En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 119/2001,
de 9 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 10), por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2001 y con
el fin de atender las necesidades de personal en la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda
convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados
en Meteorología del Estado, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas,
por el sistema de promoción interna, desde Cuerpos o Escalas
del Grupo C.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la 23/1988, de 28
de julio, y por la 22/1993, de 29 de diciembre ; la Ley 17/1993,
de 23 de diciembre ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de las fases de oposición,
concurso y curso selectivo previstas en el anexo I, con las pruebas,
puntuaciones y materias que se especifican en el mismo.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará, de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos en las fases de oposición, concurso y
curso selectivo, a que se refiere el apartado 2.4 del anexo I.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a
partir del 15 de enero de 2002.
La duración máxima de las fases de oposición y de concurso
será de nueve meses, contados a partir de la publicación de la
presente convocatoria.
1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso
selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.
El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez
superada la fase de oposición, será de dos meses a partir de la
terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.
Quienes no superasen el curso selectivo, de acuerdo con el
procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente
convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación
del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por
la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Pertenecer, como funcionario de carrera, el día de la
publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado", a cualquier Cuerpo o Escala del grupo C y tener, el día
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una
antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que
pertenezcan, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley
30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás
requisitos exigidos en la convocatoria.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de
26 de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o actividades
semejantes a las del Cuerpo o Escala del grupo C, serán
computables a efectos de antigüedad para participar en estas pruebas
selectivas.
2.1.2 Estar en posesión del título de Arquitecto técnico,
Ingeniero técnico, Diplomado universitario o haber superado tres años
completos de una licenciatura, Formación Profesional de tercer
grado o equivalente, o haber realizado todos los estudios
necesarios para la obtención de dicho título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de cualquiera
de las profesiones para las que sean necesaria alguna de las
titulaciones citadas.
2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.4 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni de hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitada
gratuitamente en las representaciones diplomáticas o consulares de
España en el extranjero, en las Delegaciones del Gobierno en
las Comunidades Autónomas y Subdelegaciones, así como en el
Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública,
en el Instituto Nacional de Administración Pública y en la Oficina
de Información de los servicios centrales del Ministerio de Medio
Ambiente.
A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento
nacional de identidad, pasaporte o equivalente.
Las instrucciones para cumplimentar la solicitud serán las que
se detallan a continuación:
Instrucciones generales:
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando
mayúsculas de tipo de imprenta.
Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en
todos los ejemplares.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No escriba en los espacios sombreados o reservados.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares:
En el recuadro correspondiente a "Ministerio", consigne
Ministerio de Medio Ambiente.
En el recuadro dedicado a "Centro Gestor", consigne
Subsecretaría de Medio Ambiente y código 23001.
En el recuadro relativo a la "Tasa de derechos de examen",
consigne el código 23020, rellenando los dos primeros dígitos.
En el recuadro donde figura el "Año de la convocatoria", señale
los dos últimos dígitos del año en que la misma se haya publicado,
es decir, 01.
En el recuadro número 15, "Cuerpo, Escala, Grupo profesional
o Categoría", consignar Cuerpo de Diplomados en Meteorología
del Estado y código 1416.
En el recuadro número 16, "Especialidad, área o asignatura",
se dejará en blanco.
En el recuadro número 17, "Forma de acceso", consignar la
letra P.
En el recuadro número 18, "Ministerio/Órgano/Entidad
convocante", consignar Ministerio de Medio Ambiente y código 00023.
En el recuadro número 19. "Fecha "Boletín Oficial del Estado"",
consignar la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de esta convocatoria.
En el recuadro número 20, "Provincia de examen", consignar
Madrid.
En el recuadro número 21, "Minusvalía", indicar el porcentaje
del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.
En el recuadro número 22, "Reserva para discapacitados", se
dejará en blanco.
En el recuadro número 23, "En caso de minusvalía o
discapacidad adaptación que se solicita y motivo de la misma", el
interesado hará constar las posibles adaptaciones de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas,
incluido el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro número 24, "Títulos académicos oficiales",
consignar el nombre del título que se posee, de entre los exigidos
en la convocatoria, en virtud de lo señalado en la base 2.1.2.
En el recuadro número 25.A) se hará constar el "Idioma o
idiomas" a que se refiere el apartado 1.2 del anexo I de la convocatoria,
de los que el aspirante desee ser examinado.
Consigne en el recuadro destinado a "Importe", el
correspondiente a los derechos de examen, ya que es un impreso
autoliquidativo.
La solicitud deberá presentarse, para el abono de los derechos
de examen y oportuna validación, en cualquier Banco, Caja de
Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que actúan como
entidades colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica
totalidad de las mismas).
3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la
Administración") se hará en el Registro General del Ministerio de Medio
Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Medio
Ambiente, Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de
San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
del Banco de Santander "Tesoro Público. Ministerio de Medio
Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el
extranjero" (Código: 0085/2145/82/0000000079).
3.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de
la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, la tasa por derechos de
examen será de 1.500 pesetas (9,02 euros).
Según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 55/1999,
de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de la tasa por
derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
Igualmente, estarán exentas del pago de la tasa las personas
que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre
que en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta
de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo
causa justificada, en acciones de promoción, formación o
reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores
en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional. La
certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con
los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en la oficina del
correspondiente Servicio Público de Empleo. En cuanto a la
acreditación de las rentas se efectuará mediante una declaración jurada
o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán
acompañar a la solicitud.
