Con el fin de atender las necesidades de personal de
Administración y Servicios de esta Universidad, este Rectorado, en uso
de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 50.1 de
los Estatutos de la Universidad Carlos III, de Madrid, aprobados
por Decreto 197/1995, de 13 de julio, de la Comunidad de Madrid
("Boletín Oficial del Estado" número 183, de 2 de agosto) ; dentro
del marco de lo dispuesto por el artículo 3.2.e) de la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y de
conformidad con lo establecido por el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General
de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado,
ha resuelto convocar proceso selectivo para el ingreso en la Escala
de Gestión, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir treinta y
cuatro plazas por el sistema de promoción interna.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación:
La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública ; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal
al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado y las bases de
esta convocatoria.
1.3 Tanto el programa que ha de regir las pruebas como el
proceso selectivo, que constará de una fase de concurso y una
fase de oposición, son los aprobados por Resolución de 14 de
septiembre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de octubre).
1.4 El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir
de 1 de marzo de 2001.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a
la función pública y en particular:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el
ejercicio de las funciones propias de las plazas objeto de esta
convocatoria.
d) Titulación académica: Estar en posesión del título de
Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o
en condiciones de obtenerlo o tener una antigüedad mínima de
diez años en un Cuerpo o Escala del grupo D o una antigüedad
de cinco años y la superación de un curso específico en la fecha
en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas
por sentencia judicial firme.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán estar
en situación de activo, pertenecer el día de la publicación de la
presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" a Cuerpos
o Escalas de Auxiliar Administrativo (grupo D), tener destino en
la Universidad Carlos III, de Madrid, poseer una antigüedad de,
al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que se pertenezca
y reunir todos los demás requisitos exigidos.
Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en
algunos de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados serán
computables a efectos de antigüedad para participar por
promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requsitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2
deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación
de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán
hacerlo constar mediante instancia, en el modelo que se acompaña
como anexo I a la presente convocatoria, que se facilitará en el
Registro General de la Universidad Carlos III, de Madrid (calle
Madrid, 126, de Getafe, 28903 Madrid ; calle Butarque, 15, de
Leganés, 28911 Madrid, o en la avenida de la Universidad
Carlos III, número 22, 28270 Colmenarejo), y en la Dirección General
de la Función Pública, calle María de Molina, 50, de Madrid, del
Ministerio de Administraciones Públicas.
3.2 Las solicitudes se dirigirán al magnífico y excelentísimo
señor Rector de la Universidad Carlos III, de Madrid, en el plazo
de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el
Registro General de la Universidad Carlos III, de Madrid (calle
Madrid, 126, de Getafe, 28903 Madrid ; calle Butarque, 15, de
Leganés, 28911 Madrid, o en la avenida de la Universidad
Carlos III, número 22, 28270 Colmenarejo), en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administratrivo Común.
3.4 Los derechos de examen serán de 1.250 pesetas. Estos
derechos se ingresarán bien directamente o mediante transferencia
bancaria en BBV-Argentaria, banco 0182, oficina 9059, Getafe
(Madrid), D.C. 29, en la cuenta corriente 0203893031 de la
Universidad Carlos III, de Madrid, realizando el ingreso en concepto
de "Pruebas selectivas promoción interna, Escala Administrativa,
Universidad Carlos III".
En la solictud deberá figurar el sello de la entidad bancaria
o Caja de Ahorros a través de la cual se realiza el ingreso a la
cuenta indicada. La falta de pago de los derechos de examen
determinará la exclusión definitiva del aspirante.
En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 A la instancia se adjuntará la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Resguardo de la transferencia bancaria efectuada, si el
ingreso de los derechos de examen se ha realizado en entidad
bancaria diferente a la señalada en la base 3.4. En todo caso,
en la solicitud figurará el sello de la entidad bancaria en la que
se ha efectuado el ingreso.
c) Para la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, deberán presentar, unida a su solicitud, certificación
expedida por el Servicio de Recursos Humanos ajustada al modelo
que figura como anexo II de esta convocatoria, así como cuanta
documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los
méritos señalados en el anexo I de la Resolución de 14 de
septiembre de 2000 ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de octubre).
3.6 En la solicitud se consignarán necesariamente los
siguientes datos:
En el apartado 1, "Cuerpo o Escala", se hará constar la
denominación de la Escala objeto de esta convocatoria: Administrativa.
