidad de los aspirantes.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad

de Castilla-La Mancha, edificio de Servicios Generales, Unidad

de Recursos Humanos, avenida Camilo José Cela, sin

número, 13071 Ciudad Real. Teléfono 926 29 53 00.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos, una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría que corresponda, de las recogidas en el anexo IV

del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" del 19).

5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar o declarar

que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes

superior que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de

aprobados que contravenga lo establecido en esta base será nula

de pleno derecho.

5.13 Tanto el Tribunal titular como el suplente se componen

de cinco miembros, de los que cuatro son nombrados por la

Administración, uno de los cuales será el Presidente y otro el Secretario;

el otro miembro será designado por la Junta de Personal.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública, de 12 de marzo de 2001 ("Boletín

Oficial del Estado" del 16), por la que se publica el resultado del

sorteo celebrado. Los ejercicios de la fase de oposición se

realizarán en las localidades de la especialidad por la que concurren

con la siguiente excepción:

Código CE17LAB2, especialidad Química Inorgánica, que con

independencia de la ubicación de la plaza, el ejercicio se efectuará

en Ciudad Real.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal para que acrediten su identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de

los ejercicios, en único llamamiento, siendo excluidos de las

pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza

mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rector de la Universidad, comunicándole asimismo las

inexactitudes o falsedades en que haya incurrido el aspirante en la

solicitud de admisión, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de

alzada ante el Rector.

6.5 El plazo máximo de finalización del presente proceso será

de seis meses, a partir de la publicación de la lista de admitidos

y excluidos.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, los Tribunales harán

públicas en el Rectorado de la Universidad y Vicerrectorados de

los Campus de Albacete, Cuenca y Toledo, las relaciones de

aspirantes que hayan superado los procesos selectivos, por orden de

puntuación y con indicación de sus números de documento

nacional de identidad.

Los Presidentes enviarán copia certificada de las listas de

aprobados al Rector de la Universidad.

8. Presentación de documentos y nombramiento

de funcionarios de carrera

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en el que se hubieran hecho públicas las

listas de aprobados, los opositores aprobados deberán presentar

en la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad de Castilla-La

Mancha los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del mismo.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna

Administración pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea

incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

8.3 El Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha

procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante

resolución que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con

indicación del destino adjudicado.

8.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados deberá

efectuarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

a la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado".

8.5 Las relaciones de empleo de quienes desempeñan con

carácter temporal plazas que con motivo de la presente

convocatoria se convierten en fijas en el marco del proceso de

consolidación, finalizarán con ocasión de las tomas de posesión de

los nuevos funcionarios de carrera, cesando en las plazas que

venían desempeñando.

9. Consulta de la página web

La presente convocatoria y los actos que de ella se deriven

que requieran publicación, podrán ser consultados en la web de

la Universidad de Castilla-La Mancha, http://www.uclm.es

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos

se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Ciudad Real, 2 de julio de 2001.-El Rector, Luis Arroyo

Zapatero.

ANEXO I

1. Sistema de selección

1.1 El sistema de selección de los aspirantes será el de

concurso-oposición.

1.2 El proceso selectivo constará de dos fases. Una fase de

oposición y otra fase de concurso. La fase de concurso sólo se

valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

1.2.1 Fase de oposición:

Grupo C: Ejercicio teórico selectivo, para acceso al ejercicio

práctico:

Cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, basado

en el contenido del programa. El ejercicio tendrá carácter

eliminatorio y será calificado de "apto" o "no apto".

Ejercicio práctico: Consistirá en resolver un supuesto práctico

de entre tres propuestos por el Tribunal, basado en el contenido

del programa, utilizando la herramienta adecuada al puesto de

trabajo. El ejercicio se calificará entre cero y 10 puntos. El ejercicio

será eliminatorio y la puntuación mínima necesaria para superarlo

será de cinco puntos.

Grupo D:

Ejercicio teórico selectivo para acceso al ejercicio práctico:

Cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, basado en

el contenido del programa. El ejercicio será eliminatorio, y será

calificado de "apto" o "no apto".

Ejercicio práctico: Resolver un supuesto práctico propuesto por

el Tribunal, utilizando la herramienta adecuada a su puesto de

trabajo. El ejercicio será eliminatorio, y la calificación entre cero

y 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos

para superarlo.

