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Documento BOE-A-2001-15169

Resolución de 30 de junio de 2001, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se renuevan becas de la convocatoria de becas unilaterales para ciudadanos españoles para el curso académico 2001-2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 3 de agosto de 2001, páginas 28755 a 28755 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2001-15169

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancias de la Agencia Española de Cooperación Internacional, el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 30 de diciembre) por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas y en atención a lo establecido en el apartado 2.1.d) de la Resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero 2001), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario General de la AECI y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias, y en desarrollo de la Resolución de 27 de febrero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de marzo) por la que se aprueba la convocatoria de becas de unilaterales para ciudadanos españoles para el curso académico 2001-2002,

Esta Agencia ha resuelto:

Primero.

Conceder la renovación de la beca a los becarios propuestos por la Comisión Evaluadora en su reunión del día 6 de junio, referidos a continuación por el período que se detalla en cada caso para hacerla coincidir con la duración de los estudios que venían realizando:

1. Casado Izquierdo, José María. 1 de agosto de 2001-31 de julio de 2002.

2. Jiménez Benítez, Mercedes. 1 de septiembre de 2001-31 de agosto de 2002.

3. Maduell Soler, Pau. 1 de enero de 2002-31 de diciembre de 2002.

4. Vázquez de Agredos Pascual, María Luisa. 1 de julio de 200128 de febrero de 2002.

La dotación de estas becas será de 140.000 pesetas mensuales, a deducir la retención de IRPF según la legislación vigente, una ayuda de viaje de regreso de 100.000 pesetas y un seguro médico no farmacéutico.

Segundo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas renovadas en la presente Resolución, en los términos previstos en la citada Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 5 de febrero de 2001.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer potestativamente Recurso de Reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1959. Todo ello, sin perjuicio de que se utilice otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 30 de junio de 2001.El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

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