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Documento BOE-A-2001-18977

Resolución de 9 de julio de 2001, de la Dirección General de Bienes y Actividades Culturales, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, los Molinos de Viento existentes en los parajes denominados "Cerro de la Paz", y "Sierra de los Molinos", en Campo de Criptana (Ciudad Real).

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2001, páginas 37641 a 37643 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2001-18977

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación técnica correspondiente, esta Dirección General de Bienes y Actividades Culturales ha acordado:

Primero.

Tramitar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de Sitio Histórico, el ámbito correspondiente a los Molinos de Viento existentes en los parajes denominados «Cerro de la Paz» y «Sierra de los Molinos», en Campo de Criptana (Ciudad Real).

Segundo.

Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Bienes y Actividades Culturales (calle Trinidad, número 8, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.

Hacer saber al Ayuntamiento de Campo de Criptana (Ciudad Real), que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho Sitio Histórico, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Bienes y Actividades Culturales).

Cuarto.

Notificar el presente acuerdo a los interesados; así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Quinto.

Promover la publicación del presente acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 9 de julio de 2001.−El Director general, Rafael López Martín de la Vega.

ANEXO
Descripción histórico-artística

El esfuerzo del hombre por diseñar máquinas y mejorar los modos de producción requiere de espacios que alberguen de modo satisfactorio estas actividades. Los molinos de viento son construcciones que dan testimonio de la actividad industrial en otras épocas, del esfuerzo humano por controlar las fuerzas de la naturaleza, y explotar sus recursos. Como reflejo de ese proceso de la historia industrial han permanecido algunos de estos edificios singulares o restos de ellos.

Los Molinos de Viento de Campo de Criptana, presiden los parajes de Campo de Criptana «Sierra de los Molinos» y «Cerro de la Paz».

Según el Catastro del Marqués de la Enseñada, de 1752, había más de 30 Molinos de Vientos en la «Sierra de los Molinos», de Campo de Criptana; eran los llamados: Poyatos, Pereo, Burillo, Paletas, Charquera, Alambique, Cana, Tahonillo, Castaño, Aburraco, Burlapobres, Infanto, Escribaniflo, Esteban, Lisado, Pilón, Burleta, Guindalero, Culebro, Gambalúas, Horno de Soba, Tardío, Condado, Huerta Mañana, Zaragüelles, Rana, Lagarto, Sardinero, Carcoma, Beneficio, Valera, Pinto y Cerrillo.

De los que existieron en otro tiempo, sólo se conservan diez. Tres de ellos, los denominados Sardinero (en el Cerro de la Paz), Burleta e Infanto, están ya declarados Bien de Interés Cultural por Real Decreto 3322/1978, de 7 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 30, de 3 de febrero de 1979). El resto, conocidos con los nombres de Cariari, Culebro, Inca Garcilaso, Lagarto, Pilón, Poyatos y Quimera, fueron construidos a partir de 1900. De otra parte, se conservan las ruinas de otros tres.

Se ha de señalar que, en virtud del artículo 23.2 de la Ley 4/1990, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha, fueron incoados los expedientes para la declaración como bienes de interés cultural de todos aquellos molinos de viento existentes en el territorio de Castilla-La Mancha con una antigüedad superior a los cien años.

Parece ser que el origen de los Molinos harineros de Viento está en la antigua Persia. En una referencia histórica datada en el año 1700 a.C., del Emperador Hammurabi, se cuenta de la utilización de la energía eólica en molinos. Allí se da cuenta de la fabricación de las aspas, atando las velas a los palos del rotor, y de la regulación de la velocidad de giro, que podría hacerse soltando o recogiendo vela.

Los molinos de viento empiezan a conocerse en occidente a partir de las Cruzadas, siendo en la Edad Media cuando se desarrollan en el área Mediterránea.

El tipo de molino criptanense es el denominado «de torre». En él resulta característico el modo de construcción, a base de piedra y cal blanqueada, con remate de cubierta de forma cónica, con armazón de madera. La planta es circular, con un grueso muro que soporta un techo giratorio para orientarse cara al viento. Es preciso generalizar algunas condiciones por las cuales se edificaron los molinos en estas tierras, como una zona bien azotada por el viento, un terreno llano, donde una pequeña prominencia proporcione una corriente continua de viento, así como una zona abundante de cereales en donde la escasez de agua sea la tónica climática, falta de arroyos y ríos con caudal constante.

Los molinos disponen de tres plantas, alojándose en la superior las dos piedras de moler. Se accede por una escalera que se apoya en la cara interior del muro cilíndrico. En las plantas inferiores se recogía la harina que bajaba por el canalón, por gravedad, y se realizaban las labores de cernido y envasado.

El molino típicamente manchego cuenta con cuatro aspas con vara central, cuatro o seis vergas naturales laterales paralelas y con quince o más travesaños. Este tipo de pala da una solidez que permite unas velas largas y estrechas.

El deslizamiento del techo giratorio es directo sobre hierros aparejados circularmente, la harina cae a un piso inferior, mediante conducto de madera. Cuando se necesitaba la máxima potencia de las palas y el rotor, se orientaban de cara al viento. Para obtener menos potencia o pararse, las aspas se colocaban en paralelo al viento. En esta maniobra jugaba un importante papel el palo gobierno, con el cual se movía toda la caperuza. El gobierno se sujetaba al borriquillo, que a su vez se sujetaba al suelo mediante los hitos de piedra, que rodeaban al molino por razones de los diferentes vientos. Sobre el nivel superior se solían abrir ventanucos cuadrados, simétricamente distribuidos y orientados a los vientos dominantes de la localidad: Mediodía, morescote, ábrego, ábrego hondo, toledano, matacabras, cierzo, solano hondo, solano alto y solano fijo.

Desde el siglo XVI los Molinos han venido comportando un avance importante en la economía del lugar; hasta mediados del siglo XX, en que dejaron de moler. Hoy en día han pasado a convertirse en señuelo de una de las páginas más gloriosas de la historia cervantina.

Al pie de la sierra existe una zona, por la que se accede a los molinos, formada por un conjunto urbano de casas populares encaladas, estrechas calles, con tramos de fuerte pendiente, resuelto en algunos casos con escalinatas; las viviendas son pequeñas, de una o dos plantas, con patios y corrales. Aquí se sitúan también unas típicas viviendas-cueva, que dan singularidad al conjunto.

Objeto de la declaración:

Sitio Histórico de los Molinos de Viento de Campo de Criptana (Ciudad Real), localizados en los parajes del «Cerro de la Paz» y «Sierra de los Molinos» (descrito en plano adjunto).

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