La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid, con
fecha 21 de julio de 1995, ha dictado sentencia en la causa P.A.
R.o 33/91, procedente del Juzgado de Instrucción número 2 de
Madrid, contra doña María del Pilar Díaz Aguilar, funcionaria del
Cuerpo General Auxiliar, especialidad Administración Tributaria,
con destino en el Departamento de Aduanas e Impuestos
Especiales. Dicha sentencia, en su parte dispositiva, condena a la
acusada, María Pilar Díaz Aguilar, entre otras, a la pena de
inhabilitación absoluta.
Interpuesto recurso de casación, número 2857/1995, la Sala
de lo Penal del Tribunal Supremo dictó sentencia el 15 de febrero
de 1997, en la que falla que no ha lugar el recurso de casación.
La Audiencia Provincial de Madrid, dictó auto de fecha 13 de
junio de 1997, en la que se acordó revisar la sentencia de 21
de julio de 1995, imponiendo a la condenada, doña María Pilar
Díaz Aguilar, por aplicación de lo previsto en el Código Penal
de 1995, la pena de ocho años y un día de inhabilitación absoluta.
Posteriormente, por Real Decreto 3002/2000, de 1 de
diciembre, se ha indultado a doña María del Pilar Díaz Aguilar a la
mitad de la pena privativa de libertad e inhabilitación impuestas.
De conformidad con lo expuesto, en uso de la atribuciones
que le están conferidas por el apartado 2.10 de la Resolución
de 29 de junio de 1999, de la Dirección General de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria sobre delegación de
competencias, por Resolución del Director adjunto de Recursos Humanos
de 29 de mayo de 2001, se ha acordado declarar la pérdida de
la condición de funcionaria de doña María del Pilar Díaz Aguilar,
de acuerdo con el artículo 37.2 de la Ley de Funcionarios Civiles
del Estado de 7 de febrero de 1964.
Lo que se hace público a los efectos procedentes.
Madrid, 4 de julio de 2001.-El Director del Departamento,
Roberto Serrano López.
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