En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la
Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre
de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Barcelona
don José Galván Ascanio, del cual resulta que ha cumplido la
edad en que legalmente procede su jubilación,
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por
el artículo 4 del Real Decreto 1474/2000, de 4 de agosto, ha
tenido a bien acordar la jubilación forzosa del mencionado Notario
por haber cumplido la edad legalmente establecida y remitir a
la Mutualidad de Patronato de la Mutualidad Notarial un certificado
de servicios al objeto de que por dicha Junta se fije la pensión
y demás beneficios mutualistas que sean procedentes.
Lo que le comunico para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 3 de enero de 2001.-La Directora general, Ana
López-Monis Gallego.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Cataluña.
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