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Documento BOE-A-2001-22098

Resolución de 22 de octubre de 2001, de la Universidad de Alcalá, por la que se convocan a concurso de acceso plazas de profesorado de los Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 2001, páginas 43436 a 43437 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2001-22098

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria

("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre), y en el

artículo 2.º, 4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,

por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas

de los Cuerpos Docentes Universitarios ("Boletín Oficial del

Estado" de 26 de octubre), y a tenor de lo dispuesto en el artículo 110.4

del Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio, por el que se aprueban

los Estatutos de la Universidad de Alcalá ("Boletín Oficial del

Estado" de 30 de julio),

Este Rectorado, en uso de las competencias que le son

atribuidas por el artículo 150.2 de la misma, ha resuelto convocar

a concursos de acceso las plazas de profesorado de los Cuerpos

Docentes que se relacionan en el anexo de la presente Resolución.

Uno.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983 ; Real Decreto 1888/1984; Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio, que modifica y completa el anterior

("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio) ; Real

Decreto 1280/1985, y en lo previsto en la legislación general de

funcionarios civiles del Estado, tramitándose de forma independiente

cada una de las plazas convocadas.

Dos.-Para ser admitido a los citados concursos los aspirantes

deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

A) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida

en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de españoles y de nacionales de otros

Estados miembros de la Unión Europea, menores de veintiún años

o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, siempre que

no estén separados de derecho.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los

Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España.

B) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación legalmente establecida.

C) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por

sentencia judicial firme.

D) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad.

E) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a

la función pública.

Tres.-Deberán reunir además la condición específica que se

señala en el artículo 37 de la Ley Orgánica 11/1983, y en el

artículo 4.o, 1 del Real Decreto 1888/1984, y que, en resumen,

es la siguiente:

A) Estar en posesión del título de Doctor.

Los requisitos enumerados en este apartado y en el anterior

deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

Cuatro.-Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso

a alguna de las plazas convocadas remitirán la correspondiente

solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá, por cualquiera

de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la

Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

de 14 de enero). Las solicitudes que se presenten a través de

las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser

fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificada,

como señala el precitado artículo. Las solicitudes suscritas en el

extranjero podrán cursarse a través de las representaciones

diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días

hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado" de esta Resolución, mediante instancia (que

deberá ajustarse al modelo publicado en la página 28144 del

"Boletín Oficial del Estado" del día 31 de julio de 2001), debidamente

cumplimentada, junto con los documentos que acrediten reunir

los requisitos para participar en el concurso.

A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad o pasaporte. Los aspirantes que no posean

la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán

presentar dos fotocopias del documento que acredite su

nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo

de parentesco y el hecho de estar a cargo de un nacional de otro

Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán

presentar declaración jurada o promesa de no estar separados de

derecho de su cónyuge.

Quienes presten o hayan prestado servicios durante más de

dos años como Ayudantes en esta Universidad deberán acreditar,

mediante el correspondiente certificado, la correspondiente

excepción que contempla el artículo 37.4 de la Ley Orgánica 11/1983.

Los aspirantes deberán justificar haber abonado en el Banco

Santander, a la cuenta número 0049/5175/74/2010229000

(Universidad de Alcalá, calle Libreros, 19, Alcalá de Henares),

la cantidad de 5.040 pesetas (30 euros) en concepto de derechos

de examen, bien directamente o mediante transferencia bancaria,

haciendo constar el nombre y apellidos del interesado y plaza

a la que concursa. Asimismo, deberá adjuntar a la solicitud copia

de dicho justificante.

Estarán exentas de abonar los derechos de examen dispuestos

anteriormente los aspirantes con discapacidad igual o superior

al 33 por 100, así como aquellos que se encuentren en la situación

de desempleo de forma ininterrumpida durante el mes anterior

a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Para este caso, deberán acompañar a la solicitud alguno de los

siguientes documentos:

Certificado acreditativo expedido por INEM en el que se haga

constar los términos antes expresados.

Certificado acreditativo de la vida laboral expedido por el INSS

en el que se haga constar que no ha estado de alta durante el

plazo antes señalado.

Cinco.-Finalizado el plazo de presentación de instancias, el

Rector de la Universidad de Alcalá remitirá a todos los aspirantes

(por cualquiera de los procedimientos establecidos en la

Ley 4/1999) la relación provisional completa de aspirantes

admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra

dicha Resolución, aprobando la lista provisional de aspirantes

admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar

reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles a contar

desde el día siguiente al de la notificación de la misma.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen

el defecto determinante de la exclusión, justificando su derecho

a ser incluidos en la relación definitiva de aspirantes admitidos,

serán definitivamente excluidos en la realización de las pruebas.

Seis.-Dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la

constitución de la Comisión, el Presidente -previa consulta a los

restantes miembros de la misma- dictará una resolución que

deberá ser notificada a todos los interesados (tanto miembros titulares

de la Comisión -y, en su caso, a los suplentes necesarios-, como

a los aspirantes admitidos a participar en el concurso), con una

antelación mínima de quince días naturales respecto a la fecha

del acto para el que se le cita.

Siete.-En el acto de presentación los concursantes entregarán

al Presidente de la Comisión la documentación señalada en el

artículo 9 del Real Decreto 1427/1986.

Ocho.-Los candidatos propuestos para la provisión de las

plazas deberán presentar, en la Secretaría General de la Universidad,

en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la

actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados

en el artículo 38 de la Ley 4/1999, los siguientes documentos:

A) Documento nacional de identidad y fotocopia de éste para

su compulsa.

B) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de

Universidad, expedida por la Dirección Provincial o Consejería,

según proceda, competente en la materia de sanidad.

C) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño

de funciones públicas por sentencia judicial firme.

Los que tuvieren la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan acreditativa de su condición de funcionarios y

cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Nueve.-Los aspirantes, por el hecho de participar en la

presente prueba selectiva, se someten a las bases de esta convocatoria

y a las decisiones que adopte la Comisión correspondiente, sin

perjuicio de que puedan interponer los recursos que correspondan.

Esta Resolución, así como cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de las actuaciones de las Comisiones, podrá

ser recurrida en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos

meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o

publicación del acto, ante los Juzgados de lo

Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de lo anterior, igualmente, podrá

ser recurrida potestativamente en reposición ante este Rectorado,

en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente

o se haya producido la desestimación presunta del recurso de

reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, 22 de octubre de 2001.-El Rector, Manuel

Gala Muñoz.

ANEXO

Universidad de Alcalá

1. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares

de Universidad. Área de conocimiento: "Ingeniería Química".

Departamento al que está adscrita: Química Analítica e

Ingeniería Química. Perfil: Ingeniería Química. Número de plazas: Una.

Clase de convocatoria: Concurso de acceso. Código de la

plaza: Z033/DIQ203.

2. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares

de Universidad. Área de conocimiento: "Ingeniería Química".

Departamento al que está adscrita: Química Analítica e

Ingeniería Química. Perfil: Química Industrial. Número de plazas: Una.

Clase de convocatoria: Concurso de acceso. Código de la

plaza: Z033/DIQ204.

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