La acreditación del pago de la tasa se realizará mediante
certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable
o mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares de
la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos
de examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la
Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente dictará Resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en
el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que
se encuentran expuestas al público las listas completas de
aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha
de comienzo del primer ejercicio. Asimismo, se publicará la lista
de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de
la publicación de la resolución, para poder subsanar, cuando ello
sea posible, el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
Contra la Resolución por la que se declare a los aspirantes
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas
selectivas, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición,
en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o
directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses, contados ambos plazos a partir del día siguiente a
su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano
competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto
de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la
relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en
la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los
tablones de anuncios de los servicios centrales del Departamento, en
la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas
y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no
procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa
imputable al interesado.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la Subsecretaria del Ministerio de Medio
Ambiente, cuando concurran en ellos circunstancias de las
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes,
y, en todo caso, deberán estar presentes el Presidente y el
Secretario o quienes les sustituyan. Celebrará su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas, así como al régimen de suplencias y sustituciones de
sus miembros.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia de la mitad al menos de sus
miembros, titulares o suplentes, y, en todo caso, deberán estar presentes
el Presidente y el Secretario o quienes les sustituyan.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos
no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría
del Departamento.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente,
plaza de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid,
teléfono 91 597 69 78.
El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría de segunda de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable
del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado
el mismo un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con
lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública de 12 de marzo de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del 16) por la que se publica el resultado del sorteo
celebrado el día 5 de marzo de 2001.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de la puntuación obtenida en cada uno
de los ejercicios, así como la convocatoria del siguiente, se
efectuará por el Tribunal en el local donde se haya celebrado dicho
ejercicio, en la sede del Tribunal (señalada en la base 5.10) y
por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para
facilitar su máxima divulgación. En todo caso, las convocatorias de
los ejercicios deberán publicarse con veinticuatro horas, al menos,
de antelación a la fecha señalada para su iniciación. Si se trata
de una parte del mismo ejercicio, el anuncio deberá publicarse
con doce horas, al menos, de antelación.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión a la Subsecretaria del Departamento, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante
en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la Resolución que declare la exclusión del aspirante
podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el
plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, o directamente
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
contados ambos plazos a partir del día siguiente a su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizada la fase de oposición el Tribunal hará pública,
en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como
en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados,
por orden de puntuación alcanzada en dicha fase, con indicación
de su documento nacional de identidad.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo y
primer ejercicio, por este orden.
Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a partir del día
siguiente al de la publicación de la relación de aprobados, para
presentar en el Ministerio de Medio Ambiente, Subdirección
general de Recursos Humanos, plaza de San Juan de la Cruz, sin
número, 28071 Madrid, la documentación acreditativa de los méritos:
Certificado anexo IV que deberá ser expedido por el Subdirector
general de Personal, o jefe que tenga asignadas dichas
competencias, así como por los titulares de los organismos autónomos,
en su caso.
Títulos o diplomas de formación y perfeccionamiento realizados
y relacionados con las funciones propias del Cuerpo objeto de
esta convocatoria.
Cualquiera otra que se considere oportuna.
La lista provisional que contenga la valoración de los méritos
de la fase de concurso se hará pública en los tablones de anuncios
de los servicios centrales del Ministerio, disponiendo los
aspirantes de un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la
publicación de esta relación provisional, para alegar las rectificaciones
que estimen oportunas.
7.2 Finalizadas las fases de oposición y concurso el Tribunal
publicará en su sede, señalada en la base 5.10 y en aquellos
otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes
aprobados, por orden de puntuación alcanzada en dichas fases y con
indicación de su documento nacional de identidad, pasaporte o
equivalente.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición, y si persiste el empate se estará a la mayor puntuación
obtenida en el segundo y primer ejercicio de la fase de oposición,
por este orden.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la
relación de aprobados a la Subsecretaria de Medio Ambiente,
especificando el número de aprobados en cada ejercicio, para su
conocimiento y publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
7.3 Finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará
pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales del
Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno la
relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado dicho
curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase teórica
del curso selectivo.
7.4 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará
pública, en los tablones de anuncios de los servicios centrales
del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,
la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación total
alcanzada en todo el proceso selectivo, con especificación de la
puntuación obtenida en cada una de las fases del mismo, así como
con indicación del documento nacional de identidad, pasaporte
o equivalente.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición, y si persistiera el empate, se estará a la mayor puntuación
obtenida en el segundo y primer ejercicio de la fase de oposición,
por este orden.
En ningún caso, la Subsecretaría del Departamento podrá
aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número
de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula
de pleno derecho.
8. Presentación de documentos
y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que
se refiere la base 7.2 de la presente convocatoria, los opositores
aprobados deberán presentar en la Subdirección General de
Recursos Humanos, Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan
de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, los siguientes documentos:
Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.2 de
esta convocatoria o certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del título.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse la documentación que acredite su homologación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni de hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta
convocatoria.
Los aspirantes que ya estén prestando servicios remunerados
en la Administración como funcionarios de carrera o interinos,
contratados administrativos o como personal laboral, deberán
optar entre percibir una retribución por igual importe de la que
les correspondería en el puesto de trabajo de origen o la que
proceda como funcionarios en prácticas.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, salvo en los casos de
fuerza mayor debidamente acreditada, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece
de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por Orden de la autoridad convocante, y a propuesta de
la Subsecretaría del Departamento, se procederá al nombramiento
de funcionarios en prácticas, que se publicará en el tablón de
anuncios de este Ministerio, y en la que se determinará la fecha
en que empezará a surtir efectos el mismo.
