El Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, crea en la
Secretaría de Estado de Hacienda y adscrito al Secretario de
Estado, el Consejo para la Defensa del Contribuyente, para la mejor
defensa de los derechos y garantías del ciudadano en sus relaciones
con la Administración Tributaria del Estado.
La composición del Consejo se determina en el artículo cuarto
del Real Decreto, disponiendo que los Vocales serán nombrados
por el Ministro de Hacienda mediante la correspondiente Orden.
En su virtud, siendo procedente modificar las Órdenes por las
que se nombraron los Vocales miembros del Consejo para la
Defensa del Contribuyente, dispongo:
Primero.-Agradeciéndoles los servicios prestados, dejan de
formar parte como Vocales del Consejo para la Defensa del
Contribuyente los siguientes señores:
Don Estanislao Rodríguez-Ponga y Salamanca.
Don Gabriel Casado Ollero.
Doña Ana Muñoz Merino.
Don Rubén Candela Ramos.
Segundo.-A propuesta del Secretario de Estado de Hacienda
y oído al Director general de Tributos se nombra Vocal del Consejo
para la Defensa del Contribuyente a:
Don Miguel Ángel Sánchez Sánchez.
Tercero.-De acuerdo con lo previsto en el apartado 1.a) del
artículo cuarto del Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre,
en representación de sectores profesionales relacionados con el
ámbito tributario y de la sociedad en general, se nombran Vocales
miembros del Consejo para la Defensa del Contribuyente a las
siguientes personas:
Don Francisco Clavijo Hernández.
Don Eugenio Simón Acosta.
Don Leopoldo Pons y Albentosa.
Lo que comunico para su conocimiento, el de los interesados
y demás efectos.
Madrid, 6 de noviembre de 2001.
MONTORO ROMERO
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda.
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