De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2B del Real
Decreto 281/2001, de 19 de marzo, sobre competencias, funciones,
composición y organización del Consejo de Cooperación al
Desarrollo, vengo en cesar, a petición propia, a los siguientes
miembros del citado Consejo:
Vocales, en representación de las organizaciones no
gubernamentales de desarrollo:
Doña Margarita Usano Martínez.
Don José Luis Gómez Toré.
Vocales expertos en las materias del Consejo de Cooperación
al Desarrollo:
Don Josep Ribera Pinyol.
Don Rafael Grasa Hernández.
Madrid, 9 de julio de 2001.
PIQUÉ I CAMPS
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