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Documento BOE-A-2001-20072

Resolución de 5 de octubre de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se conceden los premios "Miguel Hernández", edición 2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 2001, páginas 39434 a 39434 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-20072

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 9 de mayo de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 15), modificada por Orden de 31 de marzo de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de abril), fueron creados los premios «Miguel Hernández», dirigidos a reconocer la labor realizada por aquellas instituciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que se distingan por su aportación eficaz en la alfabetización de personas adultas y en favorecer el acceso ala educación de los grupos socialmente desfavorecidos.

La Secretaría de Estado de Educación y Universidades convocó los premios «Miguel Hernández», edición 2001, por Resolución de 23 de abril de 2001 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de mayo).

De acuerdo con los previsto en el apartado noveno de la citada convocatoria y examinada la propuesta formulada por la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, una vez estudiada la valoración realizada por el jurado de selección y previo preceptivo trámite de audiencia a los interesados, por esta Secretaría de Estado se ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Se conceden los premios «Miguel Hernández», edición 2001, a las siguientes candidaturas:

Primer premio, dotado con 1.000.000 de pesetas (6.010 12 euros) y una distinción acreditativa a la Asociación «Colectivo de Educación de Personas «Carmen Conde» de Murcia.

Segundo premio, dotado con 500.000 pesetas (3.005 06 euros) y una distinción acreditativa al Centro Municipal para la Educación de Personas Adultas «Miguel Hernández» de Torredonjimeno (Jaén).

Tercer premio, dotado con 250.000 pesetas (1.502 53 euros) y una distinción acreditativa la Universidad Popular de La Solana (Ciudad Real).

Segundo.

Los trabajos no premiados, cuya calidad ha sido reconocida por el Jurado, podrán ser recogidos por los interesados en la Subdirección General de Formación Profesional (Servicio de Educación de Adultos), en el plazo de treinta días hábiles, a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución.

Tercero.

El primer premio será la candidatura española a los Premios Internacionales de Alfabetización.

Cuarto.

Los trabajos galardonados quedarán en poder de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, que podrá difundirlos, considerando la calidad de los mismos y su carácter innovador en los aspectos didácticos o metodológicos.

Quinto.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Secretario de Estado de Educación y Universidades, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de octubre de 2001.–El Secretario de Estado, P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, «Boletín Oficial del Estado» del 9), el Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Mira Lema.

Ilmo. Sr. Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa.

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