En el apartado 3, "Forma de acceso", se consignará "P" para
promoción interna.
En el recuadro "datos a consignar según las bases de la
convocatoria", apartado A), se deberá consignar el grupo de materias
elegidos por el aspirante para la segunda parte del único ejercicio.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo
establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes.
3.9 Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición
de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida,
justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Rector de la Universidad dictará en el plazo de un mes Resolución
en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas. En
esta Resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
figurarán los aspirantes excluidos, con indicación expresa de la
causa de exclusión, la fecha y lugar de celebración del primer
ejercicio de la oposición, así como los centros donde estarán
expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos
y excluidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de las listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión
de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión, justificando
su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 La Resolución que eleve a definitivas las listas de
admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, contra la misma, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid en el plazo de dos meses desde su publicación.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio,
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la
realización de las pruebas selectivas.
5. Procedimiento de selección
5.1 El procedimiento de selección por el sistema de
promoción interna constará de dos fases: Fase de oposición y fase de
concurso.
5.1.1 Fase de oposición:
Los ejercicios a realizar por los aspirantes se especifican en
la Resolución de 14 de septiembre de 2000 ("Boletín Oficial del
Estado" de 5 de octubre), punto primero del anexo I.
El ejercicio único de la fase de oposición tendrá el carácter
de eliminatorio, de tal modo que la no superación del mismo
supondrá para los aspirantes la imposibilidad de continuar el proceso
selectivo.
5.1.2 Fase de concurso:
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.
Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. En esta fase se valorarán los méritos
acreditados por los aspirantes, de conformidad con el baremo
fijado en la Resolución de 14 de septiembre de 2000 ("Boletín Oficial
del Estado" de 5 de octubre), anexo I, punto II. En ningún caso,
los puntos obtenidos en esta fase podrán ser computados para
superar los ejercicios que se hayan realizado en la fase de
oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos alegados, será requisito
necesario e imprescindible que los aspirantes aporten junto con
la solicitud certificación expedida por el Servicio de Recursos
Humanos ajustada al modelo que figura como anexo II de esta
convocatoria, así como cuanta documentación estimen oportuna
para la mejor valoración de los méritos tal y como se establece
en la base 3.5 de la presente convocatoria.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará
como fecha límite para su cómputo la de finalización del plazo
de presentación de las solicitudes de participación en las presentes
pruebas selectivas.
5.1.3 Valoración final:
La valoración final del proceso selectivo vendrá dada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases (concurso
y oposición), no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de
ellas, un número mayor de personas que el total de plazas
convocadas.
Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna
de las plazas convocadas, será necesario superar el ejercicio de
la fase de oposición, y encontrarse, una vez sumadas las
puntuaciones de la fase de concurso, en un número de orden no
superior al número de plazas convocadas en cada grupo.
En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas
la fase de concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante
con:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.
c) Mayor puntuación en la valoración de los méritos de la
fase de concurso que aparezca enunciado en primer lugar y así
sucesivamente de persistir la igualdad. Si una vez aplicadas estas
reglas no se ha omitido el empate, éste se resolverá finalmente
por sorteo entre los aspirantes elegidos.
6. Tribunal Calificador
6.1 El Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas
estará compuesto del siguiente modo: El Gerente, cuatro Vocales
designados por el Rector, entre funcionarios de carrera
pertenecientes a Cuerpos o Escalas con nivel de titulación igual o superior
al exigido para el acceso a esta Escala, uno de ellos a propuesta
de la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios
de la Universidad Carlos III, de Madrid, y un funcionario del área
de personal que actuará como Secretario, con voz, pero sin voto.
Se designará un número igual de miembros suplentes.
6.2 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33.2 del
Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, de Indemnizaciones por
Razones del Servicio, el Tribunal tendrá la categoría tercera.
6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá
solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no
hallarse incursos en las circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran algunas de las circunstancias previstas
en el párrafo anterior. Con anterioridad a la iniciación de las
pruebas selectivas la autoridad convocante publicará en el "Boletín
Oficial del Estado" Resolución por la que se nombre a los nuevos
miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la
base 6.3.
6.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes lo sustituyan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer
ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
6.5 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, a partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá de la presencia de la mayoría de sus miembros,
titulares o suplentes.
6.6 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá
las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas normas,
así como la actuación que proceda en los casos no previstos.