Si los aspirantes tienen la condición de funcionario interino

o personal temporal en el grupo que corresponda en la Universidad

de Castilla-La Mancha a la fecha de 2 de enero de 1999 o hubiera

ostentado la misma en los tres años inmediatamente anteriores

a 31 de diciembre de 1998, en las funciones propias del puesto

que en cada caso corresponda, o si tienen la condición de personal

laboral fijo en la Universidad de Castilla-La Mancha y se encuentran

desempeñando con carácter temporal un puesto en categoría

superior a la que ostente como personal laboral fijo, quedarán exentos

de realizar el ejercicio teórico selectivo para acceso al ejercicio

práctico, en la Escala correspondiente.

Finalizada la fase de oposición los Tribunales harán público

en el Rectorado de la Universidad y Vicerrectorados de los Campus

de Albacete, Cuenca y Toledo las relaciones de aspirantes

aprobados con indicación de la puntuación final obtenida en esta fase.

Los aspirantes que la hayan superado dispondrán de un plazo

de diez días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación

de la relación de aprobados, para aportar la documentación

acreditativa de los méritos que deseen alegar en el apartado B) de

la fase de concurso. Dicha documentación será remitida a la

Unidad de Gestión de Recursos Humanos.

A aquellos a los que se refiere la letra A) del punto 1.2.2 del

presente anexo (fase de concurso), la Unidad de Recursos

Humanos de la Universidad de Castilla la Mancha, unirá a su

documentación certificación que hará mención expresa, entre otros

extremos, de lo siguiente:

La condición de funcionario interino o personal temporal en

el grupo correspondiente, a la fecha de 2 de enero de 1999 o

hubiera ostentado la misma en los tres años inmediatamente

anteriores a 31 de diciembre de 1998 en la Universidad de Castilla-La

Mancha, o la condición de personal laboral fijo desempeñando

un puesto de categoría superior a la que ostenta en dicha

condición, con indicación del grupo a que pertenece como personal

laboral fijo y el puesto que realmente desempeña.

Antigüedad como funcionario interino, personal temporal o

personal laboral fijo, en el grupo correspondiente, a la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes

1.2.2 Fase de concurso: No tendrá carácter eliminatorio y

es igual para todos los grupos.

A) Experiencia profesional: Por cada mes de servicios

efectivos prestados en la UCLM con vinculo de carácter temporal o

interino, se valorará con 0,4 puntos.

La valoración únicamente se realizará si el aspirante tiene la

condición de funcionario interino o personal temporal en el grupo

que corresponda en la UCLM a la fecha de 2 de enero de 1999

o hubiera ostentado la misma en los tres años inmediatamente

anteriores a 31 de diciembre de 1998, o si el aspirante tiene

la condición de personal laboral fijo y se encuentra desempeñando

un puesto de categoría superior a la que ostenta como personal

laboral fijo, en las funciones propias del puesto que en cada caso

corresponda.

Esta puntuación se verá reducida proporcionalmente en el caso

de que la prestación de servicios haya sido realizada a tiempo

parcial, teniendo en cuenta las horas de trabajo mensuales

establecidas en contrato, en relación con la jornada de 35 horas de

la UCLM.

B) Formación: Por cursos de formación relacionados con la

plaza, 0,25 puntos por curso realizado en los últimos cinco años.

Se valorarán los cursos homologados por la UCLM o por otras

Administraciones públicas, siempre que estén relacionados con

las funciones de la plaza.

La Unidad de Recursos Humanos remitirá a los Presidentes

de los Tribunales, las documentaciones recibidas y las

certificaciones correspondientes.

1.3 La lista provisional que contenga la valoración de los

méritos de la fase de concurso se hará pública en el Rectorado

de la Universidad y los Vicerrectorados de los Campus de Albacete,

Cuenca y Toledo. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de esta relación provisional, para efectuar las alegaciones que

estimen oportunas respecto a la puntuación otorgada en los

méritos de la fase de concurso.

