El Ayuntamiento de San Agustín de Guadalix solicitó a la Comunidad de Madrid, mediante escrito de fecha 14 de enero de 1997, el cambio de denominación del municipio por el de San Agustín del Guadalix; remitiendo copia del expediente tramitado, del que puede destacarse lo siguiente:
El cambio de nombre fue aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 29 de octubre de 1996.
En el expediente no consta el cumplimiento del trámite de información pública, por ello fue solicitado el 22 de febrero de 1999 y 27 de noviembre de 2000; se recibió contestación el 3 de enero de 2001, mediante certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento, en el que hacía constar que el Acuerdo fue publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 75/1999, de 30 de marzo, y expuesto al público durante treinta días.
El cambio de denominación del municipio se motiva, según figura en el expediente, en que al aparecer la preposición «de» se origina una confusión, al interpretar que hay alguna relación con otro término municipal de la Comunidad de Madrid, en vez del verdadero sentido del nombre que a lo que se refiere es al río Guadalix, que atraviesa su término municipal.
El Ministerio de Administraciones Públicas, mediante escrito fechado el 3 de febrero de 1997, informa que el cambio de denominación no coincide ni produce confusión con otras denominaciones ya existentes.
La Real Academia de la Historia no ha contestado a la solicitud de informe, por ello, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se prosiguen las actuaciones.
Consta en el expediente informe favorable de la Dirección General de Administración Local de fecha 18 de abril de 2001.
Finalmente puede concluirse que se considera suficientemente motivado el cambio de denominación del municipio y que en el expediente se han cumplido las exigencias derivadas de las disposiciones legales de aplicación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia, Función Pública y Administración Local, de acuerdo con el artículo 41.l) de la Ley 1/1993, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y con los artículos 4 y 5 del Decreto 96/2000, de 26 de mayo, en relación con los artículos 9 y 10 del Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de fecha 10 de mayo de 2001,
ACUERDA
Aprobar el cambio de nombre del municipio de San Agustín de Guadalix, que pasará a denominarse San Agustín del Guadalix.
Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de San Agustín de Guadalix para que proceda a dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 3 del artículo 26 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
El cambio de denominación tendrá carácter oficial cuando, tras haber sido inscrito o anotado en el Registro de Entidades Locales de la Administración del Estado, sea publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
El presente Acuerdo deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y, después de completarse el expediente de acuerdo al apartado segundo del presente Acuerdo, también se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 1 de agosto de 2001.–El Secretario general técnico, Alejandro Sanz Peinado.
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