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Documento BOE-A-2001-14081

Orden de 5 de julio de 2001 por la que se prorroga la permanencia de Asesores Técnicos en el exterior, en régimen de adscripción temporal.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2001, páginas 26342 a 26342 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-14081

TEXTO ORIGINAL

La base undécima de la Orden de 29 de diciembre de 1999

("Boletín Oficial del Estado" de 28 de enero 2000), de convocatoria

para la provisión de vacantes de funcionarios docentes en el

exterior, preveía que al término del primer año los Asesores Técnicos

que fueran seleccionados para prestar servicios en régimen de

comisión de servicio les sería prorrogada su permanencia en el

exterior de acuerdo con lo requisitos y condiciones de las citadas

convocatorias.

Vista la propuesta formulada por la Secretaría Técnica.

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Prorrogar la permanencia de los Asesores Técnicos

relacionados en el anexo, en los países y períodos que se citan

en régimen de adscripción temporal, para que puedan seguir

desempeñando sus funciones en el exterior.

Segundo.-Los derechos y obligaciones de estos Profesores se

regirán por las bases de la convocatoria por la que fueron

seleccionados y, en todo caso, por la normativa específica que les pueda

afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.

Tercero.-Contra la presente Orden, que es definitiva en vía

administrativa, los interesados podrán interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9..a)

de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 13 de julio, del Poder Judicial, en la redacción

dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de

dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación,

de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada

Ley 29/1998. Asimismo podrá ser recurrida, potestativamente,

en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano

que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 5 de julio de 2001.-P. D. (Orden de 1 de febrero

de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), la Directora general

de Programación Económica, Personal y Servicios, Engracia

Hidalgo Tena.

Ilma. Sra. Directora de Programación Económica, Personal y

Servicios e Ilmo. Sr. Secretario general Técnico.

ANEXO (ver imagen página 26342)

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