1.4 La calificación final del proceso vendrá dada por la suma

de las puntuaciones obtenidas en la primera y segunda fases del

proceso selectivo.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar los ejercicios.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición. Si persistiese el empate a puntos éste se dirimirá por la

puntuación obtenida en la fase de concurso por el orden que el

mismo establece, es decir, en primer lugar la mayor puntuación

obtenida por experiencia profesional y, en segundo lugar, la mayor

puntuación obtenida por formación. En caso de persistir el empate,

según los criterios anteriores, para dirimir éste, se acudirá al orden

de actuación que establece la Resolución de la Secretaria de Estado

para la Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín

Oficial del Estado" del 16), que es la letra Ñ.

ANEXO II

Programas

1. Escala de Laboratorio. Técnico auxiliar, grupo C

1.1 Programa general común a todas las especialidades:

1. La participación de España en organizaciones

internacionales. Especial consideración a las Naciones Unidas. La

integración de España a las Comunidades Europeas.

2. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.

3. La organización territorial del Estado. Las Comunidades

Autónomas y la Administración Local.

4. Organización administrativa española: Ministros,

Secretarios de Estado y Subsecretarios. Los Directores generales. La

Administración periférica del Estado. Los organismos autónomos.

5. El procedimiento administrativo. Concepto e importancia.

La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

de Procedimiento Administrativo Común. Contenido y ámbito de

aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción

y terminación del procedimiento administrativo.

6. Los procedimientos administrativos en vía de recursos

administrativos. Clases y regulación actual.

7. El personal funcionario de las administraciones públicas.

Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional

de los funcionarios. Adquisición y pérdida de la condición de

funcionario. Situaciones de los funcionarios. Supuestos y efectos de

cada uno de ellos.

8. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistemas de

retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades. Régimen

disciplinario: Faltas, sanciones y procedimiento.

9. El personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. El contrato laboral: Contenido, duración y suspensión.

10. El Presupuesto del Estado. Características y estructura.

Ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios. Gastos

plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos. Créditos

extraordinarios y suplementos de créditos. Anticipos de Tesorería.

Ingresos que generan Créditos.

11. Ordenación del gasto y ordenación del pago. Órganos

competentes. Fase del procedimiento y documentos contables que

intervienen. El Tribunal de Cuentas.

12. Retribuciones de los funcionarios públicos: Sueldos,

trienios, pagas extraordinarias, complementos, indemnizaciones por

residencia y otras remuneraciones. Devengo y liquidación de

derechos económicos.

13. La administración universitaria. Competencias del Estado

y de las Comunidades Autónomas. El Consejo de Universidades.

14. Las universidades: Su naturaleza jurídica. El estatuto de la

Universidad de Castilla-La Mancha: Estructura y contenido.

Organos de gobierno de la Universidad.

15. Regimen económico-financiero de la Universidad.

Presupuesto universitario.

16. Clases y regimen jurídico de profesorado universitario.

17. Clases y régimen jurídico del personal de administración

y servicios.

18. Regimen del alumnado. Derechos y deberes de los

alumnos de la Universidad de Castilla-La mancha. Acceso y

permanencia. Convalidaciones. Traslado de expedientes. Títulos. Becas.

19. Atención a los usuarios de los servicios en la

Administración pública. Técnicas de comunicación oral y escrita. Los

Archivos y Registros Públicos. Gestión de calidad en la Administración

Pública: Concepto y herramientas.

1.2 Programa específico por especialidad y localidad:

Especialidad Campus (Cuenca):

1. Historia y evolución del grabado.

2. Técnicas de impresión en relieve:

2.1 Preparación y elaboración de matrices.

2.2 Métodos y tipos de impresión.

2.3 Estampación en relieve.

3. Técnicas de impresión en hueco:

3.1 Sistemas calcográficos de incisión:

3.1.1 Procedimientos directos.

3.1.2 Procedimientos indirectos.

3.2 Materiales alternativos.

3.3 Estampación calcográfica.

4. Estampación planigrafica:

4.1 Superficies.

4.2 Procedimiento.

4.3 Impresión.

5. Estampación permeográfica:

5.1 Dotación básica del taller.

5.2 Procesos de impresión.

5.3 El clisado.

5.4 Variación de técnicas.

6. Fotograbado.

7. Conocimientos fotográficos.

8. Procesos alternativos con o sin moridiente.

9. Grabado matérico. Procesos aditivos.

10. Procesos de entintado. Correcciones y alteraciones.

11. El papel y su manipulación.

12. Procedimientos de transferencia en los métodos de

impresión.

