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Documento BOE-A-2001-18067

Resolución de 13 de agosto de 2001, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por "Ferroli Riscaldamento S.p.A.": Radiador para toallas, con contraseña CYR-8023.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 25 de septiembre de 2001, páginas 35670 a 35671 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-18067

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por Termoclub, con domicilio social en avenida Sant Julià, 206-220, del polígono Congost, naves 24-25, municipio de Granollers, provincia de Barcelona, para la certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios del siguiente producto fabricado por «Ferroli Riscaldamento S.p.A.», con sede social en Vía Ritonda, 78/A, 37047 San Bonifacio (Verona) Italia, en su instalación industrial ubicada en Alano Di Piave (Belluno) correspondiente a la contraseña de certificación CYR-8023: Radiador para toallas.

Resultando que el interesado ha presentado certificado que acredita que las características técnicas de los radiadores de chapa de acero se adaptan a las normas NF EN 442-1 y NF EN 442-2 según decisión número 49T-40, de fecha 31 de octubre de 1997, así como la decisión de uso de la marca NF, renovada en fecha 12 de enero de 2001, según decisión de la «Association Francaise de Normalisation» (AFNOR).

De acuerdo con lo que establece el Real Decreto 3089/1982, de 15 de octubre, sobre normas técnicas de los tipos de radiadores y convectores de calefacción por medio de fluidos, desarrollado por la Orden de 10 de febrero de 1983, la Orden de 21 de junio de 2000 por la que se modifica el anexo de la Orden de 10 de febrero de 1983, de normas técnicas de los tipos de radiadores y convectores de calefacción por medio de fluidos y su homologación, el Real Decreto 105, de 12 de febrero, por el cual se complementan, modifican y actualizan determinados preceptos del Reglamento General de las actuaciones del Ministerio de Industria en el campo de la normalización, el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 6 de febrero de 1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 26 de abril), y la Orden del Departamento de Industria y Energía, de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Certificar el radiador para toallas, marca «FER», modelo Teba, con la contraseña de certificación CYR-8023, con fecha de caducidad el 13 de agosto de 2003, disponer esta misma fecha como límite para que el titular

de esta resolución presente declaración en la que haga constar que, en la fabricación de dichos productos, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.

Definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo certificado las que se indican a continuación:

Carasterísticas comunes a todas las marcas y modelos:

Característica primera. Descripción: Material.

Característica segunda. Descripción: Presión de servicio. Unidades: Bar.

Característica tercera. Descripción: Exponente.

Característica cuarta. Descripción: Potencia. Unidades: Wats/50 mm.

Valor de las características para cada marca y modelo:

Marca y modelo: Teba.

Características:

Primera: Tubos de acero
Segunda:  8,00

Tipo:

750×450 750×500 750×550 750×600 750×650 750×700 750×900
Tercera: 1,216 1,206 1,196 1,192 1,186 1,181 1,166
Cuarta: 334,9 363,2 391,4 418,4 446,5 473,8 583,5
Tipo: 1200×450 1200×500 1200×550 1200×600 1200×650 1200×700 1200×900
Tercera: 1,175 1,176 1,180 1,183 1,184 1,186 1,191
Cuarta: 552,4 598,4 644,9 690,7 763,7 783,3 967,6
Tipo: 1500×450 1500×500 1500×550 1500×600 1500×650 1500×700 1500×900
Tercera: 1,165 1,170 1,175 1,180 1,184 1,187 1,197
Cuarta: 661,0 715,9 771,5 826,9 882,5 938,1 1159,7
Tipo: 1800×450 1800×500 1800×550 1800×600 1800×650 1800×700 1800×900
Tercera: 1,156 1,164 1,172 1,178 1,183 1,188 1,203
Cuarta: 796,0 863,0 929,8 996,7 1064,5 1131,4 1398,9

Esta certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se efectúa en relación con las disposiciones que se citan y, por tanto, el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable. La vigencia de esta certificación será la indicada en el encabezamiento, salvo que se publique cualquier disposición que derogue o modifique la normativa legal aplicable en la fecha de la certificación.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 13 de agosto de 2001.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

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