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Por Orden de 10 de julio de 2001, de la Consejería de
Educación de la Comunidad de Madrid, se declaran aptas en la fase
de prácticas y aprobadas en los procedimientos selectivos de
ingreso del Cuerpo de Maestros, convocado por Orden del Ministerio
de Educación y Cultura, de 26 de abril de marzo de 1999, a
doña María Isabel García Blanco y doña María Isabel Izquierdo
Molina, aspirantes seleccionadas, en virtud de estimación de
recurso, que no habían sido evaluadas por no tener completada la
fase de prácticas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 38.1 del Real
Decreto 850/1993, de 4 de junio ("Boletín Oficial del Estado"
del 30); el artículo 17 de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles
del Estado, y el Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,
de atribuciones de competencias en materia de personal,
Este Ministerio, a propuesta de la Consejería de Educación
de la Comunidad de Madrid, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de
Maestros, especialidad Educación Infantil, a doña María Isabel García
Blanco, con Número de Registro de Personal 0655808524 A0597,
documento nacional de identidad 6.558.085 y una puntuación
de 7,2572, y a doña María Isabel Izquierdo Molina, con Número
de Registro de Personal 0288202457 A0597, documento nacional
de identidad 2.882.024 y una puntuación de 7,2153.
Segundo.-Las señoras García Blanco e Izquierdo Molina se
consideran ingresadas en el Cuerpo de Maestros con efectos de 1
de septiembre de 2000.
Tercero.-Contra esta Orden, que es definitiva en la vía
administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la
Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada
Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 16 de octubre de 2001.-La Ministra, P. D. (Orden
de 1 de febrero de 2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), la
Directora general de Programación Económica, Personal y
Servicios, Engracia Hidalgo Tena.
Ilma. Sra. Directora general de Programación Económica, Personal
y Servicios.
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