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Documento BOE-A-2001-22227

Resolución de 7 de noviembre de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de Modificación del Convenio de colaboración suscrito el 3 de octubre de 2000 entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), y la Ciudad de Ceuta para la realización de obras de reparación y rehabilitación en la residencia de la tercera edad "Nuestra Señora de África", de Ceuta.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28 de noviembre de 2001, páginas 43659 a 43660 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-22227

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de modificación al Convenio de colaboración suscrito el 3 de octubre de 2000 entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) y la Ciudad de Ceuta para la realización de obras de reparación y rehabilitación en la residencia de la tercera edad «Nuestra Señora de África», de Ceuta, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 7 de noviembre de 2001.‒El Secretario general técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Convenio de modificación al Convenio de colaboración suscrito el 3 de octubre de 2000 entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), y la Ciudad de Ceuta para la realización de obras de reparación y rehabilitación en la residencia de la tercera edad «Nuestra Señora de África», de Ceuta

En Madrid a 4 de septiembre de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Alberto Galerón de Miguel, Director general del IMSERSO, nombrado por Real Decreto 872/2000, de 19 de mayo, y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Y de otra el excelentísimo señor don Justo Ostalé Blanco, Consejero de Sanidad, Consumo y Deportes, de la Ciudad de Ceuta, en virtud de los Decretos de la Presidencia de 16 de febrero y 31 de julio de 2001.

INTERVIENEN

En nombre y representación de sus respectivas instituciones, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, reconociéndose mutua y recíprocamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen, y

EXPONEN

El 3 de octubre de 2000 se suscribió un Convenio de colaboración entre el IMSERSO y la Ciudad de Ceuta para la realización de obras de reparación y rehabilitación en la residencia de la tercera Edad de «Nuestra Señora de África».

La Consejería de Salud Pública, Bienestar Social y Mercados del Gobierno de la Ciudad de Ceuta, solicitó la modificación del citado Convenio, significando las razones siguientes:

Retrasos en la aplicación anual del presupuesto de la Ciudad Autónoma para el año 2000, que impidieron habilitar en tiempo el procedimiento de licitación pública de las obras de reparación y rehabilitación, al no contar con partida específica.

Falta de definición clara en la dimensión y envergadura del proyecto a abordar en función de la cuantía total del presupuesto disponible.

Retraso en la entrega del proyecto arquitectónico por parte del equipo técnico contratado.

Estas razones ya no existen en la actualidad, por lo que ya se ha previsto el comienzo de las obras para este año 2001, por lo que ambas partes acuerdan suscribir un Convenio de modificación al Convenio de colaboración suscrito el 3 de octubre de 2000 con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La finalidad del presente Convenio, es la modificación de las cláusulas segunda y séptima del Convenio de 3 de octubre de 2000 al objeto de que la anualidad prevista para el ejercicio 2000 se difiera para ser ejecutada en el año 2002 no variando la cuantía imputada al año 2001, ni por tanto la cuantía total a aportar por el IMSERSO que asciende a 76.000.000 de pesetas (456.769,19 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 32.32.759.9 y distribuido de la siguiente forma:

Ejercicio 2001: 43.000.000 de pesetas (258.435,20 euros).

Ejercicio 2002: 33.000.000 de pesetas (198.333,99 euros).

Segunda.

El presente Convenio de modificación entrará en vigor en el momento de su firma y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2002.

Tercera.

En lo no indicado expresamente este Convenio se regirá por lo establecido en el Convenio de 3 de octubre de 2000.

En prueba de conformidad, firman el presente Convenio en cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.‒El Director general, Alberto Galerón de Miguel.‒El Consejero de la Ciudad de Ceuta, Justo Ostaté Blanco.

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