13. Mordientes y mordidas.

14. Estampacion de color y procedimientos mixtos.

15. Identificación de técnicas de grabado e impresión.

16. Presentación, conservación y restauración de grabados.

17. Matrices y soportes experimentales en el arte gráfico

actual.

18. Nuevas técnicas de reproducción y estampación.

19. La edición.

20. Taller de impresión.

21. Medidas de seguridad e higiene con agentes corrosivos.

Especialidad: Producción Vegetal (Albacete):

1. Influencia de los factores climáticos en la producción

vegetal.

2. Influencia de los factores edáficos en la producción vegetal.

3. Origen, formación y evolución de los suelos agrícolas.

4. Las simientes: apreciación del valor agrícola y forestal de

las semillas.

5. La germinación en la práctica agrícola y forestal.

6. Crecimiento y desarrollo de las plantas agrícolas y

forestales.

7. Variación de las características agronómicas de las plantas.

8. El sistema radicular de las plantas cultivadas.

9. Macronutrientes vegetales.

10. Micronutrientes vegetales.

11. Interacciones clima-suelo-planta en la consecución de los

rendimientos.

12. El laboreo de la tierra.

13. Las enmiendas. Generalidades y usos.

14. La fertilización nitrogenada.

15. La fertilización fosfopotásica.

16. Abonos simples, compuestos, complejos y mezclas de

abonos.

17. Elección y preparación de las simientes.

18. Técnicas de siembra.

19. Labores de cultivo.

20. Lucha contra las malas hierbas.

21. Métodos de riego.

22. El drenaje agrícola.

23. El cultivo agrícola en invernaderos.

24. Mantenimiento de colecciones vegetales "in situ" y "ex

situ".

25. Bancos de germoplasma.

Especialidad: Campus (Albacete):

1. Informática básica: Concepto de ordenador, equipo

informático y sistema informático. Periféricos de un ordenador.

2. Estructura y arquitectura de un ordenador.

3. Instalación y mantenimiento de ordenadores personales y

estaciones de trabajo.

4. Sistemas y dispositivos multimedia.

5. Sistemas y dispositivos de almacenamiento de la

información.

6. Recuperación de la información y desastres. Plan de

contingencia.

7. Sistemas y equipos de impresión y reprografía.

8. Instalación, configuración y administración de sistemas

operativos (1): MS-Dos.

9. Instalación, configuración y administración de sistemas

operativos (II): Windows 95/98/Me.

10. Instalación, configuración y administración de sistemas

operativos (III): Windows NT/2000.

11. Instalación, configuración y administración de sistemas

operativos (IV): Linux y Solaris.

12. Instalación, configuración y administración de sistemas

operativos (V): Novell Netware.

13. Redes (I). Arquitectura de redes: Arquitectura OSI y

DOD-TCP/IP.

14. Redes (II). Redes de área local. Topología y

normalización. Protocolos de comunicación a través de modems.

Configuración y control de modems.

15. Redes (III). La red Internet: Evolución, estado actual y

tendencias. Servicios de Internet: TELNET, FTP, E-MAIL, HTTP.

16. Redes (IV). Seguridad en redes: Control de acceso y

técnicas criptográficas.

17. Ingeniería del "software": Conceptos básicos y

paradigmas. Análisis y diseño de aplicaciones: Técnicas orientadas al

flujo de los datos, a la estructura de los datos y a objetos.

18. Auditoría informática.

19. Bases de datos: Lenguaje de manipulación de datos.

Elementos básicos de SQL. Diseño de bases de datos. Conceptos

de SGBD. Acceso remoto a bases de datos.

20. Programación: Concepto de lenguaje de programación

y paradigmas de programación. Traductores.

21. Técnicas básicas de programación. El lenguaje de

programación C.

22. Programación orientada a objetos. El lenguaje de

programación JAVA.

23. Programación de páginas web: HTML, XML, ASP,

JAVASCRIPT.

24. Ofimatica (I): Tratamiento de texto: Concepto y utilidades.

Creación y gestión de documentos con Microsoft Word 97/2000

y Corel Wordperfect 9.

25. Ofimática (II): Hojas de cálculo: Concepto y utilidades.

Creación y gestión de hojas de cálculo con Microsoft

Excel 97/2000.

Especialidad: Informática (Albacete

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