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Documento BOE-A-2001-22322

Resolución de 6 de noviembre de 2001, de la Secretaria General Técnica, por la que se da publicidad al protocolo adicional por el que se prorroga para el año 2001 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 2000, entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y la Consejería de Bienestar Social y Sanidad de la Ciudad de Melilla, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de acogida básica a inmigrantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2001, páginas 43939 a 43940 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-22322

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo Adicional por el que se prorroga para el año 2001 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 2000, entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Bienestar Social y Sanidad de la Ciudad de Melilla, para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de acogida básica a inmigrantes, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 6 de noviembre de 2001.–El Secretario general Técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo adicional por el que se prorroga para el año 2001 el Convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 2000, entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y la Consejería de Bienestar Social y Sanidad de la Ciudad Autónoma de Melilla para el desarrollo de actuaciones conjuntas en materia de acogida básica a inmigrantes

En Madrid a 2 de Enero de 2001.

REUNIDOS

De una parte, el Ilmo. Sr, don Alberto Galerón de Miguel, Director General del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, nombrado por Real Decreto 872/2000 de fecha 19 de mayo, y en virtud de la competencia atribuida en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999.

Y de otra, la Excma. Sra, doña Isabel Quesada Vázquez, Consejera de Bienestar Social y Sanidad, nombrada por Decreto de Presidencia número 52, de 21 de julio de 2000, publicado en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla» número 3690, del 27 de julio, corrección de error de «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla» número 3691, de 1 de agosto, con capacidad para celebrar este acto de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla» extraordinario número 3, de 15 de enero de 1996.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio y selección de programas para el 2001.

El Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y la Ciudad Autónoma de Melilla incorporan al Convenio de Colaboración de fecha 26 de diciembre de 2000, los programas seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2001, según quedan reflejados en el anexo al presente Protocolo.

En virtud de la cláusula novena del citado Convenio de Colaboración suscrito el 26 de diciembre de 2000, la vigencia del mismo queda prorrogada para el año 2001 y su correspondiente ejercicio económico, al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda. Aportaciones de las partes.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 33.33.459.9, la aportación económica del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales para los fines del presente Protocolo, es de doce millones de pesetas (12.000.000) de pesetas.

La Ciudad Autónoma de Melilla, se compromete a asumir la corresponsabilidad en la financiación aportando la cantidad de doce millones (12.000.000) de pesetas con cargo a su programa presupuestario 2001 05 41208 480.

La justificación económica de las asignaciones presupuestarias establecidas en el presente protocolo, deberá efectuarse conforme a lo dispuesto en la cláusula octava del Convenio.

Tercera. Distribución de las asignaciones presupuestarias y memoria final de actividades.

Las aportaciones establecidas en la cláusula segunda se asignarán a las diversas líneas de actuación conveniadas, de acuerdo con el desglose incluido en el anexo al presente Protocolo.

La ciudad autónoma enviará al IMSERSO en el mes siguiente a la finalización del ejercicio presupuestario al que se refiere el presente protocolo, una memoria final en la que se recojan las actuaciones acordadas, con indicación de los gastos incurridos en la ejecución de las mismas.

Cuarta. Resolución del Convenio por incumplimiento.

En el supuesto de resolución por incumplimiento contemplado en la Claúsula 10.a del Convenio, las actuaciones en curso se llevarán a término, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia del Convenio.

Y en prueba de conformidad, suscriben el presente protocolo adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha antes indicados.–El Director general del IMSERSO, Alberto Galerón de Miguel.–La Consejera de Bienestar Social y Sanidad, Isabel Quesada Vázquez.

Anexo al Convenio de colaboración entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y la Consejeria de Bienestar Social y Sanidad de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2001

Por medio del presente anexo se regula la financiación y los aspectos técnicos de puesta en marcha de las áreas de colaboración establecidas en el convenio de colaboración entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales y la Consejería de Bienestar Social y Sanidad de la Ciudad Autónoma de Melilla en materia de inmigración.

En el presente año de 2001, tanto el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales con cargo a la aplicación presupuestaria 33.33.459.9, como la Consejería de Bienestar Social y Sanidad de la ciudad autónoma de Melilla, con cargo a su programa presupuestario 2001 05 41208 480, destinarán para las actuaciones descritas a continuación la cuantía de doce millones (12.000.000) de pesetas cada uno, sumando un total de venticuatro millones (24.000.000) de pesetas.

Dichos fondos se distribuirán entre los siguientes programas:

Programa

IMSERSO

Pesetas

Ciudad

Autónoma

Pesetas

Total

Pesetas

Conocimiento de la situación de la integración social de los inmigrantes. 0 0 0
Red de información, orientación y asesoramiento socio-laboral. 0 0 0
Red de acogida básica: alojamiento y atención integral a inmigrantes en situación de vulnerabilidad. 12.000.000 12.000.000 24.000.000
 Total. 12.000.000 12.000.000 24.000.000

1.º Conocimiento de la situación de la integración social de los inmigrantes.–La Comunidad Autónoma se integra en la Red de Situación de la Integración Social de los Inmigrantes con el fin de disponer de un conocimiento más exacto de la realidad y mejorar por tanto la planificación de las acciones a desarrollar para lograr la integración social del colectivo inmigrante.

La Comunidad Autónoma remitirá al IMSERSO los datos de la Red de Situación de la Integración recabados durante la vigencia del presente convenio en soporte informático y, en su caso, los informes que sobre los mismos se elaboren.

Por su parte, el IMSERSO remitirá a la Comunidad Autónoma la información que elabore, tanto la referente a la Red de Situación de la Integración, como las publicaciones que lleve a efecto en relación con el colectivo inmigrante.

En el desarrollo de la recogida y traspaso de información de la Red de Situación de la Integración Social de los Inmigrantes, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 14), sobre Protección de Datos de Carácter Personal.

2.a Red de Información, Orientación y Asesoramiento Sociolaboral.–La Red se configura como un conjunto coordinado de puntos de atención para el inmigrante, solicitante de asilo y refugiado, en materia de información, orientación y asesoramiento sociolaboral. Los puntos deben estar distribuidos estratégicamente y responder a las necesidades reales de los colectivos. Dicha distribución se realizará en todo caso en forma ajustada a la red de itinerarios ocupacionales seguidos por el extranjero en nuestro territorio. Se atenderán necesidades específicas de este colectivo con el fin de facilitar su integración en los servicios generalistas dirigidos a toda la población.

Los objetivos de la red son, garantizar la no discriminación de los inmigrantes en el acceso a las prestaciones sociales generales y al empleo, informar y orientar a los inmigrantes sobre sus derechos y deberes, los servicios sociales y recursos a los que tienen acceso, con el fin de facilitar su inserción en la sociedad de acogida, eliminando toda clase de barreras lingüísticas, culturales, sociales y laborales.

Los destinatarios de estos programas son los inmigrantes y refugiados en general, dándose preferencia a las personas recién llegadas y especialmente cuando estén en situación de vulnerabilidad con alto riesgo de exclusión social.

Los programas y actividades que comprenden este eje son:

Servicios informativos y formativos para facilitar la inserción sociolaboral: Cursos, talleres, técnicas y estrategias para la búsqueda de empleo, mediación con empresarios y empleadores, acompañamiento, etc.

Asesoramiento legal, especialmente en lo que se refiere a la obtención de permisos de trabajo y residencia, reagrupación familiar, nacionalidad, etc.

Servicios de traducción e interpretación.

Servicio de orientación y asesoramiento general sobre empadronamiento, alojamiento, recursos sociales, acceso a la vivienda, sanidad y educación. Enseñanza del idioma.

Mediación intercultural entre los inmigrantes y la sociedad de acogida como apoyo a la intervención social y prevención de conflictos culturales.

Formación del personal que trabaja en estos puntos. Coordinación de la red.

3.o Red de acogida básica: alojamiento y atención integral a inmigrantes en situación de vulnerabilidad.–La Red se configura como un conjunto coordinado de plazas de alojamiento en centros de acogida para inmigrantes en situación de vulnerabilidad. Deben estar distribuidas estratégicamente y responder a las necesidades reales de inmigrantes y refugiados. La acogida básica debe ser temporal y la atención integral. Este dispositivo se plantea como complementario de la acogida ocupacional, en cuya gestión y financiación tienen un papel principal los empleadores, de acuerdo con las normas y Convenios vigentes entre los interlocutores sociales concernidos.

Los objetivos que persigue este eje son: desarrollar unos servicios permanentes de acogida y atención integral que garanticen a los inmigrantes y refugiados unas condiciones de vida dignas, ofrecer servicios básicos de alojamiento y manutención, durante un periodo limitado de tiempo. La finalidad es ayudar al inmigrante a acercarse a la realidad sociolaboral del país, atendiendo a sus necesidades sociales, educativas, formativas y laborales a lo largo de su proceso individual de integración, e incorporándole a los sistemas de prestación de servicios básicos territoriales.

Los destinatarios de los programas son los inmigrantes en situación de vulnerabilidad, es decir, aquellos que tienen dificultad para conseguir su inserción sociolaboral y que necesitan, por tanto, una ayuda social adicional para cubrir sus necesidades básicas y las de las personas a su cargo.

Los programas y actividades que comprende este eje son:

Todos los servicios del eje de la Red de información, orientación y asesoramiento sociolaboral.

Alojamiento y manutención.

Ayudas económicas para transporte, gestiones diversas y dinero de bolsillo.

Derivación, si fuera necesario, a otros programas de segunda acogida y apoyo especial en el momento de la salida del programa.

Coordinación de la red.

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