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Documento BOE-A-2001-18542

Resolución de 25 de septiembre de 2001, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se corrigen errores de la de 27 de julio, por la que se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo del grupo C, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública (CA 2/2001).

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 4 de octubre de 2001, páginas 36742 a 36744 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2001-18542

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 27 de julio de 2001, de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria, publicada en el "Boletín Oficial del

Estado" 213, de 5 de septiembre, se convocó concurso para la

provisión de puestos de trabajo del grupo C, especialidad de

Agentes de la Hacienda Pública (CA 2/2001).

Advertidos errores, se transcriben a continuación las siguientes

rectificaciones:

En la página 33307, número de orden 950, suprimir todo.

En la página 33324, a continuación del número de orden 1108,

añadir:

Código

defunciones

másimportantes

yrequisitos

Número

de

orden

Centro directivo,puestodetrabajo Número

puntos Localidad Grupo Nivel

Comp.

específicoanual

-Pesetas

Méritosespecíficos

Admon. Ag. Osuna

Área gestión

1109 Agente tributario N18. Osuna. C 18 561.288 651F10 Experiencia en puestos de trabajo similares en

el área de gestión tributaria. Experiencia en

las tareas propias de las Unidades de Gestión

de Módulos. Conocimientos de la

organización y de los procedimientos tributarios.

Área mixta

1110 Agente tributario N22. Osuna. C 22 684.288 492F12 Amplios conocimientos y experiencia en las

tareas propias de los Agentes de

Recaudación en el Área de Recaudación.

Admon. Ag. Utrera

Área gestión

1111 Agente tributario N16. Utrera. C 16 471.504 650F10 Experiencia en puestos de trabajo de similar

contenido.

1112 Agente tributario N18. Utrera. C 18 561.288 651F10 Experiencia en puestos de trabajo similares en

el Àrea de Gestión Tributaria. Experiencia

en las tareas propias de las Unidades de

Gestión de Módulos. Conocimientos de la

organización y de los procedimientos tributarios.

Área Recaudación

1113 Agente Recaudación N18. Utrera. C 18 561.288 015F12 Experiencia en puestos de trabajo similares en

el Área de Recaudación. Conocimientos de

la organización y de los procedimientos de

gestión recaudatoria.

Admon. Ag. Macareana

Área gestión

1114 Agente tributario N16. Sevilla. C 16 471.504 650F10 Experiencia en puestos de trabajo de similar

contenido.

En consecuencia, los puestos números de orden 115 y 116 quedan convocados en la Administración de la Agencia de Macarena.

En la página 33420, a continuación del número de orden 1959, añadir:

Código

defunciones

másimportantes

yrequisitos

Número

de

orden

Centro directivo,puestodetrabajo Número

puntos Localidad Grupo Nivel

Comp.

específicoanual

-Pesetas

Méritosespecíficos

Oficina Nacional de Inspección

Equipos de inspección

1960 Agente tributario N16. Las

Palmas G.

Canaria.

C 16 471.504 650F11 Experiencia en puestos de trabajo de similar

contenido.

Como continuación de los anexos I y I bis, añadir:

Códigos

defunciones

másimportantes

yrequisitos

Denominaciónpuesto Descripción

Agente tributario N22. 457F10 Desempeño de las tareas de mayor complejidad que corresponden a los Agentes

tributarios en el Área de Gestión Tributaria.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

457F11 Las establecidas en el apartado 8 de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de

funciones a la Insp. de los Trib. en el ámbito de la competencia del Departamento

de Insp. Fin. y Trib. ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y preferentemente coordinar

actuaciones de Agentes del Área y colaborar en actuaciones de comprobación o

prueba de mayor complejidad.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

457F56 Control y tramitación de expedientes judiciales. Control y tramitación informática de

expedientes jurídicos y procesales. Funciones de gestión de oficina y apoyo en temas

procesales.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

Agente tributario N20. 456F10 Desempeño de las tareas de mayor complejidad que corresponden a los Agentes

tributarios en el Área de Gestión Tributaria.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

456F11 Las establecidas en el apartado 8 de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de

funciones a la Insp. de los Trib. en el ámbito de la competencia del Departamento

de Insp. Fin. y Trib. ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y preferentemente colaborar

en el análisis del cumplimiento de obligaciones formales y seguimiento administrativo

de expedientes.

Especialidad de Agentes de la Hacienda pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

456F56 Control y tramitación de expedientes judiciales. Control y tramitación informática de

expedientes jurídicos y procesales. Funciones de gestión de oficina y apoyo en temas

procesales.

Especialidad de Agentes de la Hacienda pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

Agente tributario N18. 651F10 Visitas selectivas o generales a contribuyentes que inician la actividad y actuaciones

específicas sobre contribuyentes seleccionados para comprobaciones especiales y

contribuyentes en estimación objetiva de sectores determinados. Depuración censal,

notificaciones y otras tareas de asistencia, información, toma de datos y verificación

y control.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

651F11 Las establecidas en el apartado 8 de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de

funciones a la Insp. de los Trib. en el ámbito de la competencia del Departamento

de Insp. Fin. y Trib. ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y preferentemente colaborar

en la práctica de actuaciones previas a la selección de contribuyentes y tratamiento

de datos e información.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

651F56 Control y tramitación de expedientes judiciales. Control y tramitación informática de

expedientes jurídicos y procesales. Funciones de gestión de oficina y apoyo en temas

procesales.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

Agente tributario N16. 650F10 Visitas generales a contribuyentes que inician la actividad y actuaciones específicas

respecto de contribuyentes en estimación objetiva de sectores determinados.

Depuración censal, notificaciones y otras tareas de asistencia, información, toma de datos,

regularización de contribuyentes en estimación objetiva y verificación y control.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

650F11 Las establecidas en el apartado ocho de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de

la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución

de funciones a la Insp. de los Trib. en el ámbito de la competencia del Departamento

de Insp. Fin. y Trib. ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y preferentemente la

captación masiva de información con trascendencia tributaria y normalización de datos

para tratamiento informático.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

Códigos

defunciones

másimportantes

yrequisitos

Denominaciónpuesto Descripción

650F56 Control y tramitación de expedientes judiciales. Control y tramitación informática de

expedientes jurídicos y procesales. Funciones de gestión de oficina y apoyo en temas

procesales.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

Agente Recaudación N22. 492F12 Desempeño de las tareas y funciones de mayor complejidad entre las correspondientes

a Agentes de la Hacienda Pública en el ámbito de la gestión recaudatoria.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

Agente Recaudación N20. 491F12 Desempeño de las tareas y funciones de mayor complejidad entre las correspondientes

a Agentes de la Hacienda Pública en el ámbito de la gestión recaudatoria.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

Agente Recaudación N18. 015F12 Preparación y ejecución material de mandamiento de órdenes de ejecución de garantías

existentes u ofrecidas por el deudor. Actuaciones preparatorias de requerimientos

de información a terceros y las descritas para los puestos de Agente Recaudación N16.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

Agente Recaudación N16. 014F12 Actuaciones de carácter administrativo y las propias correspondientes a la gestión

recaudatoria: Notificaciones, actuaciones de investigación, consulta de bases de

datos, tramitación de aplazamientos, embargos, diligencias y constancia de hecho

y propuesta de resolución de recursos. Tramitación de expedientes de gestión

recaudatoria.

Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo

de la Administración del Estado.

En la página 33421, suprimir todo.

Las nuevas solicitudes de participación, así como las

modificaciones que pudieran producirse en las ya presentadas, como

consecuencia de la presente corrección de errores, se presentarán

en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día

siguiente al de su publicación, en los mismos términos y condiciones

que establecía la Resolución de 27 de julio de 2001.

Esta ampliación del plazo de presentación de instancias se

entenderá a esos únicos efectos, siendo la fecha de referencia

para cualquier valoración de méritos o requisitos la establecida

en la inicial publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de 5

de septiembre de 2001.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de

reposición, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el

Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir

del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado", ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo,

no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 25 de septiembre de 2001.-P. D. (Resolución de 24

de junio de 1999, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio), el

Director general, Salvador Ruiz Gallud.

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