El Pleno del Consell d’Eivissa y Formentera, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 2001, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
8.–Expediente 73/00. De declaración como Bien de Interés Cultural de la torre de Can Sergent (Sant Josep de sa Talaia).
Declarar Bien de Interés Cultural con la categoría de monumento la torre de Can Sergent, también llamada torre de Can Rampuixet (Sant Josep de sa Talaia).
La delimitación del entorno de protección será la zona comprendida por un radio de 100 metros desde el centro de la torre.
Trasladar el acuerdo a las personas interesadas, al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y al Gobierno de las Islas Baleares.
Publicar este acuerdo en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares» y en el «Boletín Oficial del Estado».
Ordenar su inscripción en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural.
Visto el informe favorable de la Comisión Informativa de Cultura y Medio Ambiente y los informes obrantes en el expediente, se somete a propuesta la votación y se acuerda su aprobación por mayoría.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Eivissa, 24 de julio de 2001.–La Presidenta del Consell d’Eivissa i Formentera, Pilar Costa Serra.
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