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Documento BOE-A-2001-19593

Resolución de 28 de septiembre de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas para participar en la actividad de Centros de Educación Ambiental durante el año 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 20 de octubre de 2001, páginas 38633 a 38637 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-19593

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 21 de diciembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de enero de 1995) regula las actividades de los «Centros de Educación Ambiental», estableciéndose en su disposición segunda que el Ministerio de Educación y Ciencia convocará anualmente ayudas para participar en estas actividades. Dicha Orden fue modificada por Orden de 27 de noviembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 19 de diciembre).

Por su parte, la Orden de 8 de noviembre de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 15) establece las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a créditos presupuestarios del Ministerio de Educación y Ciencia y sus Organismos Autónomos.

Por otra parte, el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 30), aprobó el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

En virtud de lo anterior, he dispuesto:

Primero.

1. Se convocan ayudas para participar en las actividades programadas en los «Centros de Educación Ambiental» de Viérnoles (Cantabria) y Villardeciervos (Zamora), con cargo al Programa 423-C de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2002.

2. El importe máximo de cada ayuda será de 60,54 euros (10.072,50 pesetas) por alumno, para atender los gastos de alojamiento, manutención y desarrollo de la actividad. Los pagos se efectuarán en el caso del Centro de Educación Ambiental de Villardeciervos a la Comunidad Autónoma de Castilla y León y en el caso del Centro de Educación Ambiental de Viérnoles a la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través del Centro de Programas Educativos de Viérnoles quienes deberán acopiar la documentación correspondiente a la justificación del gasto y remitir a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa la certificación que acredite que el mismo se ha destinado a la finalidad prevista en la presente convocatoria, así como una relación de los alumnos beneficiarios de las ayudas concedidas.

3. El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el «Centro de Educación Ambiental» correrá a cargo de los interesados.

4. Durante su participación el alumnado y profesorado estará asistido por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil contratado, al efecto, por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

5. Los profesores serán en todo momento responsables del grupo de alumnos y participarán en el desarrollo de las actividades programadas. Cuidarán del correcto cumplimiento de las normas y horarios, así como del uso adecuado de las instalaciones.

Segundo.

Podrán participar en esta convocatoria, los alumnos de Centros docentes españoles que cursen: Educación Secundaria Obligatoria.

Tercero.

Cada «Centro» tiene capacidad para 50 alumnos y sus profesores. Desarrollarán sus actividades en períodos semanales de lunes por la mañana a sábado por la mañana de acuerdo con la siguiente distribución temporal:

a) Entre el 4 de marzo y el 8 de junio del 2002 para el alumnado de primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (doce-catorce años).

b) Entre el 30 de septiembre y el 30 de noviembre del 2002, para el alumnado de segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (catorce-dieciséis años).

A tal efecto se atenderá a la edad mayoritaria del alumnado que componga el grupo.

En el supuesto de solicitudes de grupos de alumnos con necesidades educativas especiales de tipo psíquico, o de diversificación, el Jurado de selección establecido en el artículo sexto podrá acordar la participación de alumnos con edad superior a la indicada, procurando en todo caso respetar en la medida de lo posible la distribución temporal expuesta.

Cuarto.

1. Para participar en esta actividad, el alumnado interesado deberá solicitarlo, a través de la Dirección de su Centro, formando un grupo de 25 alumnos con uno o dos profesores acompañantes, de los que habitualmente les imparten clase.

Los Centros de Educación Especial que participen deberán respetar la ratio profesor/alumno determinada por la Orden de 18 de septiembre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnado en la atención educativa de personas con necesidades educativas especiales, haciendo constar detalladamente cuál es el nivel de competencia de cada uno de los alumnos con discapacidad que participe en la actividad.

2. Los profesores acompañantes serán los responsables de la elaboración de un proyecto de participación de acuerdo con las orientaciones que figuran como anexo I.

En el mencionado proyecto se hará constar:

a) Los objetivos generales que se pretenden conseguir con la participación en el «Centro de Educación Ambiental» y su relación con el proyecto curricular de la etapa que cursan los alumnos.

b) Los centros de interés o temas sobre los que se vertebrará la actividad.

c) Previsión de actividades a realizar antes, durante y después de la participación.

3. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de noviembre de 2001, debiendo formalizarse en el modelo que aparece como anexo II a la presente Resolución.

4. Las solicitudes se remitirán a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa (calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid), presentándose bien directamente o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos, los registros de los Centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley.

En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

5. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Proyecto de participación al que se refiere el punto 2 del presente apartado.

b) Fotocopia del acta del Consejo Escolar del Centro, si se trata de Centros públicos o privados concertados o del Órgano Colegiado que lo sustituya en el caso de los Centros privados no concertados, y del apartado del Proyecto Educativo curricular o Programación General Anual del Centro en la que haga referencia a su participación en esta actividad.

6. La Dirección del Centro recabará y custodiará la autorización del padre, madre o tutor de cada uno de los alumnos participantes. (Modelo anexo III.)

Quinto.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común si la solicitud de iniciación no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose la misma previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán dirigirse a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, Servicio de Actividades de Alumnos, calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid. El expediente se identificará por el nombre del Centro de los alumnos solicitantes de la ayuda.

Sexto.

1. La selección de las solicitudes presentadas se realizará por un Jurado constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El Director General de Cooperación Territorial y Alta Inspección o persona en quien delegue.

Vicepresidente: La Subdirectora General de Becas y Promoción Educativa o persona en quien delegue.

Vocales: Un representante de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Un representante de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La Directora del «Centro de Educación Ambiental» de Villardeciervos (Zamora). El Director del «Centro de Educación Ambiental» de Viérnoles (Cantabria). Dos representantes de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa. Dos representantes de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección.

Secretario: Un funcionario del Servicio de Actividades de Alumnos.

2. Para la selección de centros se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Calidad del proyecto presentado: carácter innovador e interdisciplinar, contenido medioambiental e interés para los alumnos. Grado de participación de los mismos en su elaboración, originalidad, coherencia y posibilidad real de aplicación en el «Centro de Educación Ambiental» elegido para participar. Hasta un máximo de 6 puntos.

La no participación anterior de los Centros solicitantes en la actividad, o que ésta no se haya realizado en los últimos tres años. Hasta un máximo de 2 puntos.

Ubicación del Centro y contexto socioeconómico: entorno urbano y ambiente desfavorecido. Hasta un máximo de 2 puntos.

Séptimo.

De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados para que en el plazo de diez días aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que los aducidos por el interesado.

Octavo.

1. De acuerdo con la propuesta formulada por el Jurado de selección, el Director General de Cooperación Territorial y Alta Inspección por delegación del excelentísimo señor Secretario de Estado de Educación y Universidades, contenida en la Orden de 1 de febrero de 2001 («Boletín Oficial del Estado» del 9), resolverá la adjudicación de las ayudas antes del día 4 de marzo del 2002. Dicha Resolución, contendrá igualmente una relación de las solicitudes de reserva y una relación de solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión.

Una vez efectuada la adjudicación de las ayudas la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección enviará a los Centros seleccionados una comunicación junto con la documentación relativa al «Centro de Educación Ambiental» asignado. Si alguno de los alumnos que figuran en la solicitud de ayuda no pudiese participar en la actividad, el centro podrá proceder a su sustitución por otro del mismo curso. Igualmente, dicha Dirección General notificará a los centros solicitantes no adjudicatarios, la denegación de la ayuda.

2. La adjudicación de la ayuda para un período semanal concreto se realizará atendiendo a la puntuación obtenida en la valoración realizada por el jurado.

3. En el supuesto de que un mismo centro presente más de una solicitud, solamente se podrán adjudicar ayudas a más de un grupo de 25 alumnos en el caso de que participen en diferente «Centro de Educación Ambiental» o semana, con objeto de fomentar el contacto entre diferentes centros.

4. Posteriormente, la relación definitiva de centros adjudicatarios se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado».

Noveno.

La mencionada Resolución de adjudicación de ayudas que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante el Secretario de Estado de Educación y Universidades, o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Décimo.

Dentro de los treinta días siguientes a su participación, los profesores responsables de los grupos deberán elaborar una memoria que refleje los siguientes apartados:

1.° Grado de consecución de los objetivos y adecuación a las actividades realizadas.

2.° Descripción y desarrollo temporal de las actividades llevadas a cabo.

