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Documento BOE-A-2001-15786

Orden de 30 de julio de 2001 por la que, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, se nombra funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros a doña Amadora Inmaculada Recio Llamas.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 10 de agosto de 2001, páginas 30132 a 30132 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-15786

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta

de Andalucía, de 16 de mayo de 2001, se dispone el cumplimiento,

en sus propios términos, de la sentencia dictada por la Sala Tercera

de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera del Tribunal

Supremo, en el recurso de casación número 3/68/39/00,

interpuesto por doña Amadora Inmaculada Recio Llamas, contra la

sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso

número 732/1993.

En cumplimiento de la misma, la Dirección General de Gestión

de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Ciencia de

la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 25 de julio

de 2001, incluye a doña Amadora Inmaculada Recio Llamas entre

los aspirantes que han superado los procedimientos selectivos

convocados por Orden de 7 de abril de 1993 ("Boletín Oficial de

la Junta de Andalucía" del 16), para ingreso en el Cuerpo de

Maestros, en la especialidad de Educación Física.

En su virtud, vista la propuesta de la Consejería de Educación

y Ciencia de la Junta de Andalucía,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Nombrar funcionaria de carrera del Cuerpo de

Maestros, en la especialidad de Educación Física, a doña Amadora

Inmaculada Recio Llamas, con número de registro de

personal 3051894968 A0597, documento nacional de

identidad 30.518.949, y con una puntuación total de 11,1083.

Segundo.-La señora Recio Llamas se considerará ingresada

en el Cuerpo de Maestros con efectos de 1 de septiembre de 1994.

Tercero.-Contra esta Orden, que es definitiva en la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la

Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses,

a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada

Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida

potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano

que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116

y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Madrid, 30 de julio de 2001.-La Ministra, P. D. (Orden de 1

de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), la Directora

general de Programación Económica, Personal y Servicios,

Engracia Hidalgo Tena.

Ilma. Sra. Directora general de Programación Económica, Personal

y Servicios.

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