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Documento BOE-A-2001-14055

Orden de 3 de julio de 2001 por la que se resuelve la de 19 de marzo de 2001, por la que se convocó concurso específico referencia 1E/2001M, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento para funcionarios de los grupos A, B, C y D.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2001, páginas 26325 a 26328 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2001-14055

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 19 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial del Estado"

del 4 de abril), se convocó concurso específico referencia 1E/2001M,

para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento,

y de acuerdo con lo previsto en la base undécima de dicha

convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General

del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

en lo que se refiere al plazo de resolución del presente concurso,

y habiéndose cumplido cuantos requisitos y procedimientos se

establecen en las normas reglamentarias y bases de la convocatoria

mencionada, que recogen lo prevenido en el mencionado

Reglamento General, sobre plazo de presentación de instancias, examen

de las mismas, valoración de méritos alegados según baremo

establecido y previa propuesta elaborada por la correspondiente

Comisión de Valoración prevista en las presentes bases,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de

la Comisión de Valoración de méritos, adjudicando los puestos

de trabajo que se relacionan en el anexo a los funcionarios que,

asimismo, se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se indican en

el citado anexo.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles

si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Cuarto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio

activo, el plazo de un mes para tomar posesión deberá computarse

desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el

"Boletín Oficial del Estado". No obstante, aquellos funcionarios

que hayan obtenido destino desde la situación de servicios

especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho,

mientras duren las citadas situaciones, a la reserva del nuevo

destino, sin que para ello sea preciso formalizar la toma de posesión

del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al servicio

activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que

convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades

Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del puesto que se les adjudique en la presente Orden,

salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del citado

Reglamento General.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición ante

el titular del departamento en el plazo de un mes o interponer

recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente

Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses contados, ambos plazos, desde el día siguiente al de su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo

interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente

o se haya producido su desestimación presunta, conforme a lo

dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, según redacción dada a los mismos por la Ley

4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos 9 y 46 de

la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 3 de julio de 2001.-El Ministro, P. D. (Orden de 6

de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14), la

Subsecretaria, María Jesús Fraile Fabra.

Dirección General de Programación y Control Económico y

Presupuestario. Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO (ver imágenes páginas 26326 a 26328).

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