Vista la petición interesada por la empresa «Eurobil, s.r.l.», domiciliada en vía Olona, 183/C, 21013 Gallarate-Varese (Italia), en solicitud de aprobación de modelo de una célula de carga, modelo EB, fabricada y comercializada por «Eurobil, s.r.l.».
De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratori General de Assaigs i Investigacions, con referencia 21017454, de 20 de septiembre de 2001,
Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 6 de julio de 1988, por la que se aprueba la Norma Metrológica de Células de Carga, ha resuelto:
Conceder la aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad «Eurobil, s.r.l.», de una célula de carga, modelo EB.
El signo de aprobación de modelo será:
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo, a que se refiere esta Resolución, llevarán las siguientes inscripciones de identificación en su placa de características:
Símbolo de clasificación. | C5↓ | C6↓ | — | |||||
Clase de precisión. | C | — | ||||||
Número máximo escalones, nmáx. | 5.000 | 6.000 | — | |||||
Dirección de carga. | Flexión | — | ||||||
Carga nominal, Ln. | 10 | 15 | 18 | 20 | 30 | 36 | 40 | kg |
Carga mínima, Lmín. | 0 | kg | ||||||
Escalón verificación mínimo, Vmín. | Ln/5.000 | Ln/18.000 | — | |||||
Límites de temperatura, BT. | –10 a +40 | °C |
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo del certificado de aprobación de modelo número 01-02.38.
Próximo a transcurrir el plazo de validez que se condede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, la oportuna prórroga de esta aprobación de modelo, de acuerdo con el artículo segundo del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.
Barcelona, 25 de septiembre de 2001.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña», de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.
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