3.° Evaluación:

Infraestructura.

Organización del «Centro».

Grado de integración del proyecto propio con el del «Centro de Educación Ambiental».

Alumnado: Grado de integración y participación en las actividades.

Sugerencias y propuestas de mejora, en su caso.

Si se considera oportuno para un mejor entendimiento de los aspectos contemplados en la memoria, se pueden incluir trabajos de los alumnos, redacciones, guías de observación, cuadernos de campo, diarios de actividades, vídeos, etc.

La memoria deberá remitirse a la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid). Asimismo se enviará una copia de la misma al «Centro de Educación Ambiental» en el que el Centro haya participado.

Undécimo.

Las Administraciones Educativas podrán reconocer al profesorado participante las actividades de innovación con alumnos que se realicen al amparo de esta convocatoria.

Duodécimo.

Se autoriza a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional para dictar las instrucciones necesarias en desarrollo de la presente Resolución.

Decimotercero.

Contra esta Resolución se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Disposición final primera.

En todo lo no dispuesto en la presente Resolución serán de aplicación las normas vigentes en materia de becas y ayudas al estudio, considerándose iniciado el procedimiento por la presente convocatoria.

Disposición final segunda.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de septiembre de 2001.–El Secretario de Estado, P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), el Director general de Cooperación Territorial y Alta Inspección, Juan Angel España Talón.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Becas y Promoción Educativa.

ANEXO I
Orientaciones generales

1. Descripción del programa

La finalidad principal del Programa es el desarrollo de Proyectos de Educación Ambiental que propicien la adquisición de hábitos y conductas favorables parala defensa, conservación y mejora de la naturaleza, mediante el análisis de los problemas derivados de la relación del hombre con el medio.

Asimismo, trata de fomentar hábitos de vida saludable, constituyendo un recurso que facilite la incorporación de la educación ambiental y de otras enseñanzas transversales (educación para la salud, educación del consumidor, educación moral y cívica etc.) al currículo escolar.

Se desarrolla en los enclaves de Viérnoles (Cantabria) y Villardeciervos (Zamora).

2. Objetivos generales

Constituyen objetivos generales del Programa, entre otros, los siguientes:

2.1 Relacionar a los alumnos con el entorno físico y social, al tiempo que se fomenta el intercambio y la convivencia entre personas de distinta procedencias.

2.2 Conocer las técnicas y métodos más adecuados que respeten y ayuden a desenvolverse en un medio natural.

2.3 Estudiar las formas de relación con el entorno, desarrollando hábitos y actividades favorables para su defensa y conservación.

2.4 Analizar el impacto ambiental que las actividades humanas tienen sobre el medio.

2.5 Conocer, valorar y respetar el patrimonio cultural, artístico e histórico.

2.6 Fomentar en los alumnos participantes el uso enriquecedor del tiempo libre, y el aprovechamiento de las posibilidades de su entorno habitual.

2.7 Valorar los beneficios que suponen los hábitos de vida saludable: ejercicio físico, higiene y alimentación equilibrada.

3. Aspectos de metodología y diseño

3.1 En el proyecto se deben expresar con claridad los objetivos que se pretende conseguir con la participación del grupo, incidiendo en los relacionados con la Educación Ambiental.

3.2 Las actividades estarán en consonancia con los siguientes aspectos:

Análisis de los componentes del medio físico.

Acción del ser humano sobre el medio o acción antrópica.

Conservación y recuperación del medio.

Desarrollo tecnológico, formas y calidad de vida.

La salud y calidad de vida en relación con el medio.

Ecología y consumo.

Actividades en el medio natural.

Costumbres y tradiciones populares.

Convivencia y animación.

Cualquiera que pueda establecerse, de acuerdo con los objetivos generales y del desarrollo de la educación ambiental.

3.3 Como apoyo a las actividades anteriores, se desarrollarán diversos talleres:

En Viérnoles: Cartografía, consumo y alimentación, audiovisuales, flora y fauna, reciclaje, etnografía y juegos de simulación.

En Villardeciervos: Consumo y alimentación, audiovisuales, reciclaje, etnografía, expresión corporal y danzas, paisaje sonoro y visual, vivero yjuegos de simulación.

