Visto el expediente de indulto de don Juan Pedro Sánchez González, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 29 de abril de 1998, como autor de un delito de robo, a la pena de tres años y seis meses de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996; a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de septiembre de 2001,
Vengo en conmutar a don Juan Pedro Sánchez González a la pena privativa de libertad impuesta, por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 21 de septiembre de 2001.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
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