La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real,
en sentencia número 9/2000, de 23 de marzo, que adquirió
firmeza el 21 de agosto de 2001, condena a don Pedro José Mena
Pérez, funcionario del Cuerpo Auxiliar Postal y de
Telecomunicación, Escala de Clasificación y Reparto, A13TC-16367, como autor responsable de un delito continuado de malversación de
caudales públicos, sin concurrir circunstancias modificativas, a
la pena, entre otras, de inhabilitación absoluta durante seis años
y un día.
Como consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 37.1.d) de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del
Estado, de 7 de febrero de 1964, y artículo 105.uno de la Ley
13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social, en cuanto a los efectos de la pena de
inhabilitación absoluta, esta entidad dispone la pérdida de la
condición de funcionario de don Pedro José Mena Pérez.
Madrid, 19 de septiembre de 2001.-El Presidente, Alberto
Núñez Feijóo.
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