Además se podrán desarrollar talleres que previamente hayan sido diseñados, programados y recogidos en el proyecto de cada centro participante y que estén en relación con las actividades trabajadas.

3.4 El Proyecto reflejará, asimismo, las actividades preparatorias previas a la participación, tales como: información a los alumnos, selección de centros de interés, organización de los equipos de trabajo, preparación de material, conocimiento y aclaración de las normas del «Centro de Educación Ambiental».

3.5 El Proyecto incluirá además la previsión de las actividades posteriores a la participación, la evaluación de la experiencia y conclusiones finales.

3.6 Para la realización de las actividades los «Centros de Educación Ambiental» cuentan con los siguientes recursos materiales: cartográfico, audiovisual, de campo, de laboratorio, bibliográfico, de carpintería, de jardinería y huerto, así como diferente material didáctico, confeccionado específicamente para este Programa.

4. Datos generales sobre los centros de educación ambiental

4.1 Viérnoles.

El pueblo de Viérnoles está situado a 4 kilómetros de Torrelavega. En la actualidad tiene una población superior a los 3.000 habitantes. Mantiene una estructura agraria tradicional, aunque la proximidad con Torrelavega centro industrial y comercial, hace que parte de la población simultanee la actividad agrícola-ganadera con otras de distinta índole. El poblamiento es disperso, con viviendas unifamiliares y las construcciones son las típicas de la arquitectura rural, mostrando los distintos estilos propios de las épocas en que fueron construidas. Destaca la riqueza de algunas de ellas, reflejo de la presencia de linajes poderosos en la zona.

Viérnoles se sitúa en el valle del Besaya, río que atraviesa de sur a norte la región. Este valle se encuentra entre el Macizo de Cabuérniga y la Sierra del Escudo, y a ambos lados tiene los valles del Saja, al oeste, y del Pas-Pisueña, al este, de los que le separan cimas como las de Ibio (794 m) o Dobra (660 m).

El río Besaya, que atraviesa la Comarca, constituye el eje principal de la región. Su posición central y la configuración orográfica de la zona, han hecho que, desde antiguo, se haya formado a lo largo de su cauce la más importante vía de comunicación y transporte de mercancías hacia la Meseta, facilitando un importante crecimiento demográfico e industrial. El río Besaya desemboca, tras unir sus aguas a las del Saja, en Suances, a 12 kilómetros de Viérnoles y próximo a la desembocadura del Pas en el Parque Natural de Liencres.

La principal formación geológica que define el valle son los dos bloques levantados de areniscas triásicas, limitadas por grandes fallas laterales, además de algunas formaciones calizas características (macizo del Dobra).

Las formas dominantes en esta comarca son las fluviales, destacando la vega de Los Corrales de Buelna, formada por los aluviones y terrazas del río Besaya que en algunas zonas ha ocasionado profundos tajos formando las hoces de Bárcena y de Riocorvo que constituyen interesantes paisajes.

El fuerte poblamiento del valle, sobre todo en sus cursos medio y bajo (Los Corrales y Torrelavega), hacen que el río esté altamente contaminado. Este hecho, unido a los embalses existentes, lo han convertido en un río muy degradado.

El bosque autóctono ha sido sustituido en gran parte por prados de siega y por cultivos intensivos en la llanura aluvial. Las partes más altas están ocupadas por escasos restos de arbolado autóctono y por repoblaciones de «Pinus radiata» que conforman unas manchas de color verde oscuro muy delimitadas.

Cuando el cauce se encajona, las abruptas paredes aparecen cubiertas de bosque autóctono (fresno, avellano, haya, etc.) como sucede en las hoces de Bárcena.

En la parte alta del curso aparecen los bosques de hayas, intercalados con manchas de pastizal. Aquí el paisaje empieza a parecerse al castellano.

Mayor interés natural tienen los valles secundarios que presentan importantes manchas de robles y hayas distribuidas en sus altitudes correspondientes.

La fauna tiene menor interés debido a la fuerte alteración de los hábitats naturales de la mayoría de las especies. En la parte más alta existen aves rapaces y buitres y algunas especies silvestres como el zorro, el jabalí o la marta, que se refugian en las masas forestales que aún se conservan.

