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Documento BOE-A-2001-21783

Resolución de 16 de octubre de 2001, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se concede la aprobación del sistema de calidad a favor de la empresa "Giropès, Sociedad Limitada".

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2001, páginas 42702 a 42702 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2001-21783

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la empresa «Giropès, Sociedad Limitada» [calle F, parcelas 15-16, polígono industrial Empordà Internacional, 17469 Vilamalla, Girona (España)], en solicitud de aprobación del sistema de calidad para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático,

Vistos el manual de calidad y las instrucciones de trabajo de hasta donde son aplicables en esta empresa los aspectos metrológicos de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático,

Visto el certificado de la entidad de certificación y aseguramiento número 348/ER/06/00, referente a la certificación UNE-EN-ISO 9001:1994, para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático,

Vistos los certificados de calibración de las masas de trabajo propiedad de «Giropès, Sociedad Limitada», referentes a la trazabilidad de las masas patrón, para un alcance máximo de instrumentos de pesaje de 60.000 kilogramos,

Vistos los documentos aportados por la Declaración CE de conformidad: El certificado de conformidad, el certificado sobre los ensayos y de la primera fase y la declaración de conformidad.

De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones, con referencia 2108108, para el certificado de aprobación del sistema de calidad para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático,

Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 22 de diciembre de 1994, por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE, de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.

Conceder la aprobación del sistema de calidad de la entidad «Giropès, Sociedad Limitada», para instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, de alcance máximo de 60.000 kilogramos.

Segundo.

Los instrumentos verificados de acuerdo a la aprobación del sistema de calidad a la que se refiere esta Resolución deberán de cumplir todos los condicionamientos contenidos en los tres anexos del certificado de aprobación del sistema de calidad número E-01.02.SC02, que forman parte integrante de ese documento, y que constan de tres páginas. El sistemas de calidad queda completamente descrito en la documentación técnica presentada y se encuentra depositada en esta Dirección General con el número de referencia 42/01.

Tercero.

Constará como Jefe del sistema de calidad don Jordi Ribalta Busquets.

Cuarto.

Constará como Coordinador de los aspectos de metrología legal el don Jordi Ribalta Busquets.

Quinto.

Esta autorización será válida siempre que se mantengan las condiciones de aplicación del sistema de aseguramiento de la calidad, de acuerdo con lo que establece el anexo II de la Orden de 22 de diciembre de 1994. Ello significa que este certificado tendrá, como máximo, la misma validez que el certificado de la entidad de certificación y aseguramiento de certificación UNE-EN-ISO 9001:1994, número 348/ER/06/00. Validez máxima hasta el 20 de junio de 2003.

Sexto.

Próximo a trascurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial la oportuna prórroga de esta aprobación del sistema de calidad, de acuerdo con lo que establece la Orden de 22 de diciembre de 1994.

Contra la presente Resolución, que no finaliza la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada, ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día después de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.

Barcelona, 16 de octubre de 2001.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.

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