Por Resolución de 27 de julio de 2001, de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, publicada en el "Boletín Oficial del
Estado" 213, de 5 de septiembre, se convocó concurso para la
provisión de puestos de trabajo del grupo C, especialidad de
Agentes de la Hacienda Pública (CA 2/2001).
Advertidos errores, se transcriben a continuación las siguientes
rectificaciones:
En la página 33307, número de orden 950, suprimir todo.
En la página 33324, a continuación del número de orden 1108,
añadir:
Código
defunciones
másimportantes
yrequisitos
Número
de
orden
Centro directivo,puestodetrabajo Número
puntos Localidad Grupo Nivel
Comp.
específicoanual
-Pesetas
Méritosespecíficos
Admon. Ag. Osuna
Área gestión
1109 Agente tributario N18. Osuna. C 18 561.288 651F10 Experiencia en puestos de trabajo similares en
el área de gestión tributaria. Experiencia en
las tareas propias de las Unidades de Gestión
de Módulos. Conocimientos de la
organización y de los procedimientos tributarios.
Área mixta
1110 Agente tributario N22. Osuna. C 22 684.288 492F12 Amplios conocimientos y experiencia en las
tareas propias de los Agentes de
Recaudación en el Área de Recaudación.
Admon. Ag. Utrera
Área gestión
1111 Agente tributario N16. Utrera. C 16 471.504 650F10 Experiencia en puestos de trabajo de similar
contenido.
1112 Agente tributario N18. Utrera. C 18 561.288 651F10 Experiencia en puestos de trabajo similares en
el Àrea de Gestión Tributaria. Experiencia
en las tareas propias de las Unidades de
Gestión de Módulos. Conocimientos de la
organización y de los procedimientos tributarios.
Área Recaudación
1113 Agente Recaudación N18. Utrera. C 18 561.288 015F12 Experiencia en puestos de trabajo similares en
el Área de Recaudación. Conocimientos de
la organización y de los procedimientos de
gestión recaudatoria.
Admon. Ag. Macareana
Área gestión
1114 Agente tributario N16. Sevilla. C 16 471.504 650F10 Experiencia en puestos de trabajo de similar
contenido.
En consecuencia, los puestos números de orden 115 y 116 quedan convocados en la Administración de la Agencia de Macarena.
En la página 33420, a continuación del número de orden 1959, añadir:
Código
defunciones
másimportantes
yrequisitos
Número
de
orden
Centro directivo,puestodetrabajo Número
puntos Localidad Grupo Nivel
Comp.
específicoanual
-Pesetas
Méritosespecíficos
Oficina Nacional de Inspección
Equipos de inspección
1960 Agente tributario N16. Las
Palmas G.
Canaria.
C 16 471.504 650F11 Experiencia en puestos de trabajo de similar
contenido.
Como continuación de los anexos I y I bis, añadir:
Códigos
defunciones
másimportantes
yrequisitos
Denominaciónpuesto Descripción
Agente tributario N22. 457F10 Desempeño de las tareas de mayor complejidad que corresponden a los Agentes
tributarios en el Área de Gestión Tributaria.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
457F11 Las establecidas en el apartado 8 de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de
funciones a la Insp. de los Trib. en el ámbito de la competencia del Departamento
de Insp. Fin. y Trib. ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y preferentemente coordinar
actuaciones de Agentes del Área y colaborar en actuaciones de comprobación o
prueba de mayor complejidad.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
457F56 Control y tramitación de expedientes judiciales. Control y tramitación informática de
expedientes jurídicos y procesales. Funciones de gestión de oficina y apoyo en temas
procesales.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Agente tributario N20. 456F10 Desempeño de las tareas de mayor complejidad que corresponden a los Agentes
tributarios en el Área de Gestión Tributaria.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
456F11 Las establecidas en el apartado 8 de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de
funciones a la Insp. de los Trib. en el ámbito de la competencia del Departamento
de Insp. Fin. y Trib. ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y preferentemente colaborar
en el análisis del cumplimiento de obligaciones formales y seguimiento administrativo
de expedientes.
