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Documento BOE-A-2001-21778

Orden de 23 octubre 2001 de autorización a la entidad "Inisas, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", para ampliar la actividad aseguradora al riesgo de reembolso de gastos correspondiente al ramo de enfermedad.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2001, páginas 42699 a 42699 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2001-21778

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Inisas, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización para ampliar la actividad aseguradora al riesgo de reembolso de gastos correspondiente al ramo de enfermedad, número 2 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la citada Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que «Inisas, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» ha dado cumplimiento a lo establecido en la legislación vigente.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Autorizar a la entidad «Inisas, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» para ampliar la actividad aseguradora al riesgo de reembolso de gastos correspondiente al ramo de enfermedad, número 2 de la clasificación, establecida en la disposición adicional primera de la citada Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de octubre de 2001.–El Ministro, P. D. (Orden de 8 de noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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