4.2 Villardeciervos.

El pueblo de Villardeciervos se encuentra situado en el noroeste de la provincia de Zamora, próximo a la frontera con Portugal, en la comarca natural de la Carballeda, zona de transición entre dos comarcas bien diferenciadas: Sanabria y Aliste, conservando características de ambas.

Ese carácter de transición se aprecia principalmente en el clima, participando del carácter oceánico y de montaña de Sanabria y del continental mediterranizado de Aliste. En consecuencia, los inviernos son fríos y húmedos, con la presencia esporádica de nieve; los veranos son secos y cálidos por el día y frescos por la noche; primavera y otoño son frescos y lluviosos.

Esta climatología predispone una hidrografía abundante y de régimen ligeramente irregular. De los ríos que atraviesan la comarca el más importante es el Tera; además hay numerosos arroyos y afluentes, como el Valdalla o el Negro, de limpias aguas, que cobijan abundante fauna piscícola, entre la que destaca la trucha común.

En las inmediaciones del pueblo se localizan tres embalses: el de Valparaíso, el de Cernadilla y el de Nuestra Señora del Agabanzal, que represan las aguas del Tera, siguiendo una línea paralela a la Sierra de la Culebra.

Gran parte de esta comarca está ocupada por vegetación arbórea y arbustiva, mezclada con zonas de pastizal. Una pequeña superficie se dedica al cultivo, fundamentalmente de secano, con pequeñas áreas de regadío.

La vegetación característica, que da nombre a la comarca, es el roble «carballo». Predomina, no obstante, el monte bajo, destacando en él los brezales, además de escobonales, tomillares yjarales.

En cuanto a la vegetación arbórea, además del carballo, en la Sierra de la Culebra se encuentran encinas, denominadas «carracas» o «carrapitos», en las zonas de menor altitud. Hacia el Noroeste y borde septentrional se observan manchones de castaños y abundantes bosques de rebollo; tanto uno como otro se hallan diseminados entre zonas de matorral y campos de cultivo.

En la Sierra de la Culebra son abundantes los bosques de pinos, consecuencia de la extensa repoblación forestal de la zona. Esta repoblación se está complementando con la de especies autóctonas –roble y castaño– y otras de carácter experimental –abedules y eucaliptos–.

En las inmediaciones de los núcleos de población aparecían olmedas, del tipo «negrillo», que se han secado afectadas por la grafiosis.

La fauna de esta Sierra está dominada por los grandes herbívoros. El corzo y el ciervo (éste último desaparecido y vuelto a introducir) abundan en zona de pinar, robledal y matorral, hábitat en el que ha proliferado en los últimos años el jabalí. Se cuenta con una de las mejores poblaciones de lobo a nivel nacional. Por todo ello, la Sierra de la Culebra está declarada como Reserva Nacional de Caza.

Además, conejos, perdices, liebres, tórtolas, palomas y un sinfín de especies pueblan estos montes y llanuras.

Las repoblaciones de pinos han creado nuevos hábitats en zonas inexistentes y de esta forma han permitido la colonización de nuevas especies adaptadas a vivir y explotar los recursos que les proporcionan estos bosques. Ejemplo de ello son el carbonero garrapinos, el herrerillo capuchino y el curioso piquituerto, que anidan en las copas de los pinos, mientras el aguilucho cenizo y la cogujada montesina proliferan en las áreas de matorral y pastizal.

Entre los reptiles hay que destacar la presencia de la víbora hocicuda, el lagarto ocelado y la culebra lisa europea.

Villardeciervos, con una población de 569 habitantes, en su mayoría dedicados a la agricultura y ganadería, guarda restos de un floreciente pasado, patente en su arquitectura popular, a base de piedra, lo que le ha valido la consideración por parte de la Junta de Castilla y León de Conjunto Histórico Monumental.

ANEXO II
Modelo de solicitud

Imagen: /datos/imagenes/disp/2001/252/19593_12965736_image1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2001/252/19593_12965736_image2.png

ANEXO III
Autorización paterna

Don/doña.........................................................................................

padre/madre/tutor de........................................................................

otorga su autorización para que participe en la actividad de «Centros de Educación Ambiental» organizada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y manifiesta su conocimiento de que en el caso de que se produjera algún incidente que aconsejara la interrupción del Programa, pueda regresar a su domicilio antes de la fecha prevista.

....................... a....de....................... de 2001

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