Especialidad de Agentes de la Hacienda pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
456F56 Control y tramitación de expedientes judiciales. Control y tramitación informática de
expedientes jurídicos y procesales. Funciones de gestión de oficina y apoyo en temas
procesales.
Especialidad de Agentes de la Hacienda pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Agente tributario N18. 651F10 Visitas selectivas o generales a contribuyentes que inician la actividad y actuaciones
específicas sobre contribuyentes seleccionados para comprobaciones especiales y
contribuyentes en estimación objetiva de sectores determinados. Depuración censal,
notificaciones y otras tareas de asistencia, información, toma de datos y verificación
y control.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
651F11 Las establecidas en el apartado 8 de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de
funciones a la Insp. de los Trib. en el ámbito de la competencia del Departamento
de Insp. Fin. y Trib. ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y preferentemente colaborar
en la práctica de actuaciones previas a la selección de contribuyentes y tratamiento
de datos e información.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
651F56 Control y tramitación de expedientes judiciales. Control y tramitación informática de
expedientes jurídicos y procesales. Funciones de gestión de oficina y apoyo en temas
procesales.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Agente tributario N16. 650F10 Visitas generales a contribuyentes que inician la actividad y actuaciones específicas
respecto de contribuyentes en estimación objetiva de sectores determinados.
Depuración censal, notificaciones y otras tareas de asistencia, información, toma de datos,
regularización de contribuyentes en estimación objetiva y verificación y control.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
650F11 Las establecidas en el apartado ocho de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución
de funciones a la Insp. de los Trib. en el ámbito de la competencia del Departamento
de Insp. Fin. y Trib. ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y preferentemente la
captación masiva de información con trascendencia tributaria y normalización de datos
para tratamiento informático.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Códigos
defunciones
másimportantes
yrequisitos
Denominaciónpuesto Descripción
650F56 Control y tramitación de expedientes judiciales. Control y tramitación informática de
expedientes jurídicos y procesales. Funciones de gestión de oficina y apoyo en temas
procesales.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Agente Recaudación N22. 492F12 Desempeño de las tareas y funciones de mayor complejidad entre las correspondientes
a Agentes de la Hacienda Pública en el ámbito de la gestión recaudatoria.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Agente Recaudación N20. 491F12 Desempeño de las tareas y funciones de mayor complejidad entre las correspondientes
a Agentes de la Hacienda Pública en el ámbito de la gestión recaudatoria.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Agente Recaudación N18. 015F12 Preparación y ejecución material de mandamiento de órdenes de ejecución de garantías
existentes u ofrecidas por el deudor. Actuaciones preparatorias de requerimientos
de información a terceros y las descritas para los puestos de Agente Recaudación N16.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
Agente Recaudación N16. 014F12 Actuaciones de carácter administrativo y las propias correspondientes a la gestión
recaudatoria: Notificaciones, actuaciones de investigación, consulta de bases de
datos, tramitación de aplazamientos, embargos, diligencias y constancia de hecho
y propuesta de resolución de recursos. Tramitación de expedientes de gestión
recaudatoria.
Especialidad de Agentes de la Hacienda Pública del Cuerpo General Administrativo
de la Administración del Estado.
En la página 33421, suprimir todo.
Las nuevas solicitudes de participación, así como las
modificaciones que pudieran producirse en las ya presentadas, como
consecuencia de la presente corrección de errores, se presentarán
en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de su publicación, en los mismos términos y condiciones
que establecía la Resolución de 27 de julio de 2001.
Esta ampliación del plazo de presentación de instancias se
entenderá a esos únicos efectos, siendo la fecha de referencia
para cualquier valoración de méritos o requisitos la establecida
en la inicial publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de 5
de septiembre de 2001.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de
reposición, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el
Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir
del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado", ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo,
no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 25 de septiembre de 2001.-P. D. (Resolución de 24
de junio de 1999, "Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio), el
Director general, Salvador Ruiz Gallud.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid