El artículo 29 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de
Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, configura la
Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras como un organismo
autónomo de la Administración General del Estado de los previstos
en la letra a) del apartado 1 del artículo 43 de la Ley 6/1997,
de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado. Goza de personalidad jurídica
propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus
funciones. Tiene patrimonio y tesorería propios.
Asimismo, la referida Ley 30/1995 dispone en su artículo 32.3
que "el nombramiento y cese del Presidente y de los Vocales
corresponde al Ministro de Economía, a propuesta del Director general
de Seguros y Fondos de Pensiones".
En su virtud y a propuesta de la Directora general de Seguros
y Fondos de Pensiones, he tenido a bien disponer el cese, a petición
propia, de don Miguel Ángel Cabo López como Presidente de la
Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, agradeciéndole
los servicios prestados, y el nombramiento como Presidenta de
la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras de doña
Concepción Bermúdez Meneses.
Madrid, 30 de octubre de 2001.-El Vicepresidente Segundo
y Ministro de Economía, P. D., el Secretario de Estado de
Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José
Folgado Blanco.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.
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