8.4 Finalizado el proceso selectivo quienes lo hubieran
superado deberán solicitar los destinos correspondientes, previa oferta
de los mismos, siendo nombrados, a propuesta de la Subsecretaria
del Ministerio de Medio Ambiente, funcionarios de carrera,
mediante resolución del Secretario de Estado para la Administración
Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la
que se indicará el destino adjudicado.
8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.6 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en
colaboración con los centros competentes de formación de
funcionarios, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Madrid, 26 de septiembre de 2001.-P. D. (Orden de 6 de
febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 14), la
Subsecretaría, María Jesús Fraile Fabra.
Ilma. Sra. Subsecretaria del Departamento.
ANEXO I
CUERPO DE DIPLOMADOS EN METEOROLOGÍA DEL ESTADO
Proceso de selección y valoración
1. Proceso de selección
1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:
a) Oposición.
b) Concurso.
c) Curso selectivo.
1.2 Fase de oposición.-Constará de dos ejercicios
obligatorios, uno de ellos práctico, así como de una prueba voluntaria
de idiomas. Esta última podrá ser realizada por los aspirantes
que lo deseen y que hayan superado los ejercicios obligatorios.
Los dos ejercicios obligatorios tendrán carácter eliminatorio.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del
aspirante en relación con las materias del programa "Bloque 1:
Meteorología y Climatología" que figuran en el anexo II de esta
convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un máximo de 80
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente, a juicio
del Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de cuatro horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 25 puntos,
siendo necesario obtener 12,5 puntos para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio: Este ejercicio constará de las dos partes
siguientes:
A) La primera parte consistirá en la resolución por escrito,
en el tiempo máximo de cuatro horas, de problemas o ejercicios
práctico-numéricos relacionados con las materias del programa
"Bloque 2: Física" y "Bloque 3: Matemáticas", que figuran en el
anexo II de esta convocatoria.
El número de problemas o ejercicios práctico-numéricos de
Física a resolver será de tres, a elegir por el opositor de entre los
cuatro propuestos y el de Matemáticas será de uno, a elegir por
el opositor de entre los dos propuestos.
La calificación máxima de esta parte del ejercicio será de 15
puntos, siendo necesario obtener al menos 7,5 puntos para
superarla.
B) La segunda parte consistirá en la resolución por escrito,
en el tiempo máximo de dos horas, de problemas o ejercicios
práctico-numéricos relacionados con las materias del "Bloque 1:
Meteorología y Climatología", que figura en el anexo II de esta
convocatoria.
El número de problemas o ejercicios práctico-numéricos de esta
parte será de dos, a elegir por el opositor de entre los tres
propuestos.
La calificación máxima de esta parte del ejercicio será de 10
puntos, siendo necesario obtener al menos cinco puntos para
superarla.
Prueba voluntaria de idiomas: Consistirá en una prueba sobre
uno o los dos siguientes idiomas:
Inglés.
Francés.
La citada prueba consistirá en la traducción directa por escrito
y sin diccionario, en el plazo de treinta minutos, de un texto
redactado en el idioma o idiomas elegidos por el aspirante.
Esta prueba se calificará otorgando hasta un máximo de cuatro
puntos para el idioma inglés y hasta un máximo de un punto
para el idioma francés.
1.3 Fase de concurso.-En esta fase se valorarán los siguientes
conceptos:
Antigüedad del funcionario por servicios prestados en cualquier
Administración Pública y reconocidos a efectos de trienios en
cuerpos, escalas, plaza, categoría o empleo del Grupo C.
Grado personal que tenga consolidado y reconocido o
conservado en el Cuerpo o Escala desde la que participa en estas
pruebas selectivas.
Trabajo desarrollado en cuerpos, escalas, plaza, categoría o
empleo del Grupo C, desempeñando puestos de trabajo de
naturaleza análoga o con funciones similares, a juicio del Tribunal,
a las del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Cursos de formación y perfeccionamiento realizados en los
últimos cinco años, tanto en centros oficiales de formación y
perfeccionamiento de funcionarios, como en cualquier otro organismo
o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior
a veinte horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del
Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del
Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Estas valoraciones estarán referidas a la fecha de finalización
de presentación de solicitudes.
1.4 Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable
para obtener el nombramiento de funcionario de carrera, los
funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un
curso selectivo, con una parte de carácter teórico y otra de tipo
práctico, organizado por la Subsecretaría del Departamento, cuya
duración máxima será de cinco meses.
El calendario, programa y normas internas que hayan de
regularlo, serán establecidas oportunamente por la Subsecretaría del
Departamento.
Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas
selectivas deberán ser autorizados para asistir al curso selectivo
por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus
servicios.
En el plazo de quince días naturales desde la finalización de
las prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar
a la Comisión de Valoración, prevista en el apartado 2.3 de este
anexo, un informe de las actividades desarrolladas.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo
los aspirantes dependerán de la Subsecretaría del Departamento.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán
en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de
posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo
de Diplomados en Meteorología del Estado, reincorporándose a
su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquél
en que finalice la realización de la parte de carácter práctico,
con independencia del momento en que se publique la calificación
del mismo.
2. Valoración
2.1 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición
se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el
apartado 1.2 de este anexo.
