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Documento BOE-A-2001-1422

Resolución de 29 de diciembre de 2000, de la Dirección General de Universidades, por la que se prorroga una beca del Programa "Estancias de científicos y tecnólogos extranjeros en España".

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2001, páginas 2249 a 2249 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-1422

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 19 de diciembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1998), de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, se convocaron ayudas para estancias de investigadores, científicos y tecnólogos extranjeros en España.

De conformidad con lo establecido en la citada Resolución, la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, por Resolución de 5 de abril de 2000, prorrogó durante el año 2000 la beca concedida al Doctor Xingian Shu al amparo de la convocatoria de 19 de diciembre de 1997.

Una vez evaluada la solicitud presentada por el Dr. Shu para renovar su beca en España, y a propuesta de la Comisión de Selección, he resuelto:

Primero.

Prorrogar la beca concedida a don Xingian Shu desde el 1 de enero de 2001 y por un período de cinco meses, hasta completar un período total de dieciocho meses de estancia.

Segundo.

El beneficiario de esta prórroga queda obligado al cumplimiento de la normativa fijada en la Resolución de 21 de septiembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de octubre) de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades.

Tercero.

La dotación económica mensual a partir del 1 de enero de 2001 es de 290.000 pesetas brutas mensuales.

Cuarto.

La financiación de esta ayuda se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.781 del Programa 541A, y, en su caso, con los procedentes del Fondo Social Europeo.

Contra la presente Resolución cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y al artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Lo que pongo en conocimiento de V.I. a los efectos oportunos.

Madrid, 29 de diciembre de 2000.–El Director general, Ismael Crespo Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y movilidad de Profesorado Universitario.

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