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Documento BOE-A-2001-18471

Orden de 12 de septiembre de 2001 por la que se regula el Certamen de Fotografía sobre Cultura Popular y se convoca el correspondiente al año 2001.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 3 de octubre de 2001, páginas 36603 a 36604 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-18471
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/09/12/(1)

TEXTO ORIGINAL

La fotografía sobre la cultura popular constituye un documento gráfico y antropológico de extraordinario relieve para el conocimiento y la difusión de los diferentes modos de vida y pensamiento de los pueblos e individuos, que integran las distintas culturas de España. A la vez que sirve de valiosa fuente documental para el estudio, la valoración y la difusión de los componentes antropológicos de estas culturas, la fotografía sobre cultura popular es en sí misma una forma de hacer antropología e investigar esos modos de vida y pensamiento.

Por otra parte, los valores de la fotografía como medio de expresión y comunicación plástica potencian de manera muy significativa el conocimiento y la difusión de las diversas culturas populares del Estado español.

Por todo ello se considera adecuado organizar un Certamen de Fotografía sobre Cultura Popular de ámbito estatal que reconvierta el antiguo Certamen de Fotografía sobre Artesanía, Tradiciones y Costumbres de los Pueblos de España creado mediante Orden de 29 de julio de 1983 ("Boletín Oficial del Estado" de 22 agosto).

Conforme a lo expresado, y de acuerdo con las competencias y funciones conferidas al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el Real Decreto 1331/2000, de 7 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica, dispongo:

Primero. Ámbito y bases del Certamen.-Establecer las bases generales por las que se regirá el Certamen de Fotografía sobre Cultura Popular, de ámbito estatal, que continúa, amplía y reconvierte la tradición iniciada en 1983 por el antiguo Certamen Nacional de Fotografía sobre Artes y Tradiciones Populares, que se convocará con carácter anual por Resolución de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Segundo. Convocatoria para el año 2001.-Convocar el Certamen de Fotografía sobre Cultura Popular correspondiente al año 2001.

Tercero. Finalidad del Certamen.-El Certamen de Fotografía sobre Cultura Popular pretende destacar los mejores trabajos fotográficos que pongan de relieve las diferentes formas de vida y pensamiento de los pueblos e individuos que componen las diversas culturas del Estado español.

Cuarto. Participantes.-Podrán tomar parte en esta convocatoria todas las personas físicas que lo soliciten y cumplan con lo establecido en las presentes bases.

Quinto. Premios.

1. Se concederán tres premios, dotados con las siguientes cantidades:

Primer premio: 1.000.000 de pesetas (6.010,12 euros).

Segundo premio: 500.000 pesetas (3.005,6 euros).

Tercer premio: 250.000 pesetas (1.502,5 euros).

En la convocatoria correspondiente al año 2001 por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales se llevará a cabo la tramitación necesaria para satisfacer el importe de los premios a los ganadores, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.13.453A.483.

2. Asimismo, se podrán otorgar menciones honoríficas a las candidaturas que a juicio del jurado resulten merecedoras de tal reconocimiento.

3. El fallo del jurado se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

4. La entrega de los premios y las menciones honoríficas se efectuará en un acto o actos públicos, convocados al efecto, a los que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.

Sexto. Requisitos de los trabajos fotográficos.

1. Los trabajos fotográficos versarán sobre cualquier aspecto de los modos de vida y pensamiento que conforman la cultura popular en los distintos territorios de España, y habrán de significarse por su valor antropológico para el conocimiento y la difusión de tales expresiones culturales en la sociedad española.

Podrán plasmar, por consiguiente, creencias religiosas y profanas, rituales y celebraciones de todo tipo, expresiones musicales o de danza, juegos y deportes, procesos de socialización y aculturación de grupos e individuos, sistemas identitarios de carácter grupal o de género y edad, formas de organización social e instituciones, actividades económicas tanto de tipo productivo como de distribución o transformación, modos de trabajo, ocupaciones y construcciones del espacio, aspectos de la alimentación y la salud, indumentarias y adornos ; u otras manifestaciones culturales que contribuyan a la comprensión y divulgación antropológica de la cultura popular de España.

2. Se valorará especialmente la calidad fotográfica y artística de los trabajos, como medio de comunicación y expresión plástica, y de manera singular que el tema tratado resulte de interés, ya sea por su relevancia etnográfica y para el estudio antropológico de las distintas culturas populares del Estado español, por referirse a culturas en contextos de crisis y cambio o poco conocidas, o por abordar situaciones de actualidad.

3. Los trabajos deberán ser originales e inéditos.

Séptimo. Presentación de los trabajos fotográficos.

1. Los trabajos fotográficos que se presenten al Certamen contendrán un reportaje de tres a cinco fotografías sobre el mismo tema.

2. El tamaño de las fotografías será de 24 a 30 centímetros (lado menor), por 30 a 40 centímetros (lado mayor).

3. Las fotografías, cortadas a sangre sin ninguna clase o tipo de margen, orla y recuadro en el papel fotográfico, se presentarán sobre un cartón rígido del mismo tamaño que la fotografía, sin pegar, sujetas con esquineras, y en su parte posterior llevarán la numeración y el lema que se elija para participar en el Certamen.

4. El trabajo guardará siempre el anonimato de sus autores, se presentará sin firma y bajo un lema identificativo. Además se acompañará de dos sobres identificados con el mismo lema elegido:

Un primer sobre, que se entregará abierto, contendrá una breve memoria explicativa del reportaje fotográfico desde un punto de vista antropológico, escrita a doble espacio y con una extensión mínima de una página y máxima de dos páginas. Asimismo, se acompañarán los datos técnicos del mismo (diafragma, velocidad, película, papel, etc.).

En un segundo sobre, que se entregará lacrado, se dirigirá escrito al Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales, solicitando participar en el concurso, conforme los requisitos exigidos por el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, al que el autor o los autores adjuntarán la siguiente documentación:

a) Datos personales del autor, domicilio, teléfono, fax, e-mail, etc.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad o documento acreditativo.

c) Currículum vitae del autor o autores que remiten el trabajo.

d) Declaración firmada aceptando expresamente las bases y condiciones del Certamen, garantizando que la obra no se halla pendiente del fallo de ningún otro premio y que el autor o autores tienen, directa o indirectamente, la libre disposición de todos los derechos de explotación en sus diferentes modalidades sobre su obra. Se hará constar, asimismo, en esta declaración, que el trabajo presentado no se ha publicado, expuesto o difundido de algún otro modo en España o en el extranjero.

5. El plazo de presentación de los trabajos será de dos meses a contar desde la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

6. Los trabajos fotográficos dirigidos al Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales podrán presentarse en el Museo Nacional de Antropología (sede, avenida Juan de Herrera, 2, 28040 Madrid) y en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Igualmente se podrán emplear cualesquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

Los candidatos podrán solicitar de los Registros de los organismos, que se mencionan, recibo que acredite la fecha de presentación de sus trabajos fotográficos.

Octavo. Jurado.

1. El Jurado será designado por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales y estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales o persona en quien delegue.

Vocales:

Dos fotógrafos de reconocido prestigio profesional.

Tres expertos especializados en la temática del Certamen.

Secretario: Un funcionario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, designado por el Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales, que actuará con voz pero sin voto.

2. La Orden de designación del Jurado será publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

3. El funcionamiento del Jurado se regulará por las normas contenidas en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las gratificaciones correspondientes por sus trabajos de asesoramiento, con las limitaciones establecidas por la legislación vigente sobre incompatibilidades y, en su caso, los gastos de locomoción y alojamiento en que pudieran incurrir para el desarrollo de dichos trabajos.

Noveno. Resolución del Certamen.

1. El Jurado elevará la propuesta del fallo del Certamen y, en su caso, de las menciones honoríficas a través de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales al Ministro de Educación, Cultura y Deporte. El Certamen podrá ser declarado desierto en todas o algunas de sus categorías.

2. La Orden por la que se resuelva el Certamen se hará pública en la primera quincena del mes de diciembre.

Décimo. Obligaciones de los participantes.

1. Los participantes deberán comprometerse, en el propio escrito de presentación al Certamen, a ceder los derechos de publicación y exposición de los trabajos fotográficos de una primera edición en el caso de que resultaran premiados o con menciones honoríficas. Este compromiso no implica la cesión o limitación de los derechos de propiedad intelectual de los autores de esos trabajos.

2. A los efectos de la percepción del importe económico del premio, sujeto a retención fiscal de acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 40/1998, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en el Reglamento de la misma (Real Decreto 1968/1999), los premiados deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

3. Los trabajos fotográficos no premiados serán devueltos a petición de los autores en el plazo de dos meses, una vez publicado el fallo del Jurado. Finalizado este plazo, los trabajos pasarán a formar parte de los fondos documentales del Museo Nacional de Antropología (sede, avenida Juan de Herrera, 2). Los trabajos premiados o con menciones honoríficas pasarán directamente a integrar los fondos documentales del Museo Nacional de Antropología (sede, avenida Juan de Herrera, 2).

4. La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales se reserva el derecho de publicar y exponer los trabajos premiados o con menciones honoríficas.

Undécimo. Recursos.-Contra la presente Orden y los actos que de ella derivan, por poner fin a la vía administrativa, sólo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

Duodécimo. Entrada en vigor.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 12 de septiembre de 2001.

DEL CASTILLO VERA

Excmo. e Ilmos. Sres. Secretario de Estado de Cultura, Subsecretario y Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/09/2001
  • Fecha de publicación: 03/10/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 04/10/2001
  • Fecha de derogación: 15/02/2007
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden CUL/327/2008, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2008-2653).
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Orden de 29 de julio de 1983.
Materias
  • Cultura
  • Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales
  • Fotografía
  • Premios

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