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Documento BOE-A-2001-18168

Resolución de 25 de julio de 2001, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscribe a "Gestores de Formación Técnica, Sociedad Limitada", en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 2001, páginas 35968 a 35969 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-18168

TEXTO ORIGINAL

«Gestores de Formación Técnica, Sociedad Limitada», ha solicitado, a través de esta Dirección General, ser inscrita en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, de conformidad con lo establecido en el capítulo III de la Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras, aprobada por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 17 de diciembre de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de enero de 1986).

Vista la solicitud presentada y demás documentación complementaria y la Orden de 17 de diciembre de 1985, esta Dirección General, teniendo en cuenta los informes favorables emitidos por la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Comercio de la Junta de Extremadura y por el Área de Industria y Energía en Badajoz, ha resuelto:

Inscribir a «Gestores de Formación Técnica, Sociedad Limitada», en el Registro Especial de Entidades para la Formación de Instaladores de Gas, existente en esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, con arreglo a las siguientes condiciones:

Primera.

El ámbito geográfico territorial de actuación para la impartición de los cursos de instaladores de gas, de categorías IG-I, IG-II, IG-III e IG-IV a que se refiere esta inscripción, estará limitado a la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segunda.

Cada uno de los cursos teórico-prácticos para la formación de instaladores de gas que vaya a impartir «Gestores de Formación Técnica, Sociedad Limitada», deberá ser autorizado previamente por los órganos territoriales competentes.

Tercera.

«Gestores de Formación Técnica, Sociedad Limitada», deberá presentar anualmente en los organismos territoriales competentes y en la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía una memoria de actuaciones de conformidad con lo previsto en el capítulo III de la citada Instrucción sobre Instaladores Autorizados de Gas y Empresas Instaladoras.

Cuarta.

La inscripción a que se refiere la presente Resolución tendrá un plazo de vigencia de tres años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de dicho plazo dentro de los seis meses anteriores a la finalización del mismo.

Madrid, 25 de julio de 2001.‒La Directora general, Carmen Becerril Martínez.

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