2.2 Fase de concurso.-La valoración de los méritos a que
hace referencia el precedente punto 1.3, se realizará de la forma
siguiente:
2.2.1 Antigüedad: Por cada año completo de servicios, 0,5
puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
2.2.2 Grado Personal: Por la posesión de un grado personal
consolidado se otorgará hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos
en la forma siguiente:
Grado personal igual o superior al 22: 4 puntos.
Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 20: Tres puntos.
Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 18: Dos puntos.
Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 15: Un punto.
Grado personal igual o inferior al 14: 0,75 puntos.
2.2.3 Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante 1
punto por cada año completo de desempeño del puesto o puestos
de trabajo, hasta un máximo de 4 puntos.
2.2.4 Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará
por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
2.3 Curso selectivo.-La calificación del curso selectivo será
otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de
la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada
Subsecretaría y que estará integrada, entre otros miembros, por
profesores y tutores que hayan participado en el curso selectivo.
La calificación máxima de cada una de las partes del curso
selectivo será de 40 puntos, siendo necesario obtener 20, como
mínimo, para superar las mismas.
La calificación máxima total del curso selectivo será de 80
puntos, siendo necesario un mínimo de 40 puntos para su
aprobación.
2.4 Calificación total.-La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición, concurso y curso selectivo.
ANEXO II
CUERPO DE DIPLOMADOS EN METEOROLOGÍA DEL ESTADO
Programa
Bloque 1: Meteorología y Climatología
1. Evolución del aire seco.-Gradiente adiabático del aire
seco. Estabilidad de estratificación del aire. Curvas de estado del
aire. Impenetrabilidad de las inversiones. Nivel de equilibrio:
Accesabilidad del nivel de equilibrio. Oscilaciones verticales en la
atmósfera estable. Caso de inestabilidad. Convección mecánica.
Transformaciones elementales no adiabáticas. Evoluciones
politrópicas. Fórmulas barométricas.
2. Temperatura potencial.-Concepto de temperatura
potencial. Criterio de estabilidad por medio de la temperatura potencial.
La temperatura potencial del aire seco. Fundamentos del análisis
isentrópico. Flujo de calor producido por agitación vertical no
isentrópica. Gradiente vertical de la entropía específica.
Deformación de estratos elementales: inversión de subsidencia. Las
curvas de estado en los anticiclones y borrascas.
3. Evoluciones del aire húmedo.-Ecuación de estado del
vapor de agua. Índices de humedad del aire. Teorema de las
expansiones relativas. Las líneas equisaturadas: Determinación gráfica
de la proporción de mezcla. Enfriamiento adiabático sin
saturación. Condición de estabilidad. Inversión mínima. Concepto de
temperatura virtual. Aplicaciones. Cálculo de la temperatura
virtual.
4. Generalidades sobre la condensación en la atmósfera.
-Fórmula de Clapeyron. Variaciones del calor latente de transformación
con la temperatura: Caso de la evaporación, sublimación y
congelación. Concepto de temperatura equivalente: Comparación de
las distintas definiciones. La temperatura equivalente como
invariante característico de las masas de aire. Teoría elemental del
aspiro-psicrómetro: Temperatura del termómetro húmedo.
Relación entre la temperatura del termómetro húmedo y la temperatura
equivalente: Aplicaciones.
5. Condensación por enfriamiento directo.-Punto de rocío.
Condensaciones superficiales y condensaciones de masa.
Humedad equivalente de una superficie. Formación y particularidades
del rocío. Aplicaciones del punto de rocío. Nieblas y brumas.
Intervalo de bruma. Nieblas de irradiación. Nieblas de advección.
6. Condensación por mezcla y por evaporación.-Humedad
relativa de una mezcla. Estudio gráfico de los problemas de
mezclas. Nieblas de mezcla. Método de Schnaidt para el estudio de
las mezclas. Nieblas de río y de casquete polar. Nieblas y estratos
producidos por evaporación de lluvias. Nieblas de otros orígenes.
Predicción de nieblas.
7. Condensación por elevación adiabática.-Variación de la
humedad relativa por ascenso adiabático. Nivel de condensación:
Pronóstico de la altura de los cúmulos. Distribución vertical de
la humedad relativa: Nubes de turbulencia. Condición de
condensación por enfriamiento adiabático. Gradiente adiabático del aire
saturado.
8. Condensación e inestabilidad atmosférica.-Inestabilidad
condicional del aire húmedo: Efecto de disparo. Trabajo de
elevación de una burbuja aérea. Distinción entre inestabilidad latente
efectiva y falsa. Inestabilidad convectiva. Nubes producidas por
elevaciones de conjunto. Inestabilidad selectiva. Energía de
inestabilidad.
9. Temperatura potencial equivalente.-Comparación de las
distintas definiciones de temperatura potencial equivalente. La
pseudoadiabática en relación con la temperatura del termómetro
húmedo. Temperatura potencial del termómetro húmedo. La
pseudotemperatura: Clasificación de los invariantes definidos.
Identificación de las masas de aire. Criterio de inestabilidad convectiva.
10. Formación y disipación de las nubes.-Condensación,
congelación, sublimación. Causas de la formación de nubes.
Turbulencia mecánica. Convección. Ascendencias orográficas y a gran
escala. Causas de la disipación de nubes.
11. Microfísica de nubes.-Nucleación homogénea y
heterogénea. Núcleos de condensación. Crecimiento por condensación.
12. Formación de cristales de hielo.-Nucleación de la fase
hielo. Núcleos de engelamiento. Crecimiento de los cristales por
difusión.
13. Producción de precipitaciones.-Gotas de nube y gotas
de lluvia. Distintas teorías acerca de la formación de gotas.
Trascendencia meteorológica de los símiles coloidales. Intensificación
artificial de la precipitación.
14. Diagramas termodinámicos meteorológicos.-El sondeo
aerológico: Generalidades. Características de los diagramas
meteorológicos: Líneas fundamentales. Diagrama de Stüve,
politrópico y de Rossby.
15. Emagramas.-Definición de emagrama. Investigación de
los emagramas: Caso general. Estudio comparado del emagrama
de Neuhoff, del tefigrama, del aerograma de Werenskiold.
16. Aplicaciones de los diagramas.-Reglas de uso práctico
de los diagramas de líneas congruentes. Energía de
inestabilización. Teorema de Sandström. Teorema de Bjerknes. Energía total
de inestabilidad de una columna. Cálculo de Margules. Medida
de geopotenciales por procedimientos mecánicos.
17. Movimientos absoluto y relativo terrestres.-Ecuaciones
del movimiento. Estudio de las fuerzas. Aceleración de Coriolis.
18. Movimiento de un sistema local.-Ecuaciones del
movimiento en un sistema local. Coordenadas intrínsecas. Ecuaciones
del movimiento horizontal en coordenadas intrínsecas.
19. Campo de vientos.-Características generales del campo
de vientos. Construcción de líneas de corriente. Construcción de
isotacas. Construcción de trayectorias. Relación entre líneas de
corriente y trayectorias.
20. Estática atmosférica.-Condiciones de equilibrio en la
atmósfera. Fórmulas barométricas. Cálculo de geopotenciales.
Ejemplos de atmósferas estáticas.
21. Flujo horizontal sin rozamiento.-Clasificación de las
corrientes horizontales sin rozamiento. Caso del viento
geostrófico. Propiedades del viento geostrófico. Viento del gradiente.
22. Ciclones y anticiclones circulares sin rozamiento.-Caso
general de corriente horizontal sin rozamiento. Estudio de los
diversos términos. Análisis gráfico.
23. La presión como coordenada vertical.-Derivadas
individuales y locales. Relaciones de transformación. Las ecuaciones
del movimiento en el sistema P.
24. Variación vertical del viento geostrófico.-Viento térmico.
Espesores. Estabilidad relativa: Estudio gráfico.
25. La ecuación del espesor.-La superficie topográfica de
1.000 mb. La técnica del entramado. La ecuación del viento
geostrófico para mapas de contornos. Aplicaciones.
26. Función frontogenética.-Frontogénesis en el campo de
la velocidad horizontal. Modelos elementales de líneas de
corriente. Frontogénesis en campos lineales. Análisis cartográfico.
27. Superficies de discontinuidad.-Condiciones cinemáticas.
Condición dinámica de contorno. Clasificación de frentes.
28. Capa límite.-Estructura del viento en la capa de
rozamiento. Espirales de Ekman y de Taylor.
29. Mecanismo de los cambios de presión.-Ecuación de
continuidad. Medida de la divergencia horizontal. Cálculo gráfico.
Ecuación de la tendencia barométrica. Aplicaciones.
30. Circulación y vorticidad.-Teoremas de la circulación.
Relación entre la divergencia y la vorticidad. Vorticidad absoluta
y relativa.
31. Circulación general atmosférica.-Descripción de la
circulación media. Modelo de la circulación general. Aspectos de
la energía atmosférica. Balance de calor. Aplicaciones a los
sistemas orográficos.
32. Elementos del clima.-Insolación e irradiación:
Definiciones e interrelaciones. Radiación solar, atmosférica y terrestre.
Balance de radiación. Temperatura del aire. Presión atmosférica.
Viento. Humedad del aire, evaporación, condensación y
precipitación.
33. Factores del clima.-Factores atmosféricos y geodésicos.
Factores geográficos y geofísicos. Factores físicos y químicos de
la propia atmósfera. Meteorología dinámica y sinóptica como
factores del clima.
34. Efecto de invernadero y cambio climático.-Mecanismo
básico del efecto de invernadero. Aumento del efecto de
invernadero debido a emisiones antropogénicas. Sensibilidad climática.
Mecanismos fundamentales de retroalimentación. Tipos de
modelos climáticos. Mejores estimaciones del cambio climático previsto
para el siglo XXI.
35. El sistema climático y los forzamientos radiativos.
-Componentes del sistema climático. Concepto de forzamiento
radiativo. Fuentes de forzamiento radiativo. Evolución de las
concentraciones de gases de efecto de invernadero. Potenciales de
calentamiento global.
36. Climatología descriptiva.-Clasificaciones climáticas:
Clasificaciones debidas a los distintos autores (Martonne, Lang,
Köppen, Thornthwaite, etc.). Comparación de las distintas
clasificaciones. Distribución de los climas en la tierra: Climas fríos. Climas
templados. Climas continentales. Climas áridos y semiáridos.
Climas tropicales.
37. Climas de España.-Influencia de los factores y elementos
climáticos sobre la península Ibérica y sobre las regiones insulares.
Climatología sinóptica de España. Clasificación climática de España.
38. Variabilidad en el sistema climático.-Oscilación
cuasibienal. El fenómeno ENSO. Teleconexiones regionales.
Fluctua
ciones y tendencias interdecadales (influencias antropogénicas,
gases atmosféricos, temperaturas en la superficie y en el aire
superior, etc.).
39. Simulación matemática del clima.-Estructura
físico-matemática de los modelos climáticos. Ecuaciones de los modelos.
Necesidad de utilización de integraciones numéricas.
Parametrizaciones. Naturaleza de las soluciones matemáticas.
40. Tipos de modelos climáticos.-Jerarquía de los modelos.
Modelos de la circulación general. Modelos estadístico-dinámicos:
De balance de energía, radiativo-convectivos y bidimensionales.
Aplicaciones de los modelos.
Bloque 2: Física
1. Cinemática de la partícula.-Vector de posición.
Trayectoria de un punto. Derivada del vector de posición respecto del
arco de trayectoria. Derivada segunda del vector de posición
respecto del arco de trayectoria dos veces. Plano osculador, normal
principal, radio de curvatura. Vector velocidad. Vector aceleración:
Componentes intrínsecas de la aceleración. Composición de
movimientos: Movimiento de proyectiles. Movimiento relativo:
Aceleración de Coriolis.
2. Dinámica de la partícula.-Leyes de Newton. Impulso y
cantidad de movimiento. Teorema del impulso. Teorema del momento
angular. Aplicaciones. Circulación de una fuerza: Trabajo.
Teorema de la energía cinética. Campos de fuerzas conservativas.
Energía potencial. Teorema de conservación de la energía mecánica.
3. Dinámica de los sistemas de partículas.-Sistema de
partículas. Centro de masas. Segunda ley de Newton para un sistema
de partículas. Teorema del momento angular para un sistema.
Energías cinética y potencial de un sistema: Leyes de conservación.
Variación de la energía mecánica: Caso particular de las fuerzas
de rozamiento. Estudio particular de los choques o colisiones.
4. Dinámica de la rotación del sólido rígido.-Concepto de
sólido rígido. Momento de inercia: Teoremas de ejes paralelos
y perpendiculares. Momento angular de un sólido rígido: Teorema
del momento angular. Conservación del momento angular.
Ecuación fundamental de la dinámica de la rotación. Trabajo de
rotación y energía cinética de rotación: Teorema de conservación de
la energía mecánica. Movimiento de Poinsot. Ecuaciones
giroscópicas de Euler.
5. Gravitación.-Ley de Newton de la gravitación universal.
Campo de fuerzas gravitatorias. Teorema de Gauss para el campo
gravitatorio. Energía potencia y potencial gravitatorio. Movimiento
kepleriano. Campo gravitatorio solar. Energía mecánica de
sistemas gravitatorios: Órbitas cerradas y abiertas. Campo
gravitatorio terrestre. Movimiento de satélites artificiales. Movimiento de
los cuerpos de masa variable: Cohetes.
6. Oscilador armónico.-Movimiento producido por una
fuerza periódica simple. Oscilador armónico lineal: Amplitud, período
y frecuencia. Leyes de conservación. Oscilaciones armónicas
amortiguadas. Oscilaciones armónicas forzadas: Resonancia. Oscilador
armónico isótropo.
7. Mecánica de fluidos.-Concepto de presión en un punto.
Ecuaciones fundamentales de la estática de fluidos: Aplicaciones.
Tensión superficial. Presión debida a la curvatura de una superficie
líquida. Capilaridad. Ley de Jurin. Concepto de fluido perfecto.
Movimiento estacionario de un fluido perfecto. Ecuación de
continuidad. Teorema de Bernouilli. Viscosidad: Fluidos newtonianos.
Clases de flujo. Ecuación de Navier-Stokes. Fórmula de Poiseuille.
Turbulencia: Número de Reynolds.
8. Ondas mecánicas.-Definición de onda. Caso particular de
ondas mecánicas. Ecuación de onda. Ondas periódicas.
Composición de ondas: Ondas estacionarias e interferencias. Efecto
Doppler. Ondas elásticas de un medio homogéneo, isótropo e
indefinido: Aplicaciones. Acústica: Naturaleza del sonido. Análisis del
sonido. Análisis armónico: Series de Fourier.
9. Termodinámica. Conceptos fundamentales.-Origen y
alcance de la termodinámica. Tratamientos macroscópico y
microscópico. División de la termología. Sistemas
termodinámicos. Equilibrio termodinámico. Transformaciones
termodinámicas: Procesos reversibles. Relaciones matemáticas generales de
la termodinámica.
10. Principio cero. Concepto de temperatura.-Enunciado del
principio cero de la termodinámica. Concepto de temperatura
empírica. Escalas termométricas. Termómetros de gas a
temperatura constante. Temperatura absoluta. Escala internacional
práctica de temperaturas.
11. Primer principio de la termodinámica.-El trabajo en
termodinámica: Convenio de signos. Cálculo del trabajo de expansión
en sistemas hidrostáticos. Expresión general del trabajo.
Coeficientes de dilatación y compresibilidad. Cálculo de trabajo en
sistemas condensados. Enunciado del primer principio: Energía
interna y calor. Aplicaciones del primer principio: Capacidad calorífica
y entalpía. Coeficientes calorimétricos de un sistema hidrostático
homogéneo. Calor específico de una transformación elemental.
Transformaciones politrópicas.
12. Segundo principio de termodinámica. Entropía.
-Necesidad del segundo principio. Máquinas térmicas. Rendimiento
termodinámico. Ciclo de Carnot. Enunciado del segundo principio.
Teorema de Carnot. Temperatura termodinámica. Escala Kelvin
de temperaturas. Teorema de Clausius. Definición de entropía.
Variaciones de entropía en procesos reversibles. Entropía e
irreversibilidad. Variaciones de entropía en procesos irreversibles.
Energía no utilizable y degradación de la energía. Producción de
entropía.
13. Aplicaciones conjuntas del primer y segundo principio
de la termodinámica.-Ecuación fundamental de la termodinámica
o de Gibbs. Trabajo perdido en un proceso irreversible. Método
general de aplicación de los dos principios. Ecuación generalizada
de Mayer. Ecuaciones T. dS. Relación entre los coeficientes de
compresibilidad isotermo e isentrópico. Fórmula generalizada de
Reech. Ecuación de Clapeyron.
14. Potenciales termodinámicos.-Funciones potenciales de
un sistema. Significado físico de las funciones de Helmholtz y
de Gibbs. Propiedades de las funciones termodinámicas.
Generalización a cualquier sistema. Relaciones de Maxwell y diagrama
termodinámico de Born. Condiciones de equilibrio y espontaneidad.
15. Sistemas gaseosos.-Definición de gas perfecto. Ecuación
de estado de gas perfecto. Transformaciones adiabáticas de un
gas perfecto. Entropía de un gas perfecto. Comportamiento de
los gases reales. Ecuaciones de estado de los gases reales.
Isotermas de Andrews y estados metastables. La ecuación de Van
der Waals y las constantes críticas. Ley de los estados
correspondientes: Punto de Boyle. Diagrama de compresibilidad
generalizado.
16. Procesos de flujo estacionario.-Ecuación energética de
un fluido en régimen estacionario: Aplicación a procesos de
intercambio térmico y de circulación por conductos o turbinas.
Expansión Joule-Kelvin. Temperatura de inversión de un gas de Var
der Waals. Ecuaciones de Bernouilli y de Zeuner. La energía en
los procesos de flujo.
17. Electrostática y dieléctricos.-Ley de Coulomb. Cargas no
puntuales. Principios de superposición y de conservación de la
carga. Campo eléctrico. Trabajo y potencial eléctrico. Flujo
eléctrico. Teorema de Gauss. Campos eléctricos creados por distintas
distribuciones de carga. Polarización eléctrica. Capacidad de un
conductor aislado. Condensadores. Distintos tipos de
asociaciones. Energía electrostática: Localización espacial de la energía.
18. Electrocinética.-Corriente eléctrica. Ley de Ohm:
Ecuaciones fundamentales. Superficies de discontinuidad:
Correspondencia entre campos de corrientes estacionarias y campos
electrostáticos. Ley de Joule. Fuerza electromotriz. Leyes de Kirchoff.
19. Electromagnetismo.-Campo magnético creado por
corrientes estacionarias. Campo creado por circuitos simples:
Campo creado por una espira circular y por un solenoide. Potencial
vector y potencial escalar. Acciones entre corrientes.
20. Inducción electromagnética.-Fuerzas entre circuitos.
Energía electromagnética. Coeficientes de inducción mutua y de
autoinducción. Expresión general de la energía electromagnética.
Corrientes eléctrica variables. Corrientes de desplazamiento.
21. Corriente alterna.-Producción de una fuerza
electromotriz alterna. Circuito con resistencia, autoinducción y condensador
en serie. Ley de Ohm de la corriente alterna. Montaje en paralelo.
Potencia de la corriente alterna. Corrientes bifásicas, trifásicas
y polifásicas.
22. Ondas electromagnéticas.-Generación y propagación de
ondas electromagnéticas. El resonador de Hertz. Espectro de ondas
electromagnéticas. Velocidad de propagación de una onda
electromagnética en un medio continuo. Densidad de energía de los
campos eléctrico y magnético. Intensidad de una onda
electromagnética: Vector de Poynting. Presión de la radiación
electromagnética.
23. Naturaleza de la luz. Principios fundamentales.-Teorías
acerca de la naturaleza de la luz. Leyes de la reflexión y refracción
de la luz. Velocidad de la luz: Experimento de Michelson. Índice
de refracción de la luz. Reflexión total. Dispersión luminosa.
Camino óptico. Principio de Fermat. Nueva concepción corpuscular
de la luz. Efectos fotoeléctrico y Compton. Dualidad
onda-corpúsculo. Hipótesis de De Broglie.
24. Interferencias y difracción de la luz.-Carácter ondulatorio
de la luz. Experiencias de Young y de Fresnel. Interferencias en
láminas delgadas. Anillos de Newton. Interferómetro de Michelson.
Anillos y franjas de difracción de Fresnel y de Fraunhöfer. Redes
de difracción.
25. Radiación térmica.-La luz y las radiaciones. Poder
emisivo. Intercambio de energía entre dos superficies. Poder
absorbente. Intensidad específica de radiación. Densidad de energía
total. Ley de Kirchoff. Radiación del cuerpo negro: Ley de Lambert.
Ley de Stefan-Boltzmann. Ley del desplazamiento de Wien. Efecto
invernadero. Leyes de distribución de Wien y de Rayleigh-Jeans.
Fórmula de Planck.
Bloque 3: Matemáticas
1. Sistemas de ecuaciones lineales.-Definición de ecuaciones
lineales. Clasificación de los sistemas. Método de Gauss. Sistemas
de Cramer: Solución. Regla de Cramer. Sistema general de
ecuaciones lineales: Compatibilidad. Teorema de Rouché-Frobenius.
Resolución de sistemas de ecuaciones lineales. Método de
Jordan-Gauss.
2. Números reales y series.-Números reales y complejos.
Sucesiones y series. Clasificación de las series. Criterios de
convergencia. Condición necesaria de convergencia. Propiedades de
las series. Comparación de series.
3. Teoría de funciones.-Definición general de relación y de
función. Clasificación de las funciones. Propiedades de las
funciones reales continuas. Estudio analítico de las funciones
elementales. Representación gráfica de funciones.
4. Límites y continuidad.-Definición de límite: Teoremas
fundamentales y condición de Cauchy. Álgebra de límites.
Continuidad de funciones. Teorema de Bolzano. Máximos y mínimos:
Teorema de Weirstrass. Discontinuidad.
5. Diferenciación de funciones de una variable real.
-Definición de derivada. Álgebra de derivadas. La regla de la cadena.
Funciones con derivada no nula. Funciones con derivada nula.
Teoremas de Rolle y del valor medio de cálculo diferencial.
Fórmula de Taylor con resto. Concepto e interpretación geométrica
de la diferencial de una función de variable real.
6. Diferenciación de funciones de varias variables.-La
derivada direccional. Diferenciales de funciones de varias variables.
Diferenciales de las funciones compuestas y regla de la cadena.
El teorema del valor medio para funciones de varias variables.
Derivadas parciales de orden superior. Fórmula de Taylor para
funciones de varias variables.
7. Métodos de integración.-Concepto de integral indefinida.
Integración por descomposición. Integración por sustitución.
Integración por partes. Integración por transformaciones algebraicas.
Integración de las funciones racionales e irracionales. Integración
de las diferenciales binomias. Integración de funciones
trascendentes.
8. La integral definida.-Definición de integral según
Riemann. Criterios de integrabilidad. Propiedades generales de la
integral. Teorema fundamental del cálculo integral. Regla de
Barrow.
9. Ecuaciones diferenciales ordinarias.-Ecuaciones
diferenciales de primer grado: Variables separables. Ecuaciones
diferenciales homogéneas. Ecuaciones diferenciales exactas. Integración
de las ecuaciones diferenciales de Bernouilli y de Riccati. Factor
integrante: Caso en que la ecuación es homogénea.
10. Curvas planas.-Tangentes y normales. Asíntotas en
coordenadas cartesianas, polares y cuando la curva está expresada
por sus ecuaciones paramétricas. Concavidad, convexidad e
inflexión. Puntos singulares. Construcción de curvas.
11. Cónicas.-Definición y clasificación. Centro, diámetros,
diámetros conjugados y ejes. Ecuación incompleta sin término
rectángulo ni cuadrado de la ordenada. Hipérbola equilátera:
Asíntotas. Ecuación reducida de las cónicas. Focos y directrices.
12. Curvas alabeadas.-Línea alabeada. Tangente a una curva
alabeada. Plano normal a una línea alabeada. Plano osculador.
Normal, principal y binormal. Plano rectificante. Asíntotas y planos
asintóticos.
13. Trigonometría esférica.-Fórmulas de Bessel. Grupo de
fórmulas fundamentales. Triángulos y rectiláteros. Pentágono de
Neper. Resolución de triángulos esféricos, rectángulos y
oblicuángulos: Analogías de Delambre y de Neper. Aplicaciones de la
trigonometría esférica a la esfera terrestre.
14. Teoría de la probabilidad.-Concepto de probabilidad
estadística. Propiedad aditiva de las probabilidades. Probabilidad
condicionada. Sucesos dependientes. Experimentos compuestos.
Experimentos dependientes e independientes. El teorema de
Bayes. Función de distribución y función de probabilidad.
15. Estadística descriptiva.-Media aritmética. Mediana,
cuartiles y percentiles. Moda. Otras medidas de tendencia central.
Medidas de dispersión. Desviación típica. Momentos. Corrección
de Sheppard. Medidas de forma: Asimetría y curtosis. Otras
medidas de dispersión.
ANEXO III
Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado
Tribunal titular
Presidente: Don Antonio Rodríguez Picazo, Cuerpo Superior
de Meteorólogos del Estado.
Secretario: Don Juan Manuel Naranjo Sierra, Cuerpo de
Diplomados en Meteorología del Estado.
Vocales: Doña Isabel Martínez Marco, Cuerpo Superior de
Meteorólogos del Estado ; doña María Sonsoles Gómez-Guillamón
Fernández, Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado,
y don Francisco Soriano Llano, Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado.
Tribunal suplente
Presidente: Don Antonio A. Palacio López-Villaseñor, Cuerpo
Superior de Meteorólogos del Estado.
Secretario: Don Juan Manzano Cano, Cuerpo de Diplomados
en Meteorología del Estado.
Vocales: Doña María Dolores Olmeda Gordo, Cuerpo Superior
de Meteorólogos del Estado ; don Benito Rodríguez Mallol, Cuerpo
de Diplomados en Meteorología del Estado, y doña María Elena
Beltrán López, Cuerpo Subinspectores de Empleo y Seguridad
Social.
ANEXO IV: (Ver imagen página 36319)
ANEXO V
Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado
Don ................................................................................,
con domicilio en ...................................................................,
y con documento nacional de identidad número .....................,
declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario del Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado,
que no se encuentra separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas ni inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas.
En ....................., a ........ de ................. de ........
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid