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Documento BOE-A-2001-14972

Resolución de 3 de mayo de 2001, de la Dirección General de Industria y Energía de la Consejería de Industria y Comercio, por la que se autoriza a la empresa "Marsan Ingenieros, Sociedad Limitada", su actuación como organismo de control.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2001, páginas 28292 a 28292 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2001-14972

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por don José Luis Martínez Martínez, en nombre y representación de «Marsan Ingenieros, Sociedad Limitada», con domicilio social en calle Poeta Artola, 12-2.ª, 46021 Valencia, para la autorización de actuación como organismo de control en los campos reglamentarios de instalaciones eléctricas, elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manutención e instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos,

Vista la Ley de Industria 21/1992 de 16 de julio («Boletín Oficial de Estado» de 23 de julio de 1992).

Visto el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996).

Vista la Acreditación número 45/EI079 de fecha 20 de abril de 2001, otorgada por la Entidad Nacional de Acreditación a la empresa «Marsan Ingenieros, Sociedad Limitada», según los criterios recogidos en la norma UNEEN 45004:1995, para las actividades de inspección definidas en su Anexo Técnico Rev. 1,

Resultando que la empresa ha presentado la documentación exigida en el Real Decreto 2200/1995,

Considerando que, en la documentación presentada, se acredita que la empresa cumple con las exigencias generales establecidas en el Real Decreto 2200/1995 para su actuación en los ámbitos reglamentarios para los que se solicita autorización de actuación como organismo de control,

Esta Dirección General, ha resuelto:

Primero.

Autorizar a la empresa «Marsan Ingenieros, Sociedad Limitada», la actuación como organismo de control en los ámbitos reglamentarios de instalaciones eléctricas, elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manutención e instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos, limitando la presente autorización a las actuaciones reglamentarias definidas en el alcance normativo especificado en el documento de Acreditación número 45/EI079 de fecha 20 de abril de 2001 y su Anexo Técnico Rev. 1, emitida por la Entidad Nacional de Acreditación.

Segundo.

La presente autorización de actuación como organismo de control, mantendrá su vigencia, mientras esté en vigor la Acreditación número 45/EI079 de fecha 20 de abril de 2001 y su Anexo Técnico Rev. 1, emitida por la Entidad Nacional de Acreditación, pudiendo además ser suspendida o revocada en los casos contemplados en la legislación vigente.

Tercero.

«Marsan Ingenieros, Sociedad Limitada», queda autorizada para actuar en los ámbitos reglamentarios y con las limitaciones expresadas en los puntos primero y segundo en todo el territorio nacional, debiendo en cualquier caso, para actuar en cualquier otra Comunidad Autónoma ajustar sus actuaciones a lo especificado en la Ley de Industria 21/1992, de 16 de julio, y el Real Decreto 2200/1995, de 23 de diciembre. Adicionalmente y para la actuación en los campos reglamentarios autorizados dentro del ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, esta autorización queda supeditada al cumplimiento de los requisitos complementarios o de desarrollo que puedan ser establecidos por la Consellería de Industria y Comercio de esta Comunidad Autónoma.

Cuarto.

Cualquier variación de las condiciones o requisitos acreditados, que sirvieron de base para la presente autorización, deberán comunicarse al día siguiente de producirse a esta Dirección General de Industria y Energía.

La presente Resolución de autorización no es definitiva en vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante el Conseller de Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 3 de mayo de 2001.–El Director general, José Monzonís Salvia.

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