En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
6.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Carlos
III, de Madrid (calle Madrid, 126, 28903 Getafe, Madrid, teléfonos
624 93 32 y 624 93 38). El Tribunal dispondrá que en esta sede,
al menos, una persona, miembro o no del Triubnal, atienda cuantas
cuestiones sean planteadas, en relación con estas pruebas
selectivas.
6.9 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo anterior, de conformidad con lo
establecido en el artículo 18.5 de la Ley 30/1984, en su nueva
redacción dada por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, será
nula de pleno derecho.
7. Calendario y desarrollo de los ejercicios
7.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "B", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, de 23 de febrero de 2000 ("Boletín
Oficial del Estado" de 3 de marzo), por la que se publica el sorteo
celebrado el día 16 de febrero de 2000.
7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal para que acrediten su
personalidad.
7.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de
cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la
oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.4 De conformidad con lo establecido en la base 1.11, el
primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir
del 1 de marzo de 2001, publicándose en la misma Resolución
a la que se refiere la base 4.1, el lugar, fecha y hora de su
celebración, así como la composición expresa del Tribunal.
7.5 La publicación de los sucesivos anuncios se efectuará por
el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el ejercicio,
así como en la sede del Tribunal señalada en la base 6.10 y por
cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar
su máxima divulgación.
7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá
su exclusión al magnífico y excelentísimo señor Rector, dando
traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas
a los efectos procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía
administrativa, y, consiguientemente, el interesado podrá formular
el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos
meses, previa comunicación al Rector de la Universidad.
8. Listas de aprobados
8.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
públicas en el lugar o lugares de celebración del único ejercicio, así
como en la sede del Tribunal señalda en la base 6.10 y en aquellos
otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados,
por orden de puntuaciones alcanzadas, con indicación de su
documento nacional de identidad, en la que constarán las calificaciones
de cada uno de los ejercicios y la suma total. Se expresará,
asimismo, en dicha relación la puntuación de la fase de concurso.
8.2 El Presidente del Tribunal enviará copias certificadas de
las listas al Rector de la Universidad Carlos III, de Madrid, dichas
listas se publicarán en el "Boletín Oficial del Estado".
9. Presentación de documentos y nombramiento
como funcionario de carrera
9.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el
día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la relación definitiva de aprobados, los aspirantes que hayan
superado las presentes pruebas selectivas, presentarán, para su
nombramiento como funcionarios de carrera, en el Registro
General de esta Universidad (calle Madrid, 126, de Getafe, 28903
Madrid ; calle Butarque, 15, de Leganés, 28911 Madrid, o en la
avenida de la Universidad Carlos III, número 22, 28270
Colmenarejo), en escrito dirigido a la Dirección de Servicios de Recursos
Humanos y Organización, los siguientes documentos:
a) Una fotocopia del documento nacional de identidad o
acreditación equivalente, bien compulsada, bien acompañada del
original para su comprobación. En caso de formato antiguo del
documento nacional de identidad, una copia del número de
identificación fiscal.
b) Fotocopia del título académico, debidamente compulsada,
o acompañada del original para su comprobación y compulsa.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera,
y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
9.3 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la
presente base, el Rectorado de la Universidad Carlos III, de Madrid,
dictará resolución, vista la propuesta del Tribunal, en virtud de
la cual se adjudican a los aspirantes aprobados las plazas
convocadas. Esta resolución será objeto de publicación en la sede
de los Tribunales indicadas en la base 6.10.
9.4 Finalizado el proceso selectivo la autoridad convocante
procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante
Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
La toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará
en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación
de la Resolución citada en el "Boletín Oficial del Estado".
9.5 La jornada de trabajo será la establecida con carácter
general en la Universidad y el horario de la misma será el
establecido en la Unidad en la que se ubica la plaza.
9.6 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido
a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
10. Norma final
10.1 Los aspirantes por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria
y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin
perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado
para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos
necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo
lo no previsto en las bases.
10.2 Contra la presente convocatoria se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
el plazo de dos meses desde su publicación. Asimismo, cuantos
actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de
los Tribunales podrán ser impugnados por los interesados en los
casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Getafe, 22 de diciembre de 2000.-El Rector, P. D. (Resolución
de 9 de febrero de 1998), el Gerente, Rafael Zorrilla Torras.
Anexos (ver imágenes páginas 3306 y 3307).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid